Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes
Si hubiera delito, que repito no creo, por simple sentido común, a un empleado bancario se le supone medio inteligente como poco, me parece una chapuza de manual, entonces si uno quiere ahorrarse abogado, cosa que yo no haría (luego comento) y tras confirmar que la cosa tiene pinta de algo mas que una mera presunción de delito, supongo que uno se puede personar en la fiscalia para denunciar el delito, y que sea el fiscal quien actúe de oficio, lo que no sé es si un ciudadano puede acudir a la fiscalia, o en su defecto lo que tiene que hacer es una denuncia a la policía, y que sea esta a través de juzgado quien lo ponga en manos de la fiscalia. No olvidemos que esto de las preferentes, swaps, etc. se dirime mediante demandas civiles, entonces la fiscalia no actúa para nada, ni comparece ... pero cuando se habla de delitos, entonces si hay fiscal con el traje de "yo te acuso de...."
Supongo que hacer esto a través de la fiscalia es gratis, el fiscal es un funcionario (supongo), pero dije que yo no lo haría, se pierde el control del asunto, y si uno no comparece como parte (y para ser parte habrá que nombrar abogado) se corre el riesgo de que el planteamiento del fiscal no sea el adecuado a los intereses de uno, y si no es parte personada, no puede decir ni mu, pero si, mas barato sale, aunque como dicen a veces "lo barato puede salir caro".
Por cierto, me ha gustado lo del director de zona, pero son estilos, me parece que a efectos prácticos sirve de poco, bueno si ¿para tocar los coj****, por ejemplo?
Una nota para "rubina" ... vamos a ver .... esto de la cárcel, aunque que exista un delito, y se condene a la persona tras un juicio, y los delitos los pueden efectuar las personas, nunca las empresas, no se puede acusar de delinquir a una empresa, los que podrían hacerlo solo serían las personas de la misma.... bien "la cárcel" ... depende de que tipo de delitos, si la condena es a menos de un año, o no sé si menos de dos años (ni idea, no soy abogado), con dicha condena, uno no ingresa en la cárcel, para ir una temporada a gastos pagos a un "hotel rejas" de este tipo, hace falta una condena mas gorda, entonces, se condena, pero no se ingresa, sin embargo el condenado tiene ya antecedentes penales que constan a su nombre, y si en unos años, por mala fortuna, tiene por ejemplo un accidente de trafico, la prueba de alcoholemia da positiva (repito es un ejemplo) y muere alguien, como ir bebido conduciendo es un delito, aunque le condenaran a poco tiempo, al tener antecedentes penales, probablemente si ingresaría en la cárcel, por lo tanto ingreses o no, los antecedentes penales son un asunto muy grave, para las personas de bien, bueno .... para las "de mal" les suele dar bastante lo mismo, pero no es este el caso.
PD: Y para tocarlos muy bien tocados.