El Gobierno ha solicitado a 19 expertos en derecho concursal (jueces, abogados, administradores concursales, etc) que reformen con carácter urgente la actual Ley Concursal. Recuerden que esta misma Ley ya fue reformada en marzo de 2009. La comisión de expertos se constituyó en noviembre de 2009 y están convecidos que podrán aportar un avance de la profunda reforma en abril de este año y posteriormente aprobarla en junio de 2010.
La reforma será profunda y “tocarán” muchos artículos de una Ley concursal que fue concebida para un momento en que el legislador pensaba que eso de las crisis económicas no iba con España (año 2003). Ahora resulta que los Juzgados de lo Mercantil están colapsados y que se necesita multiplicar por tres el número de tribunales para poder atender a la avalancha de concursos de acreedores que se esperan en los próximos tres años. El Poder Judicial prevé 10.000 concursos de acreedores para este 2010, (en el 2009 han sido casi 6.000), aunque mis previsiones son más pesimistas y considero que serán como mínimo 20.000 concursos de acreedores.
La principal prioridad del legislador es regular con mayor fortuna el concurso de acreedores de persona física o sobrendeudamiento del consumidor. El gobierno se ha dado cuenta que en los próximos tres o cuatro años pueden verse abocados a la quiebra más de 500.000 familias por no poder afrontar el pago de su mayor deuda o pasivo, la hipoteca. Por tanto, es prioritario y urgente crear un procedimiento que regule este endeudamiento monstruoso de las familias, porque corremos el peligro de estigmatizar y arruinar a una parte importante de la población.
La reforma es un misterio. Los expertos designados por Moncloa temen un efecto llamada y que solamente este año, una vez aprobada la Ley se acojan a a ella 50.000 familias, sólo el primer año. Se habla de otorgar una segunda oportunidad al consumidor, un modelo cercano al anglosajón, aunque probablemente nos acerquemos más al modelo francés o alemán.
Sin duda alguna, se trata de una reforma histórica de la ley concursal. Sólo pedimos que el legislador sea valiente y no mire sólo los intereses de los Bancos y piense en dar una segunda oportunidad a esas familias y emprededores que están al borde de la insolvencia y jamás podrán incorporarse al mercado de nuevo por la aplicación del 1911 del código civil. Desgraciadamente, muchas familias ya están arruinadas y han sido ejecutados por impago de sus hipotecas.
Recomendaciones a las familias sobrendeudadas y con graves dificultades para el pago de su hipoteca:
1.- Muchas consultas que realizan los clientes es respecto al coste del concurso de particulares y familias: Este despacho aplica unos honorarios de Abogado desde 2.000 euros y 500 euros de Procurador.
2.- Aguanten como puedan hasta el mes de Abril de 2010 y se publique el avance de reforma de la Ley. Estos meses vayan preparando la documentación y el procedimiento con su Abogado y en Abril presenten al Juzgado comunicación de incicio de negociaciones con sus acreedores. Ganarán tres meses para la presentación del concurso, (en Junio aproximadamente se preve la entrada en vigor de la Ley).
La Banca ya está provisionando por las previsibles pérdidas que conllevará las Quitas de Deuda que obligará la reforma de concursal a asumir al acreedor-banco. No se preocupen por los bancos, nosotros ya les ayudamos con el FROB y con otros experimentos, con la excusa del riesgo sitémico.
Carlos Guerrero