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Participaciones del usuario Elena Cirugeda - Fiscalidad

Elena Cirugeda 12/05/15 18:26
Ha respondido al tema Vinculación hijos en divorcio
Hola, en principio debes de tener en cuenta que el divorcio a la hora de tributar en el IRPF tiene una serie de consecuencias.  En cuanto al modelo de tributación debes de tener en cuenta que la ley establece que aquel que tenga atribuida la guardia y custodia de los niños podrá tributar conjuntamente, sin que en ningún caso los hijos puedan formas parte de dos unidades familiares al mismo tiempo.  Y en caso de que esta sea compartida, podrá tributar conjuntamente uno de los dos, con independencia de cuál, debiendo haber acuerdo entre los dos. Otro de los aspectos que repercute es sobre la aplicación del mínimo por descendientes, que se la deberá de aplicar aquel que posea la guardia y custodia. Y en caso de que esta sea compartida se prorrateará en partes iguales. En lo que respecta a las anualidades por alimentos a favor de los hijos, la ley establece que aquel progenitor que no tenga el derecho de aplicarse el mínimo por descendientes, aun cuando sea por prorrateo, podrá aplicar una escala de gravamen sobre el importe de las anualidades de forma separada a la base liquidable general cuando dicho importe sea inferior a la base liquidable general. Por último, aquel progenitor que esté obligado al pago de compensaciones podrá reducirse de la base imponible del contribuyente.   Saludos! 
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Elena Cirugeda 12/05/15 18:13
Ha respondido al tema IRPF indemnización seguro colectivo por incapacidad permanente total
Hola, bienvenido a Rankia.  Las cantidades percibidas en concepto de seguros de convenio colectivo por accidentes, como es tu caso, estan exentas de tributar en el IRPF. Échale un vistazo a este post, le será de ayuda.  http://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/2275812-rentas-exentas-tributar-irpf Animo! 
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Elena Cirugeda 12/05/15 16:42
Ha respondido al tema Declaración de rentas no sujetas al IRNR.
Hola, bienvenido a Rankia.  La ley del Impuesto de sociedades establece como norma general que todas las rentas procedentes del trabajo tributaran por este impuesto, a excepcion de una serie de rendimientos que estarán exentos siempre que cumplan con determinados requisitos.    En tu caso, los rendimientos que enuncias no estan exentos, por lo que deberas de sumar esas cantidades a las retribucciones dinerarias en rendimientos de trabajo, concretamente la parte bruta de este rendimiento, restando tambien el pago de la seguridad social que este a tu cargo en la casilla correspondiente.  Para aclararte más, una renta de trabajo esta exenta de tributar en el IRPF cuando estos proceden de trabajos efectivamente realizados en el extranjero y:   - Ques estos hayan sido realizados para una empresa no residente en España o establecimiento permanente radicado en el extranjero.  - Que el territorio en el que se realicen dichos trabajos se grave un impuesto de naturaleza similiar al IRPF y no sea paraiso fiscal.  Saludos! 
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Elena Cirugeda 05/05/15 19:08
Ha respondido al tema Duda Aceptación Herencia / Impuesto de Sucesiones
Hasta que no se acepta una herencia no se esta obligado a pagar el impuesto de sucesiones, ya que se entiende que aun no se adquirido la propiedad de este bien. De manera que una vez que el beneficiario la acepta tiene el plazo de 6 meses desde el fallecimiento, es decir, con independencia de que la haya aceptado mucho tiempo despues.  En cuanto al alquiler del piso, si no eres titular del mismo no puedes alquiler la casa, por lo que deberas de aceptar la herencia, para que se entienda que ese piso efectivamente forma parte de tu propiedad. Y ya en el caso de que la hayas aceptado, pero solo cuentas con la propiedad en un 50% deberás de contar con el visto bueno del resto.  Saludos!    
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Elena Cirugeda 04/05/15 18:21
Ha respondido al tema Declarar ingresos de los que no se puede hacer factura por falta de datos
Hola, bienvenida a Rankia.  Como regla general todas las facturas deben de tener un contenido mínimo, así por ejemplo es imprescindible que aparezca el numero de factura, la fecha de la actividad y los datos básicos tanto del emisor como de quien la recibe, estos son, nombre, domicilio y NIF.    Aunque esta reglada una modalidad simplificada de factura, que permite ser emitida en los siguientes su`puestos: Por importe menor de 400 euros, IVA incluido.  Factura rectificativa  Importe menor de 3000 euros, IVA incluido y por alguna de las siguientes operaciones - Venta al por menor -Venta o servicios en ambulancia -Venta o servicios a domicilio del consumidor - Transporte de personas y sus equipajes Servicios de hosteleria y resturación prestado por restaurantes, bares, cafeterias y similares ... Del mismo, existen actividades donde dicha facturación está explicitamente prohibida.  Saludos!     
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Elena Cirugeda 04/05/15 18:08
Ha respondido al tema Casilla 52 decl de renta. Uso fructo de una propiedad
Dicha casilla se debe de rellenar por los inmuebles de los que el declarante haya sido usufructuario en algún momento del ejercicio, excluida la vivienda habitual y las plazas de garaje (con un máximo de dos), trasteros y anejos adquiridos conjuntamente con la vivienda habitual. En cuanto a la cantidad por la que tributar se debe de indicar, con dos decimales, el % de participación en el usufructo del inmueble, determinado de acuerdo con las normas sobre la titularidad jurídica que resulten aplicables en cada caso.    Saludos!   
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Elena Cirugeda 04/05/15 17:40
Ha respondido al tema Duda Aceptación Herencia / Impuesto de Sucesiones
Hola,  En caso de que no haya testamento y se quiera renunciar se deberá de hacer de forma expresa mediante escritura  ante el juez. En todo caso la herencia debe de hacer referencia a la totalidad del causal hereditario.  De manera, que la renuncia hecha de manera tacita o mediante un documento privado no surtirá efectos.  En cuanto al pago del impuesto, si renuncias a la herencia no tendrás que pagar ningun impuesto, pero si esta renuncia no ha sido válida o has aceptado la herencia, debes de pagar el impuesto de sucesiones en los 6 meses siguientes al fallecimiento, cabiendo posible porroga. En cuanto a la cantidad, debes saber que el impuesto de sucesiones se trata de un impuesto autonomico, por el cual cada comunidad tiene competencias, y por tanto puede ser diferente de una comunidad a otra. Espero haberle sido de ayuda. Saludos! 
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Elena Cirugeda 04/05/15 08:47
Ha respondido al tema Gastos dividendos renta 2013 compensar con renta 2014
Hola, Si, simplemente debes de poner la parte del saldo negativo que te queda por compensar en la casilla 432 que te indique. Y si en este año has tenido minusvalia estas restaran las gananacias patrimoniales del año, para así saber si tienes saldo positivo o negativo en las ganancias patrimoniales.  Espero que ahora lo hayas entendido. Saludos!
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Elena Cirugeda 28/04/15 19:20
Ha respondido al tema Ayuda del promotor - declaración de la renta
Hola, bienvenido a Rankia.  Toda ayuda directa a la adquisición de la primera vivienda se deben de declarar en el ejercicio en que el que se reciben. Aunque si no me equivoco, Hacienda permite no tener que declarar la totalidad en un solo ejercicio y repartilo en años sucesivos.  Saludos!   
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