Enasua
16/08/24 15:39
Ha respondido al tema Venta de vivienda habitual con habitaciones alquiladas. ¿Exonera IRPF y plusvalía?
Ir a respuesta
Si te mudas DE VERDAD a la casa que quieres vender y vives en ella 3 años, puedes aplicar la exención por reinversión en el IRPF (desconozco el tema del IIVTNU), pero no vale con empadronarte allí, tiene que convertirse REALMENTE en tu vivienda habitual durante esos años y, dado que vas a seguir arrendando parte de la casa, la mejor forma de demostrar que tú resides allí también es que alquiles cuanto antes la casa en la que vives ahora, demostrando así que no sigues allí.La parte del inmueble que arriendes nunca será vivienda habitual, por lo que no da derecho a exención; si, por ejemplo, esas dos habitaciones más el porcentaje de zonas comunes supone el 60% de la casa, pues sólo cabrá aplicar la exención por el 40% del importe reinvertido.Y guarda todo tipo de justificantes (por ejemplo: el contrato de telefonía e Internet a tu nombre en ese inmueble, certificado de Seguridad Social donde ponga que te corresponde el centro de salud que sea porque vives en ese sitio, justificantes de que recibes tu correspondencia y paquetería ahí porque es tu domicilio habitual, matrículas en gimnasios, academias o similar donde conste esa dirección como la propia, etc.) porque es un caso bastante llamativo y probablemente te revisen.