Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya
Hola a todos! Hace tiempo que os leo y a veces he estado tentada de registrarme para contestar a alguna pregunta que se ha hecho, pero al final no me he atrevido porque no quería que nadie pensara que me quería aprovechar de la situación (soy abogada).
Sólo quería comentar a los afectados que no os precipitéis a la hora de firmar el canje. Todos los abogados que llevamos tema bancario estamos estudiando con mucha cautela las consecuencias legales de firmarlo, tanto para las demandas que ya están en curso, como para las futuribles porque el tema es muy complejo.
Deciros que las primeras conclusiones nos llevan a sospechar que el que firme el canje, con ese acto, podría estar convalidando el contrato inicial, y en consecuencia, perjudicaría una demanda en curso o una futura demanda. Todo ello en relación con el RDL 24/2012 de 31 de agosto de 2012 como bien ha apuntado alguien en el foro.
No os dejéis presionar por la entidad, todavía tenéis tiempo por delante para tomar una decisión. Ya os engañaron una vez, que no lo hagan una segunda, de verdad, no os precipitéis.