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Participaciones del usuario Enasua - Fiscalidad

Enasua 03/01/25 11:46
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
Eso es que tenéis mal puestos a los hijos. Asegúrate de que no te piden nada más.¿El otro progenitor y tú vivís juntos y alguno se ha aplicado la reducción por tributación conjunta? ¿Estáis separados y el que no tiene la custodia ha aplicado el mínimo por los niños? ¿Sólo tributa uno y se ha aplicado el total?
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Enasua 02/01/25 16:38
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
Entonces es eso: está tramitada, y no tramitando, porque se trabajó sobre ella, se hizo un procedimiento de rectificación (que no una declaración rectificativa) que se resolvió sin acuerdo.Por otro lado, esa sentencia se refiere a un caso muy concreto; al contrario que con la sentencia que decía que la familia numerosa se puede justificar sin tener el título, cosa que la AEAT ha aplicado desde ese momento, ésta no ha llevado a considerar que todos los casos de discapacidad puedan justificarse sin certificado: no es una sentencia que pueda extenderse a otros casos. La AEAT sigue exigiendo certificado de discapacidad de la CCAA para justificar el mínimo y las deducciones.
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Enasua 02/01/25 15:55
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
Todo tiene sentido, excepto la del 20, q e dices que consta tramitada y salió a pagar. ¿Igual le hicieron algún requerimiento ese año? ¿O hizo complementaria? No sé... ¿Tiene esa declaración algo especial? ¿Una venta, una subvención...?
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Enasua 02/01/25 12:25
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
Las que ponen "se está tramitando", probablemente le salieron, en su día, a pagar. La AEAT no las comprobó y, en consecuencia, todavía aparecen como que están "en tramitación", y así se quedarán, aunque, como el 2018, vayan prescribiendo. Sólo aparecen "tramitadas" las declaraciones con resultado a devolver que ya han sido pagadas. Y "finalizadas", aquéllas que han sido objeto de comprobación (quizá realizando un procedimiento de gestión, o quizá sólo revisándolas un funcionario y dándolas por correctas). Esos expedientes se refieren siempre a autoliquidaciones. Las rectificaciones son declaraciones diferentes, con otros números de expediente, y no afectan a la tramitación de las primeras. Por cierto, mi madre, que es maestra del Estado jubilada, tiene pendientes las devoluciones derivadas de la DT2, y yo estoy esperando a que le estimen las rectificaciones (ya sabemos: la del 19 durante la Campaña de Renta del 25, y demás...) para poner un recurso de reposición contra dicha estimación, porque, como sabes, sólo se ha considerado, en este tipo de trabajadores, la exención sobre un porcentaje del complemento a la pensión que les abona MUFACE, pero mi madre posee un documento del año 71 (cuando empezó a trabajar) en el que consta su incorporación OBLIGATORIA a la Mutualidad Nacional de la Enseñanza Primaria, que estuvo en vigor hasta que, en 1979, la absorbió MUFACE. Por tanto, yo considero que, por esas cotizaciones, mi madre tiene derecho a la exención en su pensión de Clases Pasivas. Te lo digo por si es el mismo caso de tu jubilada y ella también posee ese documento justificativo. Ya se le han pasado los plazos para interponer recurso o REA, pero quizá pueda interponer una demanda judicial contra la resolución de su solicitud.
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Enasua 02/01/25 12:05
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
El requerimiento es parte del procedimiento de comprobación en el que estás inmerso. Fue el primer documento que te notificaron, por eso te dicen que tienen 6 meses para finalizar el procedimiento desde el día siguiente al de esa notificación. Pero eso no quiere decir que vayan a resolver el último día; quiere decir que, si se pasan de esa fecha, el procedimiento caduca y les toca volver a empezar. Te van a finalizar el procedimiento mucho antes: hoy, mañana o quizás el martes, depende de si está en la oficina el que firma o si está de vacaciones navideñas, porque no les conviene pagar intereses ni permitir que se les caduque el procedimiento, cuando tú ya has admitido que tú declaración estaba mal y has aceptado que, lo que ellos dicen, es lo correcto. Y sí tienes derecho a intereses, igual que cualquier otra persona que reciba el resultado de su declaración después de los 6 conocidos meses, pero sobre la cantidad que te realmente corresponde recibir, y no sobre la que pediste al principio. 
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Enasua 02/01/25 08:27
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
Claro que tienes derecho a intereses: si la propuesta que aceptaste tenía resultado a devolver, sobre esa cantidad empiezan hoy (que es el primer día hábil de este año) a devengarse intereses. El interés es del 4,065% anual, y te lo darán de oficio, sin que tengas que pedirlo.Ya dije hace unos días que presumía que no iban a finalizar ningún procedimiento que terminará con liquidación (como el tuyo, que va a terminar con un resultado inferior al que pedías) hasta este año. Hoy presumo que firmarán todos (excepto si el que tiene que firmar no está) y tendréis el dinero a finales de la semana que viene, con un día de intereses (es decir: 1 céntimo o 2).
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Enasua 27/12/24 20:51
Ha respondido al tema Exención por reinversión de vivienda habitual - requisito
Eso quiere decir que la aplicación de la exención no es un derecho, sino una elección. ¿Y qué más da, te preguntas? Pues que las elecciones sólo pueden realizarse en el plazo ordinario de declaración, mientras que, los derechos, los tienes en cualquier momento.Ejemplo: vendo mi casa sin intención de reinvertir porque me voy a viajar por el mundo, así que, durante la campaña, presento la renta sin aplicar exención alguna. Pero, un año después, echo de menos la tortilla de mi madre, me vuelvo al pueblo y encuentro una ganga que no puedo dejar escapar. Así que he reinvertido el importe de la venta de mi casa en adquirir otra, que será mi casa, y en los plazos que da la Ley. Y me voy ingenuamente a mi administración a pedir que se rectifique mi declaración para incluir la exención. Y me vuelvo por donde he venido porque me contestan que no puedo hacerlo, porque no es un derecho que tengo, sino que pude elegir al presentar la renta y decidí no solicitarla.
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Enasua 25/12/24 20:51
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Lo que ha quedado sin efecto es la solicitud, no la rectificación en sí. Es como si pides a un artista que te haga un retrato, que te lo van a regalar y, al final, no te lo regalan ahora, te dicen que ya lo harán más adelante. El artista no va a destruir el retrato, lo dejará para cuando se lo compren, sería tonto tener que hacer otro nuevo exactamente igual dentro de unos años.
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