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Como quitar el suelo en las hipotecas

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Como quitar el suelo en las hipotecas
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Como quitar el suelo en las hipotecas
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#17

Re: Como quitar el suelo en las hipotecas

Espero que si estés de acuerdo en una cosa, y es que a veces, no digo todas ni mucho menos, el banco y el notario no informan de esa claúsula. Desconozco si debería ser el banco o el notario quien informase.

En mi caso me la colaron, ¿porque? En mi hipoteca no viene nada de techo/suelo, y cuando firmé la revisé de la A a la Z, y nada, no había nada.

Pero... resulta que al ser una subrogación del anterior préstamo de la constructora, pues esas claúsulas se heredan, y me la comí con patatas. Por supuesto, nadie me dijo ni me enseñó ni me informó de la existencia de esas claúsulas.

Este es mi caso, pero seguro que a más de uno le ha pasado algo parecido. Supongo que me diréis que tendría que haberme informado bien, pero claro, se supone que es el banco el que me tiene que informar no?

#18

Re: Como quitar el suelo en las hipotecas

Por cierto, os pongo algunas cosillas que en su dia me comentaron al presentar una consulta en el BdE, por si sirve de ayuda.

Por otra parte, le informamos de que la cláusula que comenta es muy habitual y limita la variación del tipo de interés aplicable a su préstamo, lo que vulgarmente se denomina "suelo" y "techo", (prevista expresamente en el anexo II, cláusula 3ª bis de la Orden de 5 de mayo de 1994, Transparencia de las condiciones financieras de los Préstamos Hipotecarios (BOE de 11): http://wwwa.bde.es/clf/leyes.jsp?id=10757 . Este Servicio considera que la aplicación de dicha limitación se ajusta a las buenas prácticas y usos bancarios únicamente si resulta de un acuerdo expreso entre las partes, se encuentra debidamente recogida en el contrato, y se ha advertido previamente de su existencia y alcance a los prestatarios
En cualquier caso, si una vez firmado el contrato se invoca el carácter abusivo de la cláusula, la competencia para pronunciarse al respecto y su posible nulidad por este motivo corresponde a los jueces y tribunales de justicia, quienes son los que igualmente tendrían la competencia para valorar, en su caso, si hubo algún vicio en el consentimiento otorgado por el prestatario al formalizar la operación.
Si a la vista de lo anterior considera que su entidad, no actuó conforme a las buenas prácticas y usos financieros, y desea recabar la opinión de este Servicio al respecto, deberá Vd. presentar la correspondiente reclamación. A estos efectos, en nuestra página Web puede obtener información sobre el procedimiento a seguir, accediendo a las siguientes direcciones de Internet: a) http://www.bde.es/servicio/reclama/reclama.htm : información general sobre el Servicio de Reclamaciones del Banco de España. b) http://www.bde.es/servicio/reclama/index_pre.htm : presentación de reclamaciones ante este Servicio.
#19

Re: Como quitar el suelo en las hipotecas

Si miras cualquier folleto de prestamos hipotecarios o carteleria que ponian los bancos, nuncan te indicaban la existencia de esos minimos, ni existia la posibilidad de negociarlos.
Te ofrecia el Euribor +0,5% y 30 años de plazo, nadie hablaba de minimos.

La banca tiene la obligacion de informar de las condiciones que aplican en los prestamos y el suelo es una condicion injustificada que unicamente hace subir el precio del servicio, y ese punto el articulo 49 punto i) de la ley de consumidores lo recoge como sancionable.
Si aplican esos minimos estan obligados a publicarlo en lugar preferente en el cartel de anuncio, visible a todos los clientes y eso no lo hacen.
El negocio bancario no consiste en engañar y ocultar condiciones, sino en dar un servicio correcto y trasparente. estan obligados por el Banco de España a que sea asi.

#20

Re: Como quitar el suelo en las hipotecas

No digo que por parte de la Entidad no se omitiese alguna vez, como tantas otras cosas, pero nunca he visto a un notario omitirla. Otro tema es la subrogación de deudor, porque el préstamo matriz no se transcribe en la escritura de compraventa con subrogación (uno de los múlitples fallos a mi parecer de la normativa hipotecaria), y ahí sí que he visto al notario despachar con "las condiciones que ya le han comentado y usted conoce" , a lo cual el comprador asentía indefectiblemente, aunque lo único que conocía del préstamo era el tipo, el capital concedido y el plazo, y a veces ni eso.

Seamos serios: acabamos de salir de una etapa donde la gente decidía comprar un piso y se pateaba las sucursales subastando la hipoteca, sin facilitar de primeras datos para la concesión del riesgo, la hipoteca ya se daba por concedida, te venían con un papelito donde iban apuntando el tipo de interés y la comisión de apertura y donde más bajos fueran, alli la hacían, así que a mí no me venga un tío que no sabe ni lo que es el euribor a decir que le he engañado porque no entendió los límites del tipo de interés; el mismo tío al que le cuentas que de esa deuda responde con todo su patrimonio presente y futuro y no sólo con el piso y te pone unos ojos como platos aunque hace ya seis años que firmó la hipoteca...

#21

Re: Como quitar el suelo en las hipotecas

"Si aplican esos minimos estan obligados a publicarlo en lugar preferente en el cartel de anuncio"

No.

A ver como metes tú una minuta entera en un tríptico, porque hay cosas en "la paja" bastante más importantes que el tema este del mínimo/maximo .... ¡¡QUE YO TENGO EN MIS PRÉSTAMOS, OJITO, EN LOS PERSONALES TAMBIÉN!

#22

Re: Como quitar el suelo en las hipotecas

Pues permitidme esto ........RECOMENDACIONES:

El derecho a la información a todo, dos días antes de la firma no es un buen momento para informarse de los productos que tendremos que comprar además de la hipoteca, firmar la oferta vinculante en la sala de espera de la notaria no es precisamente donde se debe, esto se firma y se negocia al menos 10 días antes de ir a notario, se revisa, se consulta, etc.…, el despacho del notario no es ninguna iglesia y uno puede perfectamente decir que no está de acuerdo, que no es lo que se acordó y que se volverá a firmar cuando el contrato refleje exactamente lo que debe.

El notario lee toda la escritura por obligación legal, no es un rollo que hay que aguantar nos guste o no, el Sr. o Sra. Notario, es un fedatario público y un mediador, no va a favor de la entidad financiera, ni al nuestro, se le debe preguntar, solicitar aclaraciones, incidir en lo que entendemos o no nos queda claro, tenemos incluso el derecho de leer la escritura nosotros mismos, ante notario solo se firma la escritura, todos los demás papeles se firman antes o después con calma y con su debida lectura, allí con las prisas no es el lugar adecuado, y menos en la sala de espera, tenemos el derecho de solicitar a la notaria, creo que tres días antes de la firma, un borrador integro de lo que firmaremos, utilicemos el derecho, y en casa nos proveemos de un rotulador fluorescente y marcamos lo que no nos queda claro que lo preguntaremos al banco antes y al notario después.

¿Qué garantía nos da esto, la de no equivocarnos?, no, solo nos da la garantía de que sabemos perfectamente donde nos metemos, y a que nos comprometemos exactamente. ¿No tendremos sorpresas en el futuro?, es de suponer que alguna tendremos, pero bastantes menos, y para las que podamos tener, al menos podremos estimar o intuir con previsión y conocimiento.

#23

Re: Como quitar el suelo en las hipotecas

La ley obliga a lo siguiente:
"Una vez efectuada la tasación y hechas las comprobaciones sobre la situación registral de la vivienda y capacidad financiera del prestatario, la entidad viene obligada, si no deniega la operación, a efectuar una oferta vinculante del préstamo, por escrito y especificando sus condiciones financieras. Tal oferta vinculará a la entidad, de no mediar causas extraordinarias, durante 10 días. En esta oferta se hará mención al derecho del prestatario a examinar el proyecto de escritura pública del préstamo en el despacho del Notario durante los tres días anteriores al otorgamiento."

El cliente tiene derecho por ley a poder durante tres dias previos a ver que va a firmar, eso se cumple alguna vez??

El banco esta obligado por ley a muchas cosas que la incumple sitematicamente.
Por supuesto que tiene que estar publicado en el tablon de anuncion y debe existir un folleto con todas las cndiciones que aplica el banco, para el cliente o no cliente.

Si como tu llamas un "tio" no sabe lo que es el Euribor tu obligacion si eres bancario es explicarselo.
El "tio" por supuesto que no sabe que tiene que responder con su patrimonio presente y futuro, por que el banco no tiene ningun interes en explicarselo.

#24

Re: Como quitar el suelo en las hipotecas

"Por supuesto que tiene que estar publicado en el tablon de anuncion y debe existir un folleto con todas las cndiciones que aplica el banco, para el cliente o no cliente."

No.

Evidentemente me refiero al "tío" que lo único que quería saber era la cuota y la comisión de apertura y a todo lo demás no te hacía ni puñetero caso. Es muy cómodo decir a todo que sí y después ir protestando a medida que se encuentran las cosas.

Me acuerdo de uno que entró llamándonos ladrones a grito pelao porque le habían dicho en el registro que habíamos anotado una carga en su piso.... ¡sí! la hipoteca!!.