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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#3657

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Bien, pero la línea que diferenciaría una comercialización de un asesoramiento es extremadamente fina, porque al menos en términos generales la iniciativa proviene del comercializador, suele ser éste el que "recomienda" un producto en lugar de otro, será poco habitual que un cliente vaya al banco como indica cabreado76 en su comentario 3640 de la página 455 ... ya me gustaría ver a mi si un juez pudiera oír una conversación de venta de este tipo de productos si al final determinaría si hay asesoramiento o no, me temo que en muchos casos si, y como bien dices es eso, mas o menos un tratado sobre "sexo de los ángeles".

#3658

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Supones mal, lo siento .... los contratos los custodia el propio banco, no se remiten copias ni a la CMNV ni al Banco de España, ni a nadie, lo que se remite y aprueba la CNMV son los folletos de emisión y el contenido de los mismos, y este verifica que los datos y advertencias que marca la ley, estén ahí contenidas, un ejemplo lo tienes en los pagarés de Nueva Rumasa, que no era preceptivo su aprobación con la antigua norma, de ahí que entre otras características la inversión mínima fuera de 50.000 €, cuando la cambiaron y ya era necesario este requisito incuso para inversores iguales o superiores a dicho importe y la necesidad de concurrencia de un agente de valores habilitado, el invento empezó a irse al cuerno.

Otra cosa es en las auditorias (revisiones y comprobaciones) sean internas o externas, incluso inspecciones del Banco de España o la CNMV, pidan o verifiquen algunos contratos, pero no como revisión de un asunto en concreto, lo que revisan es la sistemática de la empresa, por ejemplo en las gasolineras hay inspecciones de medidas por parte del Ministerio de Industria, de la calidad del producto, y al mismo tiempo revisiones de marca que las abandera y en el mismo sentido, pero son verificaciones cuyo objetivo es generalista, se toman muestras o se revisarán contratos de forma aleatoria, en forma de muestreo, a los efectos de que obtener que nivel de errores existen o pueden existir, o de los controles internos existentes en su evitación.

En en caso de tu entidad, que procede de una fusión de tres, puede existir al mismo tiempo un problema de archivo, se han cerrado oficinas, es probable que traslados de archivos a algún polígono industrial en medio de ninguna parte, archivos que no son homologables unos con otros, porque cada entidad tendría su forma de archivos, sus particularidades y supongo que poner orden a todo esto no es cosa de un día, ni de tres meses.

A ver ..... a la CNMV le puedes solicitar una petición de informe, pero como creo ya te indiqué si lo basas en la inexistencia de contratos es un tipo de planteamiento, por el contrario si hay documentos el planteamiento será otro, lo que en mi opinión no es muy presentable es pedir informe por ausencia de documentos, que luego ellos les manden una copia, y como bien puede suponer, fin de la historia y vuelta a empezar con lo mismo pero bajo otro planteamiento, de ahí que ante la inseguridad de una cosa o la otra, creo que o te dicen claramente que no los tienen o te los mandan, esto de marear la perdiz, pues si es una estrategia que pueden tomar, entonces yo en tu caso preferiría contar con asesoramiento profesional, un abogado, que no solo están para poner pleitos e ir a juicios, en muchas ocasiones efectúan asesoramiento para la presentación de documentos, y en tu caso concreto de que de momento no sabes lo que tienen y lo que no, creo que es la mejor opción.

#3659

Re: La respuesta de SAC

Es opinable .... pero prefería ser escrupuloso y cumplidor, no me gustaría (creo) que utilizasen esto en mi contra, si bien probablemente sería un asunto menor, porque en el momento de iniciar la reclamación sería cierto que no había litigio judicial.

#3660

Re: La respuesta de SAC

a la CNMV no has de pedirle informe, has de hacerle una reclamación, con toda la documentación que te hayan dado en CX, y la respuesta del SAC de la reclamación que les has hecho a estos, creo recordar que ya has recibido la respuesta del SAC,no?, pues si tu intención es reclamar a la CNMV(yo lo hice)coge todo tu historial, la respuesta del SAC y dirigete a la CNMV(paseo de gracia 19,edificio de la bolsa)alli te daran un impreso lo has de rellenar con tus datos, haces la reclamación en este impreso,haran unas copias de la documentación que tu lleves, y despues has de esperar su respuesta, esta tarda unos seis meses, al margén de todo ello, puedes demandar.

saludos

#3661

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola W.Petersen,
mira, yo no veo esta linea tan fina, es tan sencillo como que,el test de idoneidad creo que la misma palabra ya lo dice, es idoneo para invertir en productos tal o cual, al que es inversor y pueda demostrarlo, a un ahorrador sencillo que toda su vida ha hecho simples depositos fijos a todo lo mas,lo que han de hacer es "asesorarle,indicarle cual sera el producto mas adecuado para este y por lo tanto no es idoneo para contratar un producto de riesgo, es como si a alguién sin practica le pones un paracaidas y le haces saltar. hacer eso bien hecho(naturalmente también hay ahorradores que entienden de economia y estan dispuestos a arriesgar)pero aqui entra el asesor de la entidad, si hace bien su trabajo, "comercializara solo a los idoneos, y asesorara a todos.
Por ejemplo, a mi ,sin explicaciones de nombres de productos complejos ni nada de eso, me dicen que si quiero arriesgar mi dinero a cambio de un 4%(es lo que me ofrecieron) y les digo rotundamente que no,solo acepto depositos y plazos fijos porque es lo unico que entiendo,y tamppoco porque yo creia que deuda subordinada era un tipo de plazo fijo, igual que lo era un tal deposito vitamina, hay muchos nombres y si no entiendes es como si no ves.

#3662

Re: La respuesta de SAC

No tienes porque utilizar sus impresos, un folio blanco sirve, bueno son opciones, yo en reclamaciones en mi vida me he planteado utilizar sus impresos, incluso en consumo, tomé su impreso, y en las parte dónde pone "motivos de...." puse "ver anexo adjunto" .... no es que me pase la vida reclamando, tengo 49 años, pero entre temas de empresa y propios "ya me conocen" en un par de compañías de telefonía, una de electricidad, un par de bancos/cajas, dos aseguradoras (una por dos veces y por dos temas) y alguna otra empresa (un par de ellas), pero nunca he llegado a juicio alguno, hasta hoy siempre hemos llegado a acuerdos sin agotar la vía legal, supongo que tuve suerte ..... bueno todo esto en algo mas de 25 años de vida laboral.

#3663

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

http://www.cnmv.es/PortalInversor/section.aspx?hid=140 "... Sin embargo, si solicita la compra de un producto complejo (se consideran complejos aquellos productos cuyas características no son fáciles de entender para un inversor medio) su entidad también debe asegurarse de que el producto es adecuado para usted mediante un test de conveniencia."

Luego si hay asesoramiento dice " Si recibe asesoramiento de la entidad financiera:
Cuando su entidad le presenta varios productos alternativos y le recomienda alguno de ellos, le está prestando un servicio de asesoramiento. En este caso, debe determinar qué producto es el más idóneo para usted en cada momento. Para ello debe recopilar toda la información necesaria para poder asesorarle. En este sentido, la normativa establece que la entidad tiene la obligación de realizarle el denominado test de idoneidad.

#3664

Re: La respuesta de SAC

bueno, yo seguí las indicaciones de la señorita(por cierto muy amable) de la CNMV y rellené el impreso,,pero como tu dices, da igual donde lo rellenes, de hecho yo ya habia enviado una reclamación telematica hacia unos dias, y ellos muy amablemente me contestaron con un email dandome las instrucciones para hacer la reclamación de modo correcto.

saludos

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