Si ya lo he pensado, jeje, ir a trabajar y a ver que hace la empresa con la patata caliente, sabiendo que me voy en un mes, y algo tendrían que pagarme. Lo que no se si tendría la reserva de puesto de trabajo, porque aunque no han pasado dos años, en la resolución me pone esto
"Se podrá instar la revisión por agravación o mejoría a partir de 1-6-2025, en tanto no haya cumplido la edad mínima establecida para acceder al derecho a la pensión de jubilación."
No pone nada de la reserva del puesto de trabajo.
Saludos