Acceder

Participaciones del usuario Jaumet14 - Bancos

Jaumet14 07/12/09 19:28
Ha respondido al tema Seguro de amortizacion vs de vida
Escribí un post en mi blog refiriéndome a tu situación. Te lo recomiendo: http://www.rankia.com/blog/impresionesdelseguro/2009/11/la-necesidad-del-seguro-de-vida.html Saludos.
Ir a respuesta
Jaumet14 04/10/09 16:04
Ha respondido al tema Matricular coche nuevo uno mismo
Compré una moto nueva y quise ahorrarme los honorarios de la Gestoría....iluso de mí. Perdí dos medias mañanas con las gestiones...o sea, que gasté más de lo qyue me hubiera cobrado una Gestoría. Por otro lado, algún cliente mío me ha comentado que para poder matricular su vehículo incluso le han obligado a sacarse un certificado digital (creo que para poder hacer el pago del impuesto de matriculación)...¡¡¡A PESAR DE NO TENER ORDENADOR!!! Han tenido que hacerlo desde un cibercafé (y con muy pocos conocimientos de informática)... Mejor pagar a una Gestoría y así nos evitamos perder tiempo.
Ir a respuesta
Jaumet14 30/09/09 01:46
Ha respondido al tema ¿Te ha impuesto la banca la contratación de productos no deseados?
Sí. Seguro de hogar: Dije que me lo hacía yo, que tenía una Correduría de Seguros. Cuando vieron que el día de la firma me presenté con propuesta de Liberty con la cláusula de cesión hecha....me dijeron que si quería Liberty me lo harían ellos, que eran agentes suyos....vamos, que ni sabían lo que era un Correduría de Seguros. Seguro de Vida: Por no discutir me lo dejé hacer (a mí y a mi esposa). Al año casi me peleo con el Director de mi oficina al querer darlo de baja.
Ir a respuesta
Jaumet14 17/09/09 16:32
Ha respondido al tema Despedir y dar de baja en la seguridad social a empleada de hogar ¿off-topic?
Aprovechando unas gestiones que he realizadoi esta mañana en el Inem de mi localidad, he estado hablando con un jefe de departamento (....amiguete...) hemos comentado el criterio del Inem respecto al tema que hablamos: Lo tienen claro, la baja instada por el trabajador lo consideran como baja voluntaria, por tanto no tendrá derecho a reanudar su prestación. Es totalmente injusto, parece que la Administración castiga a la gente que quiere cumplir la ley, el ejemplo que tratamos es claro: un parado, que cuesta dinero al Estado porque cobra su prestación y encuentra trabajo, por tanto, deja de ser una carga y empieza a contribuir pagando impuestos, cotizaciones a la Seg.Social, etc... Tiene que estar muy seguro de la nueva empresa en la que va a treabajar cumple sus expectativas, porque de no ser así, debería dejar su trabajo.....y al mismo tiempo se quedaría sin prestación. Es por eso que la Administración, no incentiva suficientemente a los parados para encontrar trabajo (de forma involuntaria, claro.....es mi opinión). Situaciones injustas como ésta, es lo que hace que la gente se espabile y "fuerce" despidos (que fuerce que la empresa le diga que no ha superado el p.prueba) Encantado de hablar contigo, trotabancos.
Ir a respuesta
Jaumet14 17/09/09 02:50
Ha respondido al tema Despedir y dar de baja en la seguridad social a empleada de hogar ¿off-topic?
Je je je...y luego dices que yo hilo fino....tu pregunta no es nada inocente. Si me preguntas eso tan concreto es porque ya te han comentado algo, sabes más de lo que dices...... El período de prueba es eso, de prueba, y ambas partes están obligadas "conocerse". Al trabajador puede no gustarle el puesto de trabajo, y según mi opinión, sí debería tener derecho a reanudar la prestación por desempleo....pero a efectos prácticos, te diré que el Inem lo asimila a una baja voluntaria y no da el derecho de reanudarlo...Ahora bien, la mayoría de las empresas, como pueden dar de baja al trabajador en cualquier momento y sin ninguna explicación optan por dar de baja al trabajador por no superar el p.prueba (a instancia de ellas mismas) para no arriesgarse a ningún tipo de reclamación por parte del trabajador. Sin embargo, la Ley General de la Seguridad Social, art.208 1 g dice hay que estar en situción legal de desmpleo, y establece concretamente ...·" Por resolución de la relación laboral, durante el período de prueba, a instancia del empresario " y para hacer la puñeta no habla de resolución de rel.laboral por el mismo motivo cuando es a instancia del trabajador...
Ir a respuesta
Jaumet14 17/09/09 01:23
Ha respondido al tema Despedir y dar de baja en la seguridad social a empleada de hogar ¿off-topic?
Estimado trotabancos...lamento llevarte la contraria. Durante el período de prueba se puede "despedir" al trabajador en cualquier momento durante el mismo. Es cierto, en función de la categoría profesional del trabajador y del convenio colectivo de aplicación el período de prueba puede ser mayor o menor...pero el Estatuto de los Trabajadores es taxativo en este sentido: durante el período de prueba se puede comunicar la no continuidad del trabajador en cualquier momento y sin ningún tipo de preaviso ni explicación. En cuanto al preaviso por despido....depende: -Despido disciplinario; inmediato, sin preaviso. -Despido causas objetivas: 30 dias
Ir a respuesta
Jaumet14 16/09/09 20:48
Ha respondido al tema Despedir y dar de baja en la seguridad social a empleada de hogar ¿off-topic?
El trotabancos: Lo que has dicho es cierto.....si es trabajador lo encuadramos en el Régimen General, pero va a estar dentro del Régimen especial de empleados del hogar, y se rige por unas normas distintas. Po ej., requiere forma escrita. El código 401 es para contratos por obra servicio, y también es para el R.General. Saludos.
Ir a respuesta
Jaumet14 16/09/09 02:24
Ha respondido al tema Despedir y dar de baja en la seguridad social a empleada de hogar ¿off-topic?
Cajero....si quieres ampliar información: http://www.seg-social.es/Internet_1/TramitesyGestiones/Altabajayvariaciond44113/Altabajayvariaciond44118/index.htm?LANG=es&ssUserText=136547&dDocName=44120#44120 http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/CotizacionRecaudaci10777/Regimenes/RegimenEspecialEmpl10729/TablaResumendebases10645/index.htm?LANG=es&ssUserText=136310&dDocName=10646#10646 http://www.seg-social.es/Internet_1/Normativa/Normasdepensionesyo7722/Regimenesespeciales7726/RegimenEspecialdeEm6664/index.htm?LANG=es&ssUserText=129667&dDocName=095320#095320 Mira esas páginas. Saludos.
Ir a respuesta