Fran, sólo se imputa el cociente resultante en el mes de la venta? Es decir si se obtienen unas plusvalías de 12.000 €, sólo afectaría a ese mes entonces, pues si se imputasen 1.000 € a cada mes, se habrían superado rentas todos esos meses.Creo que lo había leído anteriormente: en los casos de herencia se tiene en cuenta el importe total de lo heredado. Para el heredero cualquier importe es una plusvalía a efectos del subsidio?Gracias!
Bueno pues el mundo al revés. Llevo tiempo queriendo presentar la DAR por internet y me resulta imposible: "Error POR MOTIVOS DE MANTENIMIENTO, SERVICIO NO DISPONIBLE TEMPORALMENTE. Para acudir a la oficina de prestaciones debes solicitar CITA PREVIA, indicando tu NIF y Código Postal." Entro en cita previa y me la dan para mañana.Es mi primera DAR. No he superado el tope de rentas ningún mes. Basta con cumplimentar el formulario con mi nombre, DNI y firma, o he de de llevar a la oficina alguna documentación más?
Respecto al plan de pensiones heredado y enlazando con la entrada en vigor de la normativa que permite rescatar aportaciones con al menos 10 años de antigüedad, qué fecha se tiene en cuenta a estos efectos, la de la aportación inicial del titular ya fallecido del plan, o la fecha en que el beneficiario del mismo pasa a ser nuevo titular?
Respecto al plan heredado otra duda que me surge es si aplica la misma normativa en cuanto a la retirada del capital. Con el mío la idea es ir retirando cuando me jubile en forma de rentas periódicas. Con el heredado es igual o me obligan a retirar todo el capital de golpe? Gracias
Gracias Angelneu, acababa de leer las respuestas 50 y 51 de este hilo:https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/3232841-sepe-herencia-subsidio-mayores-55-anosy me generaba muchas dudas
Fran algunas dudas al respecto de este tema:- Cuando se acepta la herencia de un inmueble ante notario hay que comunicar al Sepe en todo caso? aunque aplicando el rendimiento presunto de dicho inmueble no haga superar el tope de rentas?- Y cuando dicho inmueble se venda hay que comunicarlo otra vez? Un sólo hecho, como es esa herencia, provocaría dos suspensiones del subsidio, primero por la aceptación y después por la venta?- Para aplicar el rendimiento presunto a ese inmueble qué se tiene en cuenta el valor catastral o el valor que se le da en la aceptación de herencia y se liquida el impuesto de sucesiones?Gracias!
Gracias Rucko. Y hay que justificar esto de alguna manera ante la Agencia Tributaria? Pueden impedirte las desgravaciones del plan del que ya se es titular y al que se van a seguir realizando aportaciones cuando simultáneamente estás retirando capital del plan del que te han designado como beneficiario?