#211
Re: Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)
Abr.1 te respondo a tí porque sé que responderas a las preguntas o afirmaciones que te haga y no te iras por los cerros de Úbeda como otro forero que nosotros sabemos(sí Mafinta, me refiero a tí).
En cuanto a los planes de pensiones estáis obviando la posibilidad de rescatarlos en forma de renta vitalicia. Ahora que no se recibe la bonificación que los hacía tan atractivos como antes del 2007 es una opción valida.
Voy complementando mi pensión y puedo hacer cuentas para que no me suba mucho el tramo por el que tributar.
Por cierto, en cuanto a los PIAS, demos la información completa, que es lo que siempre os pido a todos. Los PIAS, en caso que lo rescates en su totalidad en lugar de conformar una renta vitalicia, tributan por la totalidad de los rendimientos generados pero no tributan por el capital aportado, de tal manera que si aporto 10.000€ a un PIAS y me genera 5.000€, tendre que tributar por los 5.000€ pero no por 15.000€ que tenga de valor la póliza.
Luego es cierto que en caso que lo rescates en forma de renta vitalicia , dependiendo de la edad con la que conformes la renta vitalicia tendrás una exención mayor o menor, llegando a su mejor versión si nos esperamos a los 70 años. Pero también hay que decir que eso es ahora en el año 2024. Yo ahora mismo tengo unos 45 años. Y tengo un par de PIAS contratados. Nadie me puede asegurar que en el año 2049 las condiciones fiscales se mantengan. Vamos, que como decía Don Juan en "El burlador de Sevilla" :"Tan largo me lo fiáis"
En cuanto a los planes de pensiones estáis obviando la posibilidad de rescatarlos en forma de renta vitalicia. Ahora que no se recibe la bonificación que los hacía tan atractivos como antes del 2007 es una opción valida.
Voy complementando mi pensión y puedo hacer cuentas para que no me suba mucho el tramo por el que tributar.
Por cierto, en cuanto a los PIAS, demos la información completa, que es lo que siempre os pido a todos. Los PIAS, en caso que lo rescates en su totalidad en lugar de conformar una renta vitalicia, tributan por la totalidad de los rendimientos generados pero no tributan por el capital aportado, de tal manera que si aporto 10.000€ a un PIAS y me genera 5.000€, tendre que tributar por los 5.000€ pero no por 15.000€ que tenga de valor la póliza.
Luego es cierto que en caso que lo rescates en forma de renta vitalicia , dependiendo de la edad con la que conformes la renta vitalicia tendrás una exención mayor o menor, llegando a su mejor versión si nos esperamos a los 70 años. Pero también hay que decir que eso es ahora en el año 2024. Yo ahora mismo tengo unos 45 años. Y tengo un par de PIAS contratados. Nadie me puede asegurar que en el año 2049 las condiciones fiscales se mantengan. Vamos, que como decía Don Juan en "El burlador de Sevilla" :"Tan largo me lo fiáis"