Luisvaz10
19/11/24 09:11
Ha respondido al tema Cómputo unidad de convivencia ingreso mínimo vital
Ir a respuesta
La Unidad de Convivencia tiene según la Ley 19/2021 del IMV 2 características diferenciadoras: domicilio común y parentesco de hasta segundo grado con el titular, lo que incluye a los hermanos. Por tanto si la madre es la titular, su hermano forma parte de la UC.El contrato de alquiler de habitación o el certificado de los Servicios Sociales solo sirven para cuando queremos acreditar que las otras personas con las que convivimos NO tienen parentesco.Volviendo al caso actual hay una solución. Hacer titular a la hija de 24 años e incluir a la madre con ella, misma UC. Su tío, hermano de la madre, sería pariente de tercer grado respecto de la nueva titular, fuera de su UC. Pero habría que dar de baja la actual prestación y presentar nueva solicitud. Anticipo problemas pero es legal esta actuación.