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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#3271

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola, la consulta que tengo es la siguiente: mi mujer estaba cobrando ayuda familiar mayores de 45 años, aprobada para 30 meses, le ha salido un empleo por un año, cuando finalice el empleo pasara al paro creo que por cuatro meses. La pregunta es si luego del paro puede volver a solicitar la ayuda familiar por 30 meses?
Gracias de antemano
#3272

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

El subsidio que está cobrando su mujer es por agotamiento de la Prestación Contributiva, por lo tanto como su propio nombre indica cada vez que agote la Prestación Contributiva tendrá derecho, si sigue cumpliendo los requisitos claro.
Lo que puede cambiar es la duración, si la Prestación Contributiva es de 120 días, el subsidio serán 24 meses, si son más de 120 días, el subsidio serán 30 meses

#3273

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

En mi caso, cuando salí al extranjero me suspendieron y reanudaron el mismo día, pero cuando llega la fecha de la DAR no permite hacerlo por internet. La nueva fecha es un año desde la salida al extranjero.
Cuando fui a intentar presentarla a la oficina me indicaron que no hacía falta, que se supone que cuando volví del extranjero ya revisan los datos?? y la nueva fecha es la que le aparece a ellos en el ordenador.
#3274

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

El día 15/09 intenté presentar una solicitud de suspensión por una venta realizada el 14/08 y la solicitud de reanudación para el 14/09 al cumplir un mes más tarde de nuevo el criterio de renta.

Así lo hice el año pasado al aceptar una herencia, sin problemas.

Pues este año me indican que la solicitud de reanudación  no la puedo presentar hasta que no me resuelvan la suspensión, y no me la recogieron.

Sin embargo, el día 25/09 me aparece en la web ya la suspensión y la resolución de la reanudación (que yo todavía no he presentado). Entiendo que con los datos que facilité han interpretado que cumplo aunque no haya habido solicitud formal.
#3275

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Esta mal hecho, porque la Ley dice que hay que después de una suspensión, el subsidio se reanudará, previa solicitud. Pero bueno, usted no se va a quejar, así que igual vale.
Lo de que no se puede solicitar la reanudación hasta haber resuelto la suspensión, directamente se lo han inventado.
#3276

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola el día 6 de noviembre me jubilo actualmente cobro el subsidio 52 hasta el 5 de noviembre.
Mi consulta es:
He cobrado este año un total de 11.500 euros de interés de depósitos y ganancias de ventas de acciones, algunos depósito están a nombre mio solo y otros entre yo y mi mujer, estoy casado en vienes gananciales.
Para el calculo de la renta tengo que dividir para los dos a partes iguales y luego en 12 mensualidades?.
Que ocurre si para el día 10 de noviembre me vence otro depósito, hay que tenerlo en cuenta o no pues ya estaré jubilado.
Si para diciembre rescato plan de pensiones me afecta para el calculo de renta aunque esté ya jubilado.
Gracias 

#3277

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola, tendrías que hacer bien las cuentas si en total son los 11.500 €, realmente te pasas de rentas, si tienes depósito a nombre de los dos se contabilizarán al 50 %, de todos modos si te jubilas este año para cuando hagas la declaración de la renta (IRPF), ya estarás dado de baja en el SEPE, las posibilidades de que comprueben tu declaración de la renta para saber si te has pasado de rentas el año 2025, considero que son muy pocas.
#3278

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Había leído por internet que aunque los depósito este con un solo titular los intereses se dividen a 50 porciento al estar casado en vienes gananciales.
Muchas gracias 
#3279

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Efectivamente, al estar casado en gananciales, aún que la cuenta este a nombre tuyo se consideran gananciales,  y los intereses el SEPE los computará al 50 %, para calcular tus rentas.
#3280

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Muchas gracias 
#3281

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Las rentas se imputarán a su titular, cualquiera que sea el régimen económico matrimonial aplicable, pero las rentas efectivas derivadas de la explotación de un bien de uno de los cónyuges, si el régimen económico matrimonial es el de gananciales, se imputarán por mitad a cada cónyuge.

Por lo tanto, al estar en gananciales, las rentas de los depósitos a su nombre son al 100% suyas y las de los que están a nombre de los dos al 50%.
#3282

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

 pero las rentas efectivas derivadas de la explotación de un bien de uno de los cónyuges, si el régimen económico matrimonial es el de gananciales, se imputarán por mitad a cada cónyuge. 

Las rentas de capital mobiliario, como los depósitos o los rendimientos de cuentas son ingresos derivados de la explotación de un bien. Por lo tanto para el SEPE siempre son gananciales y se dividen a la mitad, independientemente de a que nombre esté el capital.
#3283

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Independientemente del régimen económico la renta se imputa al titular. La instrucción es clara.

En el caso que estamos viendo no sé puede aplicar la segunda parte de la instrucción ya que no es un bien de uno de los cónyuges, privativo.
#3284

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Si el régimen económico es el de separación de bienes, sería como tú comentas las restas de los depósitos a su nombre al 100 % y las que están a nombre de los dos al 50 %.
#3285

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Con independencia del régimen las rentas se imputan al titular.
La instrucción es clara.