Supones mal, lo siento .... los contratos los custodia el propio banco, no se remiten copias ni a la CMNV ni al Banco de España, ni a nadie, lo que se remite y aprueba la CNMV son los folletos de emisión y el contenido de los mismos, y este verifica que los datos y advertencias que marca la ley, estén ahí contenidas, un ejemplo lo tienes en los pagarés de Nueva Rumasa, que no era preceptivo su aprobación con la antigua norma, de ahí que entre otras características la inversión mínima fuera de 50.000 €, cuando la cambiaron y ya era necesario este requisito incuso para inversores iguales o superiores a dicho importe y la necesidad de concurrencia de un agente de valores habilitado, el invento empezó a irse al cuerno.
Otra cosa es en las auditorias (revisiones y comprobaciones) sean internas o externas, incluso inspecciones del Banco de España o la CNMV, pidan o verifiquen algunos contratos, pero no como revisión de un asunto en concreto, lo que revisan es la sistemática de la empresa, por ejemplo en las gasolineras hay inspecciones de medidas por parte del Ministerio de Industria, de la calidad del producto, y al mismo tiempo revisiones de marca que las abandera y en el mismo sentido, pero son verificaciones cuyo objetivo es generalista, se toman muestras o se revisarán contratos de forma aleatoria, en forma de muestreo, a los efectos de que obtener que nivel de errores existen o pueden existir, o de los controles internos existentes en su evitación.
En en caso de tu entidad, que procede de una fusión de tres, puede existir al mismo tiempo un problema de archivo, se han cerrado oficinas, es probable que traslados de archivos a algún polígono industrial en medio de ninguna parte, archivos que no son homologables unos con otros, porque cada entidad tendría su forma de archivos, sus particularidades y supongo que poner orden a todo esto no es cosa de un día, ni de tres meses.
A ver ..... a la CNMV le puedes solicitar una petición de informe, pero como creo ya te indiqué si lo basas en la inexistencia de contratos es un tipo de planteamiento, por el contrario si hay documentos el planteamiento será otro, lo que en mi opinión no es muy presentable es pedir informe por ausencia de documentos, que luego ellos les manden una copia, y como bien puede suponer, fin de la historia y vuelta a empezar con lo mismo pero bajo otro planteamiento, de ahí que ante la inseguridad de una cosa o la otra, creo que o te dicen claramente que no los tienen o te los mandan, esto de marear la perdiz, pues si es una estrategia que pueden tomar, entonces yo en tu caso preferiría contar con asesoramiento profesional, un abogado, que no solo están para poner pleitos e ir a juicios, en muchas ocasiones efectúan asesoramiento para la presentación de documentos, y en tu caso concreto de que de momento no sabes lo que tienen y lo que no, creo que es la mejor opción.