Se me olvidaba.
El tomador de la póliza debe hacer un escrito dirigido a la compañía, en el cual se haga constar que te cede los derechos de la póliza y tú debes redactar otro escrito, en el que aceptas dicha cesión.
No es legal, ya que ha habido una modificación y se ha de notificar a la compañía, la cual tiene derecho a anular póliza o modificarla con los datos actuales (aplicando nueva prima según datos aportados).
Adjunto enlace alucinante aparecido en "Finanzas.com" de como ahorrar en el seguro de la casa:
http://www.finanzas.com/noticias/economia/2010-09-20/347632_sabe-cuanto-puede-ahorrar-seguro.html
En primer lugar debes avisar a tu mediador y que sea él quien te de solución.
Yo lo que haría es avisar al servicio de asistencia de Allianz y que envíen reparadores.
Estimado Carlos,
Confirmado, eres un cachondo.
Por cierto, ya que tengo un vuelo este mes ¿Podrías decirme cual es la página de los vuelos a 50 peniques?
Evidentemente, antes de constestar habría que examinar la póliza y condiciones detenidamente, pero mucho me temo (por lo que explicas aquí), que "Kesse" tiene razón.
Estoy totalmente de acuerdo contigo.
Cada producto de seguro nace para una necesidad diferente y el de decesos, según mi humilde opinión, es el adecuado para esta necesidad en concreto.
¿Has pensado en acudir a un corredor de seguros de tu zona, para que sea él el que te muestre varias posibilidades y te aconseje?