Hola, el pasado 07.01.13 envíe por burofax a mi oficina la carta que aparece en el post (475) con alguna modificación en cuanto a sentencias, en concreto:
"... En base a las numerosas jurisprudencias emitidas hasta la fecha de hoy en España, en concreto las dictadas en la sentencia 00126/2012 en la Sección Tercera de la Audencia Provincial de Burgos, la sentencia 00281/2012 Sección Primera de la Audencia Provincial de Cáceres, la sentencia 00058/2012 Sección Octava de la Audiencia Provincial de Alicante..."
A los días recibí de Correos un carta en la que se me informa que el burofax ha sido entregado el 08.01.13 a un persona de la oficina. Hasta el momento, hoy 16.01.13 no he recibido respuesta alguna del banco y sigo a la espera de ella. En la carta enviada aparece este requerimiento:
"TERCERO - Si pasados 30 días desde la recepción de la presente no obtengo respuesta en contrario por escrito
suficientemente razonada, se entenderá que han aceptado la propuesta de inaplicación de la cláusula de suelo, lo que deberá reflejarse en el importe de la próxima cuota, y la devolución de las cantidades indebidamente cobradas que deberán hacerse efectivas sin demora en mi cuenta. En caso de denegarme la legítima petición que formulo a través del presente escrito, me reservo expresamente el ejercicio de las acciones extrajudiciales o judiciales que me correspondan, bien individualmente bien a través de las acciones colectivas que en su caso se ejerciten, y que conllevarán además la solicitud de una indemnización por los daños y perjuicios causados."
Me gustaría saber qué ocurre si pasados los 30 días no he recibido respuesta por parte del banco. ¿qué debería de hacer?
Gracias,