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Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)

305 respuestas
Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)
21 suscriptores
Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)
Página
13 / 21
#181

Re: Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)

Creo que no tengo tanto tiempo en perder mi tiempo en buscar algo que de verdad no me interesa tanto como para seguir con este tema.

Si  no te vale con lo que pone una aseguradora pone en su web ponles una demanda por información engañosa. 

Un saludo cordial
#182

Re: Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)

Te estás haciendo un lio
 Los links que has puesto son del banco de España  que concierne a las entidades de Crédito exclusivamente
 

Hay que diferenciar el dinero de los bancos y las entidades bancarias
Del dinero depositado en entidades aseguradoras( "PROVISIONES MATEMÁTICAS DE BALANCE" ) 
  1. En cuanto a seguridad de entidad aseguradora, precisa hablar del riesgo de solvencia mucho mayor que bancario

Entidades de crédito= El Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito (FGD) contribuye a la estabilidad del sistema financiero garantizando los depósitos en dinero y en valores de los clientes de una entidad adherida al FGD que tuviese problemas y no pudiera devolverlos. AQUI HAY LIMITE DE 100000€

Entidades aseguradoras =  El Consorcio de Compensación de Seguros asume la liquidación de entidades aseguradoras cuando le sean encomendadas por el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa o por el Órgano competente de las Comunidades Autónomas y actúa como Administrador Concursal en los procedimientos de concursos de acreedores. AQUI NO HAY LIMITE

Las aseguradoras como he comentado en otro post 
REGLAMENTO DE ORDENACIÓN, SUPERVISIÓN Y SOLVENCIA DE ENTIDADES ASEGURADORAS Y REASEGURADORAS1
 PARA ENTIDADES CUYA LIQUIDACIÓN HAYA SIDO ASUMIDA POR EL CCS DESDE EL 01-01-2016:

 

 


 





#183

Re: Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)

 
En serio que me desesperas. 

No me estoy haciendo ningún lio. Se perfectamente de lo que estoy hablando. Cuando te he puesto los enlaces del BdE lo he hecho en respuesta a lo que has dicho tú en tu post #179 “Reitero: Las entidades bancarias tienen el límite de 100.000€ por DNI”. Lo que estaba haciendo era poner de donde sale lo que dices y complementarlo con lo de “por DNI y entidad” que la segunda parte se te había olvidado. De ahí lo de “dilo todo”. 

 
Como no sé si el problema es que no lees todo lo que digo o que te falta comprensión lectora te vuelvo a emplazar a que respondas a la pregunta que te hemos hecho Abr.1 y yo. De que texto legal sacas que el CCS garantice la totalidad del capital aportado y el rendimiento generado en los productos de ahorro en caso de liquidación de una aseguradora.

Y yo ya si que lo dejo, porque no vas a responder y al fin y al cabo esto es solo en caso de que una aseguradora entre en liquidación. 
#184

Re: Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)

No existe. Consultando a expertos en seguros de mi confianza, me dice que lo que se hace es liquidar la aseguradora y se indemniza con los activos de la aseguradora. Si no está el dinero, yo entiendo que lo perdemos, pues los seguros de ahorro-inversión están en el balance de la aseguradora. Los activos no son nuestros realmente.

Ya sabía igualmente la respuesta, pero lo afirmaba con tal rotundidad que a lo mejor conseguía probarlo. No ha sido así.

Es algo que los vendePIAS repiten mucho sin base legal. A mí me lo soltó uno de Inversimply y no sabía cómo responderlo cuando pedía la justificación.
#185

Re: Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)

NO te desesperes
TU:De que texto legal sacas que el CCS garantice la totalidad del capital aportado y el rendimiento generado en los productos de ahorro en caso de liquidación de una aseguradora.

YO:NO TIENE LIMITE NO QUIERE DECIR QUE SEA EL TOTAL (jamás he dicho tal afirmación)SI A CONCURSO LIQUIDADOR SIN LIMITE (y eso será después de la liquidación)mientras que el limite bancario es 100.000€
Las entidades aseguradoras tienen sistema de provisiones más ferreas y por ende más solidas a la quiebra o seguras
Los términos legales los marca la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (dependiente del Mº de Hacienda) y están reguladas por la citada Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados  (LOSSP)en la que se establecen unas obligaciones de garantía de los derechos de los clientes y de inversión de capitales, que la hacen mucho más exigente que las establecidas para los bancos.
 
Además de todo esto, también está la institución denominada Consorcio de compensación de seguros (Entidad Pública adscrita al Ministerio de Economía a través de la DGSFP) que es el Organismo que, en caso de quiebra de una aseguradora, es la encargada de liquidar la misma de forma ordenada a fin de recuperar todo o parte del dinero para restituirlo a los clientes. Y teniendo en cuenta las severas obligaciones impuestas a las compañías en lo que respecta a los compromisos con sus clientes y especialmente en los seguros de ahorro, es lo más parecido al Fondo de garantías de depósitos bancarios
 

Por eso muchos bancos, sobre todo los alemanes, guardan sus depósitos en las compañías de seguros en vez de en el Banco Central Europeo.

Espero que haya aclarado las afirmaciones en cuanto al tema 
 
 

#186

Re: Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)

 
Pues para nunca haber dicho que la garantía es sobre el importe total a ver si sabes quien ha escrito el post #164 donde se escribe “Además, la garantía del Consorcio de Compensación de Seguros no tiene un límite máximo sobre los depósitos y derechos de los seguros de ahorro, por lo que en caso de ser necesario, garantizaría el importe total del capital invertido y los rendimientos generados.” 

O el post #172 “Así si tienes 500.000 euros en un banco te garantizan 100.000 euros y si los tienes en seguros, salvo estafa, tendrás 500.000 euros pero no por un órgano externo sino por esa "separación de bienes”. 

En ese mismo post #172 “la garantía que ofrece el Consorcio de Compensación de Seguros en relación a los depósitos y derechos generados por los seguros de ahorro no está sujeta a ningún límite máximo, por lo que contemplará la totalidad del capital invertido y los rendimientos obtenidos hasta el momento en el que se produjese una supuesta liquidación de la entidad aseguradora responsable de dicho instrumento de ahorro.” 

O el post #179 “Además, la garantía del Consorcio de Compensación de Seguros no tiene un límite máximo sobre los depósitos y derechos de los seguros de ahorro, por lo que en caso de ser necesario, garantizaría el importe total del capital invertido y los rendimientos generados.” 
#187

Re: Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)

Como creo que ninguno de nosotros somos expertos juristas ni actuarios, ni nada por el estilo tanto como para hablar de cómo es una actuación concursal de una entidad del sector financiero en quiebra . Me quedaría como cliente con esto ;)

El sector financiero  en nuestro país esta regulado perfectamente  Toda la normativa legal vigente en Europa y España crea un marco de tranquilidad para todos los clientes.

Existen ciertos matices en la regulación:
Debemos hacer una diferencia entre el funcionamiento del sector asegurador y del sector bancario

En caso de quiebra de la aseguradora donde tienes depositados tus ahorros, recuperarías todo el capital (sin el techo de los 100.000 euros de los bancos).  las aportaciones de los clientes se convierten en provisiones matemáticas, las cuales, por ley, deben ser invertidas y nunca pueden ser incluidas en el patrimonio de la entidad".  
Mi dinero se convierte en unidades de cuenta con nombre y apellido y no es activo de la compañía aseguradora

En caso de quiebra si nuestros ahorros están depositados en un banco, nos respaldará el Fondo de Garantías de Depósitos  Este es un tema de enorme actualidad, de hecho, varias son las voces a nivel europeo  reclaman la creación de un Fondo Europeo de Garantía de Depósitos y la ampliación de los límites de cobertura (techo de Límite 100.000€ por DNI)

Diferencias sustanciales en cuanto a provisiones
C
uando ahorramos en un producto de ahorro, a través de una compañía de seguros, las aportaciones de los clientes se convierten en provisiones matemáticas, las cuales, por ley, deben ser invertidas y nunca pueden ser incluidas en el patrimonio de la entidad. NO ES UN ACTIVO DE LA COMPAÑÍA/ Me quedo con esto respecto a la seguridad en mis aportaciones en herramientas financieras y en elegir una compañía con un ratio de solvencia fuerte (los ratios de solvencia exigidos en aseguradoras son bastante más altos que en banca)

COMO APUNTE : El producto bancario es el crédito
En un banco encontraremos herramientas de ahorro comercializadas a través de una aseguradora . Caixa por ejemplo tiene su propia aseguradora, otros bancos lo harán a través de aseguradoras con las que realizan su contratación.
 
Yo me quedaría sólo con una pregunta ?
Cómo cliente dónde estoy más tranquilo?
Yo en el sector asegurador que es dónde hay que poner nuestros ahorros , sin duda!!!!
En qué herramienta y en que compañía?? Compañías solventes y especializadas en el ramo  con herramientas idóneas al perfil del cliente tras un análisis de su situación y siempre en diferentes compañías


#188

Re: Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)

 Como creo que ninguno de nosotros somos expertos juristas ni actuarios, ni nada por el estilo tanto como para hablar de cómo es una actuación concursal de una entidad del sector financiero en quiebra . Me quedaría como cliente con esto ;)

El sector financiero  en nuestro país esta regulado perfectamente  Toda la normativa legal vigente en Europa y España crea un marco de tranquilidad para todos los clientes.

Existen ciertos matices en la regulación:
Debemos hacer una diferencia entre el funcionamiento del sector asegurador y del sector bancario

En caso de quiebra de la aseguradora donde tienes depositados tus ahorros, recuperarías todo el capital (sin el techo de los 100.000 euros de los bancos).  las aportaciones de los clientes se convierten en provisiones matemáticas, las cuales, por ley, deben ser invertidas y nunca pueden ser incluidas en el patrimonio de la entidad".  
Mi dinero se convierte en unidades de cuenta con nombre y apellido y no es activo de la compañía aseguradora

En caso de quiebra si nuestros ahorros están depositados en un banco, nos respaldará el Fondo de Garantías de Depósitos  Este es un tema de enorme actualidad, de hecho, varias son las voces a nivel europeo  reclaman la creación de un Fondo Europeo de Garantía de Depósitos y la ampliación de los límites de cobertura (techo de Límite 100.000€ por DNI)

Diferencias sustanciales en cuanto a provisiones
C
uando ahorramos en un producto de ahorro, a través de una compañía de seguros, las aportaciones de los clientes se convierten en provisiones matemáticas, las cuales, por ley, deben ser invertidas y nunca pueden ser incluidas en el patrimonio de la entidad. NO ES UN ACTIVO DE LA COMPAÑÍA/ Me quedo con esto respecto a la seguridad en mis aportaciones en herramientas financieras y en elegir una compañía con un ratio de solvencia fuerte (los ratios de solvencia exigidos en aseguradoras son bastante más altos que en banca)

COMO APUNTE : El producto bancario es el crédito
En un banco encontraremos herramientas de ahorro comercializadas a través de una aseguradora . Caixa por ejemplo tiene su propia aseguradora, otros bancos lo harán a través de aseguradoras con las que realizan su contratación.
 
Yo me quedaría sólo con una pregunta 
Cómo cliente dónde estoy más tranquilo?
Yo en el sector asegurador que es dónde hay que poner nuestros ahorros , sin duda!!!!
En qué herramienta y en que compañía?? Compañías solventes y especializadas en el ramo  con herramientas idóneas al perfil del cliente tras un análisis de su situación y siempre en diferentes compañías 
#189

Re: Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)

Cuando hablas de los bancos… olvidas que el producto es de inversión.

El más seguro a nivel jurídico es el fondo de inversión. Así que yo me quedo con los fondos de inversión.

De hecho, los pias simplemente invierten en fondos de inversión. Así que mira, problema arreglado.
#190

Re: Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)

Es que son diferentes!!! y complementarias en una planificación
No son excluyente sino complementarias, todo depende de tus circunstancias personales y profesionales.


Unit linked (es el más parecido y aún así muy diferente) tb el PIAS carcasa unit linked.
ambos se comportan como un seguro de vida fiscalmente  y  son inembargables

El PIAS es más seguro que un fondo  por la cobertura extra de le DGS, y como aportación adicional, te diría que tiene para los herederos, una reducción en la base imponible del ISD de 9195€ para cada uno, así como, en el rescate reciben el fondo de ahorro más el capital de fallecimiento. Si además es un pias - unit linked es inembargable. 3 características adiconales muy a tener en cuenta 
Si cumplen unas determinadas condiciones tienen la ventaja fiscal de que a partir del quinto año puedes constituirte una renta vitalicia con el dinero ahorrado más los beneficios sin tener que tributar a Hacienda. )
 UNIT LINKED no pias Tb  es un producto interesante para planificar una sucesión fuera de lo común. El motivo es que no forman parte de la herencia (masa hereditaria) y no se hacen públicos (siempre que el beneficiario sea diferente del tomador). 
Los grandes patrimonios lo suelen utilizar mucho!!! Para dejar su herencia


 Como no existe producto perfecto, lo ideal es combinar varios ingredientes para obtener el mejor sabor como si fuera un cóctel. 

#191

Re: Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)

Dices que el PIAS es inembargable cuando:
  • Esto no creo que ocurra muy a menudo.
  • Los Planes de Pensiones también son inembargables y tienen mejor fiscalidad para la gran mayoría de salarios (no lo digo yo, lo dicen investigaciones al respecto).
  • Los PIAS solo son inembargables mientras están invertidos. Pero jamás los podrás rescatar si hay embargo pendiente.
  • Si hay embargo, es que debes algo.
#192

Re: Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)

Con el matiz de que  un seguro de vida no se puede embargar, otra cosa será cuando vayas a recatarlo si lo haces sobre una cuenta que sí tenga orden de embargo por parte de la administración. 
Respecto a la fiscalidad de plan pensiones : Su fiscalidad es en el ahora ( tramo tributario por el que tributarás)  ...con la aportación vigente individual es complicado
En el rescate pagarás en plan de pensiones tanto por lo aportado de capital como lo rentado en el PIAS sólo por su rentabilidad.
Hoy fiscalmente el Plan de pensiones no es muy interesante a no ser que tu tramo tributario este muy cerca de bajar al siguiente tramo fiscal. 

Abr.1 la estrategia financiera es conocer al cliente y ver lo que realmente necesita con una planificación que le beneficie  financieramente como fiscalmente en el tiempo de su larga vida.

En esa planificación es importante planificar un todo global y revisar constantemente en el tiempo. Las leyes cambian y las herramientas tb ;)

NO hay herramientas perfectas ;)
#193

Re: Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)

Hola:
  • Pues eso, es inembargable pero si te hace falta el dinero, te lo embargan igual.
  • Fiscalidad plan de pensiones: dices una cosa distinta a lo que dicen las investigaciones al respecto. Mi única queja es que no me dejen aportar más. Pero exprimo el límite hasta el último céntimo. La fiscalidad es buena. No ha cambiado nada salvo el máximo a aportar. Es bueno mezclar distintos productos como bien has dicho antes. Y lo hago con un activo que, además, "desgrava".
  • Efectivamente, en el plan de pensiones, tributaré por la totalidad en el rescate. Contando que considero que existe un riesgo considerable para que las pensiones sean ridículas cuando me jubile, creo que no supondrá un problema. Estaré en un tramo bajo cuando rescate, probablemente.
  • El Plan de Pensiones supone un préstamo a interés 0 del estado para que invierta. Este año, el Estado me ha prestado unos 400€. Y así cada año. Cada década me prestará 400€ y yo pondré 1.000€. Los devolveré cuando rescate. No es mal negocio.
  • En el PIAS también tributas por la totalidad, no mientas. Que siempre nos vendéis que la renta vitalicia blablabla del PIAS. En la renta vitalicia me tengo que esperar a los 70 años para tener una tributación considerablemente baja... pero también es por la totalidad. Y encima, no me habré desgravado nada, y habré pagado comisiones muy superiores. Las de los planes de pensiones están limitadas por ley, supongo que por eso no os gustan.
#194

Re: Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)

 
  • En realidad, el pago del IRPF sobre las aportaciones a los planes de pensiones es diferido al futuro y se efectuarán en el momento de rescatar el plan, es decir, en el momento de la jubilación. Desgrava cada año y tributa al rescate por la totalidad capital y rendimiento En el rescate tributa en IRPF como rentas de trabajo,  independientemente de la contingencia que se trate (incluso fallecimiento ) max anual de aportación individual 1500€. Es ilíquido hasta la jubilación con supuestos de liquidez excepcional   específicas: jubilación, invalidez, fallecimiento o dependencia severa o gran dependencia. y ventana  de posibilidad de rescate de aportaciones a planes de pensiones con una antigüedad mínima de 10 años de aportaciones anteriores al 2015
 
  • PIAS no tienes porque rescatarlo en renta vitalicea eso es una exención fiscal que hace hacienda si lo conviertes en renta vitalicea. Si rescatas en forma de capital sólo pagarás por la parte de rentabilidad y tributa por capital mobiliario que sus tramos tributarios son diferentes max anual 8000 euros o 240.000€ del total a aportar en toda la vida del pias. Es liquido
Sobre los gastos de uno u otro ...pues depende si te da mayor rentabilidad el Pias será más rentable para tí el Pias .Los planes de pensiones normalmente no dan mucha rentabilidad

La decisión de la contratación de una u otra depende de variables personales.

Yo te aconsejaría valorarlo
#195

Re: Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)

1. Lo del diferimiento. No contradice en absoluto lo que he dicho. Evitas los números para intentar hacer ver que es peor. Pero los números no mienten.

2. Mis aportaciones al PIAS serán inferiores y por mucha exención tributaria (que das a entender es total, cuando no lo es) no cubre el capital obtenido de inicio en el plan de pensiones. De mi aportación de 1.500€ anuales, el 30% proviene del Estado. En el PIAS deberé contar que aporto unos 1.000€, pues es mi aportación neta al plan de pensiones. En tramos más bajos, pues será el 20-25% por lo que la comparativa cambiaría. En pocos casos no sale a cuenta. Luego, se ha de rescatar bien, de manera inteligente.

3. La renta vitalicia tributa por el capital aportado, no solo por el beneficio, como has afirmado. Fuente: AEAT.

4. La rentabilidad de los PIAS tras costes es muy inferior a la de planes de pensiones equivalentes, tomando la rentabilidad media de los planes de pensiones. No he encontrado rentabilidad media de PIAS, pero tras descontar costes, no he visto ninguno que bata a sus equivalentes en plan de pensiones.