Hola de nuevo,
Me gustaría tener alguna opinión más sobre mi caso. De entrada, me da la sensación de que depende mucho del banco, porque hay algunos que aceptan de entrada y otros que solo lo hacen vía reclamación judicial. También me gustaría, si es posible, tener más información sobre la presentación de reclamación sin abogado ni procurador, porque es algo que desconocía en absoluto, así como si tenéis opiniones o referencias sobre abogados que tramiten estas reclamaciones sin que los honorarios se lleven mucha parte de las cantidades en juego. Tras leer muchos de vuestros comentarios, y teniendo en cuenta que una de las últimas sentencias judiciales ha dictaminado que la reclamación prácticamente no prescribe, a mí se me había ocurrido volver a reclamar al propio banco, pero no sé si lo veis factible o es perder el tiempo.
Os refresco mi caso: hipoteca con el Sabadell, firmada en 2003 y ya finalizada. Reclamé en enero de 2024 mediante el SAC y me contestaron que el plazo para reclamar los gastos hipotecarios ya había prescrito. Me dirigí al Banco de España y hoy, 17/5/24, he recibido contestación. Alegan que ellos, el Departamento de Conducta de Entidades, no tiene competencia para decir si las cláusulas fueron abusiva. Un poco flipin todo, pero bien.
Ahora no sé qué pasos dar. De entrada, la vía judicial, que es la fácil, no me convence porque supone que tendré que pagar unos honorarios y un porcentaje de lo reclamado, con lo cual no recibiría todo lo pagado de más. Y eso no me parece justo. No sé si puedo volver a reclamar al banco, incidiendo en que la última sentencia sobre el tema apunta que el plazo para la prescripción empieza a contar en el momento en el que el cliente sabe efectivamente que se cometió abuso en la operación. Tampoco sé si dirigirme a alguna asociación de consumidores, aunque también cobran por la representación legal en estos casos. He pedido cita con la Oficina Municipal del Consumidor por si ellos pudieran hacer algo mediante mediación, pero tampoco sé si ahora ese trámite es pertinente. Y, al leeros, he visto que existe la opción de presentar una demanda por mi cuenta, sin abogado ni procurador, porque el importe no excede de los dos mil euros, aunque, la verdad, no sé si estoy capacitada para hacerlo ni sé cómo funciona eso exactamente.
¿Qué me decís? Muchas gracias de antemano,