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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#4169

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Gracias, creo que me ha quedado claro. Lo normal sería que si esta en un mercado, el producto sufra subidas o bajadas pero no mantenerse estático.

#4171

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hay dos formas de hacerlo:
1. Pensar que está "chupao", que cae por su propio peso y que CX no tiene por dónde cogerlo, animándose unos a otros.
2. Ponerse en el lugar de CX, buscar los argumentos que van a usar para defender su postura y tener una prueba inequívoca que desmonte cada argumento.

Creo que hay que estar preparados para ganar 10-0. Por eso creo que hay que fijarse en los detalles para que no os pillen por sorpresa. A veces creemos que un juez, o incluso un letrado, saben más de lo que realmente saben. Tú sin ir más lejos tienes muchos más conocimientos de este tema que el juez que te toque. Y hay poco tiempo para sintetizar y que entienda. Aunque tú pienses que un argumento de la parte contraria es de risa, puede que al juez no le haga ninguna gracia y se lo tome en serio. La parte contraria sembrará la duda, y hay que saber los argumentos que utilizará, y desmontarlos inequívocamente.

Querrán defender que los clientes sabían que sus órdenes de compra iban a un mercado secundario, y por eso daban órdenes de compra por un valor superior al nominal, al ser un producto muy demandado.

Puede que tú hayas firmado la orden de compra de un producto por valor superior al nominal. Engañado, pero puede que lo hayas hecho. Pero puedes demostrar que el valor por el que se vendía o por el que tú dabas tu orden de compra dependía con una fórmula clara de los días que hubieran pasado desde el último cupón (cuantos más días más valor). Con eso demuestras que no sabías lo que estabas firmando, pues es una operación matemática que realizaban ellos y era siempre igual ¿Todos los "inversores" realizaban esa fórmula en casa y venían a CX a dar una orden de compra en base a dichos cálculos? No, esa fórmula se establecía para compensar a los clientes vendedores de la "pérdida" de los días de intereses que había desde que cobraron el último cupón hasta que lo vendieron, pues CX se había comprometido a abonar esos intereses. Al cliente comprador le "compensaban" al pagarle el cupón íntegro de tres meses. No era un mercado en el que tú dabas una orden de compra superior a tus competidores para adquirir un producto. Era un mercado totalmente amañado por CX. Vamos a demostrarlo.

Con documentos de la CNMV, del defensor del pueblo... se demuestra de forma global. Eso puede valer para una demanda conjunta que hemos aprendido que no es efectiva. Y apoya, pero sólo apoya, la individual. Ahora vamos a cada caso concreto, pues parece que esto se tiene que ganar de uno en uno, por desgracia. Yo he comprobado que el EFECTIVO por el que se compra la Deuda Subordinada equivale casi exactamente a multiplicar el NOMINAL por un apartado del documento de liquidación (yo creí que era la orden de compra) que dice "CUPÓN CORRIDO". Estoy hablando de cuando existía el mercado secundario como un simulacro (hasta octubre del 2011, por lo visto).

#4172

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Yo creo que en un juicio el abogado de CX diría: "esta deuda subordinada estaba muy demandada, así que la demandante (tú) compró "sobre la par", es decir sobre el valor nominal (el valor nominal es 100% y se compró por 100,225%). Esto demuestra inequívocamente que la demandante (tú) conocía perfectamente la naturaleza del producto, y para aprovecharlo realizó una compra que superaba el nominal".

Entonces tu abogado podría decir: "esto demuestra inequívocamente lo contrario; que no había mercado, sino una deuda que se pasaba de cliente a cliente a unos precios tasados. Los cupones de la deuda subordinada se pagaban en la fecha tal, tal y tal. Al haber "comprado" mi cliente 20 días (por ejemplo)después del pago del último cupón, ese 0,225% servía para compensar al anterior tenedor de los intereses que no iba a percibir durante esos 20 días".

#4173

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Saludos W. Petersen

Aquí el asunto es precisamente lo que tu comentas, ellos se van a "agarrar" a eso , que la gente lo podía entender , pero es que es su obligación demostrar que lo entendieron y la única forma que pueden demostrar tal cosa es mostrando que el cliente tenia experiencia previa,,lo del "firme aqui" esta muy extendido pero es que es de lógica,,, si todo el mundo se leyera los contratos de arriba a abajo y formulará las preguntas que le fueran surgiendo en ese momento , solo tendrían tiempo material para atender a uno o dos clientes al día,, o ni siquiera a uno,,,,esa es la jugada,, esos contratos están hechos para que se produzca el "firme aquí" por aburrimiento , si lo se yo también lo sabe un juez...

Una cosa es que la entidad argumente lo siguiente,

- El día tal el cliente nos solicito un producto mas rentable que un plazo fijo (nosotros como entidad financiera no teníamos ningún interés en colocar este tipo de productos )

- Ese día como queda acreditado por su firma se le entrego el folleto a todo color explicado en términos sencillos y claros, con dibujos y ejemplos la naturaleza del producto . Como por ejemplo uno así...

http://www.cnmv.es/DocPortal/Publicaciones/Guias/guia_mifid.pdf

-Tras la oportuna reflexión el cliente tomo la iniciativa y decidió adquirirlo habiéndole recordado previamente dada su condición de minorista los graves riesgos que podrían ocasionar para su patrimonio .

-Le ofrecimos hacer el obligado test de conveniencia al que colaboro en todo momento en su realización y contesto las preguntas que nosotros íbamos verificando en nuestra base de datos..

OK , buena defensa ahora falta que lo demuestren ,,,pero mucho me temo que esto no lo van a poder demostrar,,,,,

#4174

Re: R e: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Saludos Candida ...

Pues en esa pagina te dice bien claro que CX no tiene ninguna oportunidad de seguir funcionando como caja y que si el FROB no la nacionaliza tomando el 90% del control esta caja se va al garete al igual que NCG y UNIMM...

Esta nacionalización masiva con el 90% , a la larga demuestra que todo CX era una casa se señoras de alterne ,llena de datos falsos , balances falsos y porquerías varias,, el 30 de Septiembre fue el día del fin de CX, la mentira ya era insostenible,,, pero ellos ya por costumbre siguieron dándole la vuelta a la realidad.

#4175

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola insubordinado.

Como tu bien has dicho, un Juez no lo sabe todo a menos que no se lo expongas. Los documentos de la CNMV, del defensor del pueblo se demuestra de forma global, si, pero es una forma de decirle que no es una casualidad de que le haya pasado a tanta gente, que ha habido mala praxis y que una combinación de ambas, la global y la individual, cae por su propio peso.

#4176

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

hola compañera,
me refiero a que si bien este organismo esta regulado y tiene poder para investigar,velar,y sugerir vias de solución para el interesado emitir veredictos,(como el caso del documento enviado)no puede cambiar un RD,
dice asi uno de los articulos.......
El Defensor del Pueblo no entrará en el examen individual de aquellas quejas sobre las que este pendiente resolución judicial y lo suspenderá si, iniciada su actuación, se interpusiere por persona interesada demanda o recurso ante los tribunales ordinarios o el Tribunal Constitucional. Ello no impedirá, sin embargo, la investigación sobre los problemas generales planteados en las quejas presentadas. En cualquier caso velará por que la Administración resuelva expresamente, en tiempo y forma, las peticiones y recursos que le hayan sido formulados.

ha de dirigirlo a fiscalia y en cualquiér caso solicitar una investigación sobre el asunto, y eso al parecer ya lo han hecho, de todos modos, considero muy interesante el documento y como dice W,Petersen, por si solo quizas no,pero apoyado de muchas pruebas, si servira en un tribunal o sea, yo .... drecto al abogado y en una carpeta.

gracias y saludos

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