Jesúsm1
20/07/21 12:24
Ha respondido al tema Reparto herencia sin testamento, usufructo, impuestos.
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Buenos días:Independiente del reparto, hay dos periodos impositivos para cada inmueble en la plusvalía municipal.Para un 50 % es desde la fecha de adquisición, al estar en gananciales, y para el otro 50 % desde la fecha de defunción.Pero para el de la fecha de adquisición, uno ya pasa de 20 años, con lo cual, sino cambia la regulación, no tiene plusvalía en ese 50 %. Para el de 15 años, cuando pasen 5 años, el 50 % con fecha de adquisición de hace 15 años pasaría a 20 años y ese 50 % no tendría plusvalía municipal.STC 26/2017 y 59/2017, Fundamente 3. El Tribunal Constitucional lo dice tres veces.Reitero que en estos momentos, tienes las siguientes plusvalías.- Cero para el inmueble de 20 años en el 50 %. Si constituyen usufructo, plusvalía municipal del usufructo.- 14 ó 15 años para el inmueble de 15 años en el 50 %. Si además constituyes usufructo, plusvalía del del usufructo de ese 50 %.Puesto que el usufructo no es dominio, la adjudicación de un inmueble para cada una es una nueva transmisión, que está sometida a ITP.Una solución, si es posible es que renuncia el usufructo y se quede a vivir en cualquiera de ellos. Pero en este caso, podría perderse bonificación del 95 % en el ISD de la vivienda habitual. Bonificación que corresponde al heredero del dominio también, aunque no la genere, sino vive en la vivienda.Saludos.