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Participaciones del usuario Fiddler

Fiddler 15/01/24 13:48
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Te pidieron alguna documentación in situ, o como me han dicho, ya consultan ellos todos mis datos internamente? La llevabas en papel para que te lo sellaran todo? Cuánto han tardado en reconocerte el subsidio?  Gracias! 
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Fiddler 15/01/24 13:14
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Voy a presentar la solicitud del subsidio el 1 de febrero y he preguntado al SEPE por teléfono la mejor manera de hacerlo. Me contestan que preferentemente vía web, a través de la "presolicitud de prestación individual y otros trámites" https://sede.sepe.gob.es/SolicPrestIndividualWeb/flows/solicitud?execution=e1s1Me dicen que sólo hay que introducir los datos personales y del cónyuge y que como ya tienen mis datos bancarios donde me han ido ingresando la prestación por desempleo, ellos consultan mis datos automáticamente en INSS y AEAT. Y si todo está correcto entra en vigor el subsidio y si necesitan que les aporte más documentación, ya me contactarán.A quienes habéis presentado la solicitud en los últimos meses, ha sido por esta vía? Gracias
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Fiddler 09/08/23 15:37
Ha respondido al tema Subsidio mayores 52 años, herencias y alquileres
Coincido contigo en la consideración como seguro o plan de ahorro y probablemente el Sepe así lo entienda. Pero existe una modalidad, la rentas vitalicias diferidas y de capital cedido, en las cuales, a cambio de obtener mayor rentabilidad, primero, al ser diferidas no estoy obteniendo rentas y segundo, la prima inicial es irrescatable. El hecho de que desde el momento de su constitución queden fuera del patrimonio del asegurado hasta la fecha designada (en este caso, la fecha de jubilación) para ir percibiendo rentas es lo que me hace dudar de cómo se computarían por el Sepe.
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Fiddler 09/08/23 13:54
Ha respondido al tema Subsidio mayores 52 años, herencias y alquileres
En relación a la casuística que plantea el compañero Miquelbotella, y suponiendo el caso de una persona que ya esté percibiendo el subsido para mayores de 52 años que recibe una herencia compuesta de bienes diversos (inmuebles, fondos de inversión, saldos en cuentas, etc.). ¿Cómo computaría si vendiese la mayor parte de ese patrimonio que recibe y constituye con todo el importe de la venta un "seguro de rentas vitalicias diferidas" en el que no comenzará a recibir rentas hasta llegar a la edad de jubilación y por tanto se extinga ya también el subsidio? No existe rendimiento explícito pues no está generando rentas. Mi duda es si el Sepe imputaría un rendimiento presunto a ese capital aportado (aunque en puridad ya no está dentro del patrimonio personal, sino en el de la aseguradora o banco y su titular ya no puede acceder a él hasta alcanzar la edad de jubilación).
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Fiddler 19/06/23 17:34
Ha respondido al tema Compensación de cuotas abonadas al Convenio especial con la Seguridad Social con otros rendimientos
Gracias Bacalao!En el ejemplo que expuse entonces tributaría los 6.000 € de dividendos en la base del ahorro y 18.000 (rend. inmobiliarios) - 6.000 (rend. negativos del trabajo) que se deducirían íntegramente de la base imponible? Si es así me parece una buena operación en la doble vertiente fiscal<>laboral. Qué opinas al respecto, sin que por supuesto me lo tome como un asesoramiento, sólo como opinión personal.Un saludo
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Fiddler 09/05/23 10:51
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Hola Alex, sin ser un experto, entiendo que al rescatar varios seguros de ahorro, unos con ganancias y otros con minusvalías, sí se compensarían entre ellos y si del resultado final resulta una pérdida patrimonial, no se añadiría ninguna plusvalía a tu tope de rentas.Cosa distinta sería el cobro de la pensión vitalicia, pues es un rendimiento del capital y a mi entender, no entraría en el mismo apartado que las plusvalías/minusvalías, y no podrías compensar.Yo personalmente comunicaría en junio al SEPE cualquier ingreso extraordinario y que ellos te realicen los cálculos. De este modo evitas sanciones y son bastante estrictos con ello.Finalmente, los planes de pensiones no rescatados no computan para el tope de rentas. No tienen rendimiento presunto.
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