Pues para haberlo repetido tantas veces, se te ha olvidado mencionar al CLIENTE D.
Este cliente no va a preguntar nada al banco porque ya tiene un plazo fijo y está muy contento con él pero un día le llama por teléfono el director de su sucursal y le comenta que su plazo fijo va a vencer pronto y que tiene un producto muy interesante referenciado al euríbor que le va a dar mejor interés que el plazo fijo, que sólo lo saben sus mejores clientes pues incluso hay empleados que se lo han vendido a sus familiares.
El cliente D le pregunta que si en ese producto su dinero estará seguro y si cuando necesite el dinero lo podrá sacar porque su hija el año próximo se casa y la quiere ayudar en la compra de un piso, el director de la sucursal le comenta que sin problemas, que la emisión está garantizada por la responsabilidad patrimonial universal de la Caja que es totalmente solvente y que por otra parte en 48 horas si necesita dinero lo podrá sacar.
Nos encontramos en enero de 2011 y nuestro cliente D, se olvida de su plazo fijo y compra 100 valores de 500 euros, un total de 50.000 euros, los ahorros de toda su vida confiando en el director. En diciembre de 2011 necesita sacar una parte de su dinero y el amable director le comenta que no puede y le facilita un documento en el que dice "dentro de las medidas establecidas de la CNMV para protección de los inversores está el proporcionar, de forma previa a cursar una orden, el valor razonable de los títulos en cuestión. Por ello tenemos el placer de comunicarle que le emisión por la que Vd. ha solicitado información tiene un valor razonable comprendido en el rango del 57,75% y el 61,85%. Lo que le comunicamos a los efectos requeridos por la CNMV".
Hablando en plata, el que fuera amable director, ahora de manera seca le dice que ha perdido el 40% de su dinero (curiosamente cuando compró en enero 2011 parece que no se siguieron esas medidas de la CNMV pues nadie le habló de ningún valor razonable...), pero que no se preocupe que en el 2020 se lo devuelve todo y que si lo necesita ahora le da un préstamo pignorado así que todos contentos. Nuestro cliente se lo gasta en ayudar a su hija y meses después recibe una nueva sorpresa del banco indicándole que debe devolver el préstamo y cambiar el dinero invertido por acciones...
Dime por favor, ¿Cuál es la responsabilidad del cliente D? ¿Cuál es la responsabilidad del director de la sucursal? ¿Quién fue el avaricioso el cliente D o el director de la sucursal?
La emisión de subordinadas que le vendieron es del año 2002, nada menos que de hace 9 años por lo que obviamente el folleto informativo de esa emisión está desfasado pues contiene la cuenta de resultados del banco del año 2000, sin duda un importante dato para saber la solvencia de la entidad en el 2011... (¿?). También se indica en ese folleto que la emisión del 2002 deberá suscribirse totalmente y que posteriormente a los pocos meses las obligaciones subordinadas estarán cotizando en el Mercado de Renta Fija AIAF.
Por tanto el cliente D se pregunta indignado ¿de dónde sacaron esos 100 valores que me vendieron? Si se suscribieron totalmente en su momento, se supone que entonces pertenecían a otro cliente ¿familiares de los empleados? y que estaban cotizando en un Mercado de Renta Fija pero nadie me habló de ello, simplemente me dijeron que pagara 50.000 euros. Pero, en enero de 2011, la crisis estaba ya en su máximo apogeo marcando el euríbor mínimos históricos, fusionándose cajas... por tanto esos 100 valores que estaban ya en el mercado (como se indicaba en el folleto) desde el 2002, es obvio que su valor ya no podía ser el 100% de su valor original . Entonces ¿Cómo es posible que a mí en el año 2011, me los vendieran por el precio en que se compraron en el 2002? ¿Qué esta pasando aquí?
Ergo ¿Podríamos considerar que el cliente D ha sido estafado?