#3031
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Eso no lo he cuestionado en ningún momento, y es una " faena,".
Como también dije, la gran mayoría de jubilados a quienes afecta, han sabido que eran mutualistas gracias a que hacienda decidió cruzar datos con la Seguridad Social para así determinar quiénes eran los afectados y poder reflejar en los datos fiscales del ejercicio 2023 el ajuste que por aportaciones a mutualidades dt2 lirpf les correspondía. Probablemente si no lo hubieran hecho así, de los entre 4 y 5 millones de afectados, según prensa, ni un tercio de ellos se habría enterado y de los que se hubieran enterado, un número considerable no habría podo reunir la documentación que se exigía en 2023 para justificar/demostrar que se tenía derecho a la aplicación de lo dispuesto en la STS de 2023; después ya en 2024 se publicaron má sentencias explicativas de cómo se debía realizar el cálculo en función de 2 periodos de tiempo y unificación de criterios del TEAC.
La sentencia explicativa de cómo realizar el cálculo trajo un efecto colateral importante: las devoluciones que recibieron los que reclamaron en 2023 y parte de 2024 eran erróneas y han tenido y tienen que corregirlas
Como también dije, la gran mayoría de jubilados a quienes afecta, han sabido que eran mutualistas gracias a que hacienda decidió cruzar datos con la Seguridad Social para así determinar quiénes eran los afectados y poder reflejar en los datos fiscales del ejercicio 2023 el ajuste que por aportaciones a mutualidades dt2 lirpf les correspondía. Probablemente si no lo hubieran hecho así, de los entre 4 y 5 millones de afectados, según prensa, ni un tercio de ellos se habría enterado y de los que se hubieran enterado, un número considerable no habría podo reunir la documentación que se exigía en 2023 para justificar/demostrar que se tenía derecho a la aplicación de lo dispuesto en la STS de 2023; después ya en 2024 se publicaron má sentencias explicativas de cómo se debía realizar el cálculo en función de 2 periodos de tiempo y unificación de criterios del TEAC.
La sentencia explicativa de cómo realizar el cálculo trajo un efecto colateral importante: las devoluciones que recibieron los que reclamaron en 2023 y parte de 2024 eran erróneas y han tenido y tienen que corregirlas