Hola huelva.
Aun no se ha publicado el calendario definitivo.
1. Si necesitas LIQUIDEZ INMEDIATA, no puedes vender los bonos convertibles porque aun no los tienes. Solo puedes vender las PREFERENTES.
2. Si puedes esperar a tener los CONVERTIBLES, podrás venderlos en el mercado secundario más caros que ahora las convertibles (muy probablemente, o al menos, suele ser así).
3. Si esperas a tener ACCIONES las podrás vender casi al 100% (puede ser algo más o algo menos segun suba o baje la acción desde que te las den hasta que las vendas).
4. Cubrirse con derivados no tiene nada que ver con los gastos de la venta. Quiere decir JUGAR EN CONTRA. Es decir, VENDER ACCIONES QUE AUN NO TIENES durante los dias en que se valora el precio de canje. En cuanto te dan las acciones que provienen del canje, tu vendes estas y compras las que has vendido anteriormente. Es un mecanismo que parece complejo porque no es facil asimilar que se puedan vender acciones sin aún tenerlas. Así disminuyes a cero el riesgo de que baje la acción y pasas a cobrar el 100% excepto los gastos que te ocasione la cobertura (que deben de ser menos de 0,5%).