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Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada

192 respuestas
Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada
2 suscriptores
Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada
Página
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#169

Re: Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada

De verdad que no se puede pedir más. Gracias por tu tiempo.
Lo cierto es que ya he liquidado el impuesto en Galicia, lo que me falta es aceptar parte de la herencia (la relacionada con las preferentes, ya que hasta no saber que efectos puede tener, he preferido no hacer ningún cambio). No sabía que podrían afectar a la liquidación del impuesto, gracias por aclarármelo.
Salu2

#170

Re: Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada

Pues si has hecho la liquidación del impuesto no sé cómo habrás incluido el tema de las preferentes, pero eso teóricamente te condiciona.
Me parece que en Galicia hay unas reducciones importantes para los hijos menores de 25 años, pero para los mayores solo es de 18.000 euros.
Por eso deberías revisar por cuánto has puesto en la liquidación el valor de las preferentes, porque al cotizar en un mercado oficial, el valor no es el nominal, sino el efectivo según la cotización de ese día.

#172

Re: Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada

Te pego algunos otros, si no has seguido su evolución, no te vendrá mal leer algunas opiniones de foreros con mucha experiencia en materia de preferenres:

https://www.rankia.com/foro/preferentes-telefonica

#173

Re: Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada

Gracias kajaman. Les echaré un vistazo, a ver si me voy enterando...

#174

Re: Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada

Este miércoles me llamaron del banco para comunicarme que ya tenía el dinero ingresado. Dos días después me llamaron para comunicarme que el laudo era favorable. El del banco llamó muy pronto porque ahora quiere que deje el dinero en NGB.
Fue raro, tenía el dinero ingresado antes de comunicarme el laudo.
El arbitraje fue el 1 y el dinero estaba ingresado el 17. Fue rápido.

No tengo el laudo aún. Tengo que ir a consumo a buscarlo.

Menos mal que se terminó esta pesadila.
Me han soplado un 13 y algo % en compensación de lo intereses que ellos consideraron que cobré de más respecto a un plazo fijo cutre del 2,5%.
Pensando en la quita de un 70-80%, con lo que me han devuelto y los intereses que cobré en su momento, al menos recuperé mi dinero.
Me han dado el total de la propuesta de NGB.
Menos mal que mi laudo es anterior a las elecciones en Galicia. A ver que pasa de ahora en adelante.

Creo que el hecho de que no encontraran el MIFID fue determinante. No sé por que no lo encontraron, yo tengo una copia. Ahora pierden papeles. Espero que no pierdan dinero.

Un saludo y suerte con vuestros casos.

#175

Re: Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada

Creo que ha sido la mejor salida, rápida, barata y para mi bastante equitativa (con lo que de subjetivo tiene lo que es la equidad), pero desde luego ya me gustáría que se pudiera aplicar en todos los casos, pero ni todas las entidades están adheridas a los sistemas arbitrales de consumo ni en todas las comunidades han pensado que ese sistema era el más eficaz.
Desde luego que no a todos los que se sometan al arbitraje les saldrá favorable el laudo, que aquí hay inversores que conocían su riesgo y ahora se suman a cualquier iniciativa y protesta para recuperar su inversión que ha sido fallida, bajo un disfraz de "corderos". No creo que sea tanto por las elecciones, sino porque en el fondo no llevan razón, que una cosa es ser engañado y otra distinta haber realizado una inverssión de riesgo que ha resultado fallida.
Me alegro sinceramente por quienes han estado realmente engañados y que puedan salir de su para ellos sorpresiva situación. En el caso de mi familiar, ni incluso ahora conoce todavía que tiene el dinero en preferentes, puesto que sus hijos estamos intentando solucionarlo sin que se lleve un disgusto. Por eso es por lo que pido los fundamentos del laudo de consumo para intentar aplicarlos. La normativa MIFID no le es aplicable por unos meses, ya que se lo vendieron en el mercado secundario en el año 2008 y todavaía no había entrado la aplicación MIFID, pero su edad (ahora tiene 83 años y entonces 79) y el desconocimiento total de estos temas podrían hacer considerar que hay nulidad por vicio de consentimiento.
Por eso, si es posible, cuando lo tengas me gustaría conocer el laudo.
Desde luego no quiero meterme en una demanda porque tengo la seguridad de que la solución sería peor, mucho más lenta y costosa.

#176

Re: Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada

La MiFID entro en vigor en toda la UE el 1-11-2007 y su transposición al ordenamiento jurídico interno tuvo lugar el 19-12-2007 (publicación en el BOE de la modificación de la LMV).

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