Hola, bienvenido a Rankia. No, los calculos efectuados estan bien. Porque por un lado existe la deducción estatal, que es ese 10,05% de la cantidad satisfecha, cuya cantidad pertenece un 50% a la cuota estatal y otro 50% a la cuota autónomica. Además, en Canarias, contais con una deducción autonómica por el mismo concepto; alquiler de vivienda habitual, que se descuenta exclusivamente a la cuota autonómica. Por lo que en tu caso, tienes derecho a dos deducciones, la estatal y la autonómica. Lo que se corresponde con los 217,86€ y la autonómica de 325,16€. Asique, siempre que cumplas con los requisitos que se regulan para la aplicacion de estas deducciones, dichos calculos están bien. Saludos!
Hola, buenos dias. Debes saber que a efectos del IRPF la gasolina solo se admite como gastos deducible integramente en aquellos autónomos que se dediquen a actividades de transporte de viajeros, mercancías, enseñanza de conductores o actividades comercailes, por ejemplo, taxistas, transportistas, repartidores, mensajeros, autoescuelas .. Fuera de estos casos lo autónomos no pueden deducirse como gastos por el IRPF y sólo hasta un 50% en el caso del IVA. Saludos!
Hola, bienvenido a Rankia. Creo que este post le será de mucha ayuda http://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/1773545-como-tributan-derechos-suscripcion-declaracion-renta Échale un vistazo, y si queda con dudas no dude en escribir de nuevo. Un saludo!
Hola, bienvenido a Rankia. Las plusvalias generadas por la venta de acciones, corresponden a los contribuyentes titurales, mientrás que el otro puede figurar como figura o no autorizada. Pero en todo caso, y siempre que dicha compra se haya realizado con posterioridad al matrimonio, cada uno de vosotros deberá de declarar por el 50%. Espero haberle sido de ayuda. Saludos!
Hola, bienvenido a Rankia. Creo que este post aclarar sus dudas: http://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/2018668-aplaza-fracciona-tus-pagos-irpf Saludos!
Hola, Voy a intentar contestarte po partes de acuerdo a lo que yo entiendo vale? 1. A partir del 2015 tributa como ganancia el importe derivado de la venta de derechos preferentes de suscripción y esta será una ganancia sujeta a retención a cuenta. Por lo que con independencia de si vendes todos o no, deberas de tributar por la venta de esos derechos. 2. Del mismo modo, entiendo que si, por un lado tributara la ganancia derivada de la venta de los derechos de suscripción y por otro lado la ganancia derivada de la venta de las acciones. Todo ello en el ejercicio en el que se produzcan cada una de las operaciones, que no tiene porque producirse en el mismo año 3. Por ultimo, la venta de derechos ya no minorará el precio de adquisición de las acciones de las que provienen
Hola, Sólo cuando la suma de dichas cuentas supere los 50.000 euros estarás obligado a presentar el modelo 720. http://www.rankia.com/blog/impuestos/1623888-modelo-720-que-como-rellenarlo
Hola La casilla para este año correspondiente a la compra-venta de acciones es la casilla 278 Casilla 278: ganancias y pérdidas patrimoniales con acciones por la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos en menos de un año. Como verá en esta si le piden los datos que usted comenta. De todos modos le remito este post, igual le sirve de aclaración. http://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/2738535-casillas-mas-utilizadas-programa-padre-2014 Saludos!
Hola, bienvenido a Rankia. Desconozco completamente tu problema, pero la Agencia Tributaria ha puesto a disposición guias por posibles problemas con el programa PADRE. Échle un vistazo, creo que le resultará de ayuda: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Configuracion_/_top_/Ayuda/Consultas_informaticas/Categorias/Presentacion_de_declaraciones/Renta/Declaracion_de_Renta/Descarga_e_instalacion_del_programa_PADRE_de_Renta/Instalacion_del_programa_PADRE_de_Renta__Windows/Instalacion_del_programa_PADRE_de_Renta__Windows.shtml Saludos!
Creo que el primer comentario de este hilo le será de gran ayuda. http://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/2247570-casillas-que-reflejan-perdidas-ptes-compensar-portela Saludos!