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Participaciones del usuario Enasua

Enasua 03/04/25 15:08
Ha respondido al tema Renta 2014 - Pias, Seguro vida y Hogar
Esa casilla tendrás que rellenarla cuando recuperes el plan de ahorro, si es que los rendimientos no están exentos. Mientras sólo hagas ingresos, no tienes que pagar impuestos por ello.No existe deducción alguna por hacer aportaciones a un PIAS.Respecto a los seguros... Si compraste tu vivienda antes de 2013 y estás aplicando la deducción por inversión en vivienda habitual por los pagos realizados a un préstamo contratado para financiar su importe de compra, puedes deducir la parte del seguro de hogar que cubre el riesgo de incendios. El resto del seguro de hogar, y el de vida, sólo son deducibles si, en la escritura del préstamo hipotecario, consta expresamente que su contratación es requisito sine qua non para que te concedan la hipoteca (ojo: si su contratación sólo es necesaria para que te den un tipo más reducido, no; tiene que ser requisito sin el que no se te concede hipoteca alguna).Si la compra es posterior a 2013, ya no existe está deducción.Pero revisa las deducciones autonómicas de tu Comunidad, a ver si hay alguna donde puedas deducir esos gastos.
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Enasua 03/04/25 15:01
Ha respondido al tema Declaración de la renta No obligados (matrinonios), no deja presentarla
Puede ser un error, para mucho en los primeros días de campaña. Normalmente eso pasa porque sale a pagar, pero, saliendo a 0, debería permitirlo. Espera unas semanas a ver (tampoco es que corra prisa, no hay nada que cobrar).También puede ser que haya algo que incluir en la declaración y no se haya incluido (una transmisión de un inmueble, o de unas acciones, por ejemplo; o ingresos de alquileres, etc), pero no creo que la cosa vaya por ahí.
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Enasua 03/04/25 14:49
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
Los inmuebles son de su propiedad desde el día en que fallecieron sus padres: de acuerdo con no-sé-qué artículo del Código Civil, una vez aceptada la herencia los efectos de dicha aceptación se retrotraen a la fecha del fallecimiento del causante. Por tanto, las imputaciones inmobiliarias tienen que declararse desde el 1 de enero y, además, lo suyo, si son cantidades altas, es hacer complementarias de los ejercicios no prescritos para incluirlas antes de que regularice el fisco.El hijo 2 no tiene nada que declarar respecto a las ventas de los inmuebles del hijo 1.El hijo 1 tiene la obligación de declarar las transmisiones, tanto de la casa como del garaje, tenga una ganancia o una pérdida.El importe que le dieran a esos inmuebles en la escritura de 2024 no sirve para nada a nivel IRPF.Tanto de una venta como de la otra, hay dos fechas de adquisición (las de fallecimiento de cada uno de los padres) y dos valores de adquisición (los que constan en el ISD presentado en tiempo y forma tras el deceso de cada uno). A esas cantidades hay que sumarles los gastos derivados de la adquisición (el ISD que se pagara por hacerse propietario de ese concreto inmueble, más notario, Registro y demás pagado por la elevación a público, pero sólo el porcentaje correspondiente a ese inmueble), menos la amortización en caso de que, desde 2013, esa casa o ese garaje hayan estado alquilados. La fecha y el importe de venta lo tienes en la escritura, restan la plusvalía, la inmobiliaria, la factura por hacer el certificado de eficiencia energética..., y habrá que dividirlo a la mitad, para poner una parte en la ganancia o pérdida derivada de la transmisión del 50% del inmueble heredado por la muerte de la madre y, la otra, igual por la muerte del padre.
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Enasua 03/04/25 09:43
Ha respondido al tema Deducción por hijos menores - Declaración de la Renta
Sal de esa pantalla (en la que consta lo de que tú hija forma parte de tu unidad familiar). Estarás en otra pantalla en la que aparece el nombre de tu hija en una línea y, al final de la misma, hay una X que, en teoría, deberías poder picar para eliminar a la descendiente.Si, aún así, no puedes, tienes que volver a empezar la confección de la declaración. Sal de Renta Web y, cuando vuelvas a entrar, di que quieres iniciar una nueva declaración. Entonces sí podrás, seguro, picar esa X para eliminar a la descendiente.No existe ninguna vinculación de "custodia completa del otro progenitor". Hay que eliminar la referencia al descendiente de forma completa.
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Enasua 03/04/25 09:32
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
Me gustaría no contestarte, puesto que yo entro a Rankia a ayudar, a resolver dudas, y no a discutir, pero el problema es que tú no expresaste una opinión, al contestar a la señora que hizo la consulta, sino que diste una respuesta, de manera contundente, además ("obviamente tiene que ser declaración conjunta...") completamente errónea que puede llevar a esa señora, y a otros que te lean, a perder dinero, si te hacen caso y creen que sabes de lo que hablas. Por eso no tengo más remedio que contestarte, para aclararle a otros foreros el tema que tú estás diciendo erróneamente.Cada uno va de lo que es. Tú, por ejemplo, vas de maleducada, puesto que has escrito un post completo intentando descalificarme, de prepotente, porque te molesta que te digan que estás usando términos desactualizados y te niegas a reconocer que no tienes razón, y de ignorante, puesto que te empecinas en repetir una y otra vez el mismo mantra erróneo.NO ES NECESARIO REALIZAR TRIBUTACIÓN CONJUNTA PARA TENER DERECHO A APLICAR LA DEDUCCIÓN POR CÓNYUGE DISCAPACITADO A CARGO.Se puede solicitar aunque hagas declaración individual. Los requisitos de esta deducción están en el artículo 81 bis Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006, del IRPF. También puedes comprobar lo que dice, al respecto, la Dirección General de Tributos, por ejemplo en la Consulta Vinculante de la D.G.T. V1114-23, de 4 de mayo de 2023.Cuando uno no sabe de algo, lo mejor es callarse. Y, si habla y le rebaten, en lugar de contestar atacando a quien lo hace (en el primer post que me dirigiste me acusaste de no saber lo que digo y de mezclar conceptos; en este segundo, de ignorante y de que no me informo antes de escribir), hay que agachar las orejas y reconocer el error.Por cierto, voy a reportar tu comentario a los administradores y a bloquearte. Es la primera vez que tengo que hacer algo así, y mira que llevo tiempo en Rankia. Pero no estoy para soportar maltratos.
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Enasua 03/04/25 08:58
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
¿Te refieres a pedirle al gestor que revise está declaración y la compare con la de 2023 para que te explique el porqué de la diferencia? Claro, para eso le has pagado. Que te deje las cosas claras.
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Enasua 02/04/25 20:43
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
¿En los datos fiscales tampoco aparecen? Eso es que tú empresa no ha hecho el modelo informativo 190. Habla con ellos.
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Enasua 02/04/25 20:42
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
Sí, son deducibles. Es raro lo de la casilla vacía. ¿En los datos fiscales aparece el gasto de Seguridad Social?
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Enasua 02/04/25 20:41
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
Mejor poner el NIF del vendedor de los materiales. Pero, si son muchos, puedes ponerlo todo junto al final, sin NIF. El problema de esa segunda opción es que, como no van a saber de dónde salen esos gastos, es más fácil que te requieran, para comprobar.
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Enasua 02/04/25 20:38
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
Puede que ya, antes de aplicar la deducción, te devuelvan todas las retenciones. Si ya te lo han devuelto todo, aunque tengas derecho a muchas deducciones, no pueden devolverte nada más.
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