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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Eso no lo he cuestionado en ningún momento, y es una " faena,".
Como también dije, la gran mayoría de jubilados a quienes afecta, han sabido que eran mutualistas gracias a que hacienda decidió cruzar datos con la Seguridad Social para así determinar quiénes eran los afectados y poder reflejar en los datos fiscales del ejercicio 2023 el ajuste que por aportaciones a mutualidades dt2 lirpf les correspondía. Probablemente si no lo hubieran hecho así, de los entre 4 y 5 millones de afectados, según prensa, ni un tercio de ellos se habría enterado y de los que se hubieran enterado, un número considerable no habría podo reunir la documentación que se exigía en 2023 para justificar/demostrar que se tenía derecho a la aplicación de lo dispuesto en la STS de 2023; después ya en 2024 se publicaron má  sentencias explicativas de cómo se debía realizar el cálculo en función de 2 periodos de tiempo y unificación de criterios del TEAC.
La sentencia explicativa de cómo realizar el cálculo trajo un efecto colateral importante: las devoluciones que recibieron los que reclamaron en 2023 y parte de 2024 eran erróneas y han tenido y tienen que corregirlas
#3032

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Este era mi caso ya que empecé a trabajar en 1969 y no tenia ni idea del asunto de las mutualidades, fué de Voz en voz que descubri que tambien era un perjudicado pero hay que dar las gracias no a Hacienda sinó a todos aquellos que lo vieron venir y fueron a los tribunales a defender estos derechos.
#3033

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Por supuesto.
Conozco indirectamente los casos de algunos contribuyentes, pocos, y de empresas de distintos sectores, eléctrico, bancario y telefónica, que a partir de que  en 2010/2011 en el  que el TEAC unifica criterios y tumbó la aplicación de la disposición transitoria segunda ley 35/2006, (había TEARs que estimaban el derecho a su aplicación y otras muchas que no), continuaron judicialmente, con un resultado adverso (y estamos hablando de procesos judiciales de 5 años o más),  Afortunadamente alguno no tiró la toalla y acudió a instancias superiores y tuvo su reconocimiento con la STS de 2023.
#3034

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Si alguien leyó lo que algunos consideran panfletos  y largas y extensas explicaciones, que no son mías  sino las respuestas a preguntas hechas (quizá  mañana planteadas por mi) a la inteligencia artificial de los abogados y despachos, habrá observado que expresamente explica el porqué han decidido hacer esta faena aprobada en la Ley 7/2024:

Justificación objetiva**:
- Establece un procedimiento ordenado y sistemático para gestionar un gran volumen de devoluciones

- Busca garantizar la viabilidad administrativa y presupuestaria.
#3035

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Y es obvio que si solo quedasen por hace  devoluciones de según prensa 450-500 millones porque erróneamente consideran que el importe presupuestado por hacienda para cubrir las devoluciones a jubilados mutualistas , 1800 millones, es el total de la factura; todos sabemos que es eso por 10, y también sabemos que se ha devuelto básicamente a los que habían reclamado judicialmente y a parte de los que había  reclamado por registro a partir de la fecha de la STS de msrzo/abril de 2023 hasta febrero de 2024 y a muy pocos de los que reclamaron a través del formulario.
¿Por qué presupuestó hacienda solo 1800 millones? Porque cuando se establecen las partidas presupuestarias aún no se estaban cruzando datos con la Seguridad Social y hacen las estimaciones en función de las reclamaciones presentadas en 2023 entre las que apenas se encontraban algunas de funcionarios (según prensa 1 millón más de afectados).

Si como dice la prensa solo faltaban por devolver a pocos mutualistas jubilados y un total de 500millones de euros, ESE IMPORTE NO COMPROMETERIA EL PRESUPUESTO NI EL CUMPLIMIENTO DE DÉFICIT CON LA UNION EUROPEA
GRAN NÚMERO DE AFECTADOS Y VIABILIDAD ADMINISTRATIVA Y PRESUPUESTARIA 
#3036

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Y ya os dejo y salvo que haya cambios sustanciales respecto a hacienda y jubilados mutualistas o que alguien haga preguntas concretas referidas a este tema, no voy a intervenir respondiendo a otros temas.
Eso sí, en este enlace explican cuál ha sido la trayectoria de la disposición transitoria segunda ley 35/2006, sus antecesoras y el camino judicial hasta llegar a ka situación actual; es muy interesante y esclarecedor 

https://www.politicafiscal.es/equipo/manuel-lucas-duran/la-extrana-aplicacion-administrativa-e-interpretacion-judicial-de-la-disposicion-transitoria-segunda-de-la-ley-del-irpf
#3037

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Pues gracias Mivisa por tus aportaciones y ya ha quedado bien claro que el importe de las devoluciones es mucho más de lo esperado en un principio, asi que hay que esperar que no se produzcan mas cambios que si los hubiere no creo que fueran beneficiosos para nosotros, es mi oponion.
#3038

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

 “Justificación objetiva” No y No, si entras y compruebas, prácticamente la totalidad de las reclamaciones están calculas y presentadas por Funcionario Habilitado o sea Hacienda desde Agosto-Septiembre, yo he comprobado la mía y algunas más a las que tengo acceso, todas calculadas y listas, solo faltaba por cumplir el sencillo y costoso trámite de la transferencia que no se ha hecho por falta de dinero, está bien claro, el que se empeñe en justificarlo de otra manera, se está equivocando a si mismo e intenta mal informar a todo aquel que le lee.


La garantía de la “viabilidad administrativa y presupuestaria” ¿ha de correr a nuestra costa y se ha de garantizar con nuestro dinero? No y No, que lo garanticen como quieran, pero No con nuestro dinero que nos deben desde hace muchos años, ¿como garantizan el pago de la pensionas cada mes? muy sencillo, piden dinero prestado a los presupuestos del estado, como garantizan otra serie de agujeros que hay, cogiendo dinero prestado de los presupuestos. 
Yo, tengo muy claro de que ha ido la jugada, el que quiera seguir justificando lo injustificable, allá él. 
#3039

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

No es así, en este foro unos cuantos han dicho que no les habían rectificado alguna, varias o todas.
Por lo dicho en este foro, no han rectificado ninguna que ya había sido rectificada.
No han rectificado ninguna con el ajuste al complemento de pensión que reciben de su mutualidad de previsión social ni a funcionarios ni a no funcionarios; es más, a nadie funcionario o no funcionario le ha aparecido el ajuste por aportaciones a  mutualidades de previsión social en el complement  de pensión que reciben de sus mutualidades en los datos fiscales del ejercicio 2023.
Desde junio de 2024, STS que explica como realiza  el cálculo en función de 2 periodos de tiempo, han tenido que recalcular/corregir todas las devoluciones hechas con anterioridad.

Resumiendo: mucho trabajo administrativo aún  por hacer, al que habrá que sumar el correspondiente para poner al día los ajustes y reclamaciones de los jubilados mutualistas, funcionarios y no funcionarios, qu  se hayan jubilado en 2024.
#3040

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Pd: esos cuantos son casi tantos como los que habéis dicho que os habían rectificado todas las declaraciones anteriores no prescritos.
Además, no deberíamos extrapolar lo dicho en un foro en el que intervienen menos de 100 foreros ya que no es una muestra válida cuand  la población afectada ( jubilados mutualistas) se estima entre 4 y 5 millones según prensa.
#3041

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Veo que la pereza que tenías para contestar, se te ha quitado, vuelves a contestarme.
Al decir "prácticamente todos" me refería a casi todos, aún quedan algunos, si hubieran seguido rectificando en octubre, noviembre y diciembre, ya estaríamos todos al completo.
Dicho esto, en octubre podían haber empezado a devolver las confeccionadas en agosto y así sucesivamente, hoy, estarían todas devueltas, pero la culpa de que no haya sido así, la tiene Don Dinero, no me cansaré de decirlo. 
A los que a estas alturas no les apareció el descuento por mutualidades en los datos fiscales de 2023, difícilmente, les va a aparecer, el cruce de datos con Seguridad Social, ya se hizo, a la mayoría de nosotros a comienzos de campaña aparecía una cantidad y a final de la misma varió, poco, pero varió, o sea pulieron, suficientemente, el cruce. 
Dentro de muy poco veremos los datos fiscales de 2024, si, ahí, no aparecen, es que no les afecta casi seguro, Hacienda siempre avisó que al que no le aparecieran y creyera que tenía derecho, habría de demostrarlo con documentación al respecto, aunque hayan algunos casos en esta situación, no es motivo para tumbar la gran mayoría del trabajo hecho.
Con tal de justificar tus argumentos, metes por medio a los que se han estado jubilando durante 2024, el número de estos es insignificante comparado con los millones que estamos esperando, además, el ejercicio 2024 acaba de concluir, te lo digo por si no te has dado cuenta, es una pequeña historia posterior a la historia principal, los nuevos jubilados bienvenidos sean.
La mayor parte del trabajo administrativo está hecho y no es necesario postergarlo a 2028, puesto que sabiendo la cantidad correspondiente a 2023, que todos la sabemos, iba incluida en la declaración del ejercicio 2023, las cantidades  de los ejercicios anteriores se obtienen con una simple regla de tres que cualquier ordenador la hará en milisegundos, incluso el trasto que tengo yo.
#3042

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

No extrapolemos, simplemente, haremos un Gran Acto de Fe de tus explicaciones y justificaciones. 
#3043

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Veo que la pereza se te ha ido del todo, yo, en cambio, voy a echar la siesta, es la hora, por tanto, no te voy a contestar.
#3044

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Pereza cuando los mensajes son políticos, no cuando se exponen opiniones más o menos argumentadas.
Dicho esto te expongo una realidad:
Desde enero de 2024 hasta casi el fin de la campaña de la renta, han trabajado para que todos o casi todos los afectados dispusieran en sus datos fiscales del importe del ajuste por mutualidades dt2 lirpf: pongamos que a 3,5 millones de contribuyentes les figuró ese dato; para llegar a ese dato han tenido que hacer 3,5 millones de cálculos,; 
Se han presentado un total de 24.131.000 declaraciones, un 4,9% más que el año anterior, de las cuales un 67,5% (16.279.000) con resultado a devolver y 6.239.000 con saldo a ingresar y a fecha de fin de campaña se había procedido a la devolución del 73- 75% de las declaraciones presentadas con derecho a devolución. Una vez que finaliza la campaña empiezan a revisar las rectificaciones de autoliquidaciones hechas por los contribuyentes (te sorprendería la cantidad de gente que por no revisar el borrador o por omisión o por desconocimiento o por si cuela (estos cada vez menos) no incorporan datos porque no vienen en el borrador, y la cantidad de gente que se equivoca al incorporar datos.
Pues bien, deduzco que las rectificaciones de autoliquidaciones de los ejercicios no prescritos por el tema de las mutualidades las realizaron, las realizadas, entre julio y agosto (como mucho hasta principios de septiembre). Suma a estas rectificaciones las revisiones de todos aquellos que rectificación la declaración del propio ejercicio 2023, más el estudio de las documentaciones recibidas en respuesta a las notificaciones enviadas, más los trámites de devolución de declaraciones del propio ejercicio para llegar a 1 de enero con el 95-97% de devoluciones realizadas.
No lo estoy justificando, estoy exponiendo el ""petate" que a nivel administrativo se han encontrado.