En Andalucia la normativa aplica igual, sea nueva o de segunda mano, independientemente de las ayudas. Y la Junta debe aprobar la petición de compra de la persona y las condiciones de la venta. Pero los casos particulares de cada comunidad o del tipo de VPO ya son otra cosa. Si el notario forma, adelante jajaja.
Pero parece que lo único que importa para quejarse son las banderas arcoiris y los chiringuitos de igualdad. Yo no doy ni un céntimo colaborativo a nadie, ni en dinero ni en especies. Qué pidan al progresismo.
Si quieres vender el piso antes de 20 años y ya has terminado el pago, tienes que hacer la cancelación y tienes el coste notarial y de registro. El de la gestoría te lo puedes ahorrar si lo haces todo tú mismo.Si la hipoteca sigue vigente, se cancela la deuda en el mismo acto de compra-venta y aquí si es obligatorio la participación de la gestoría del banco
Una vez cumplido el plazo legal lo puedes solicitar tú, en el mismo Registro de la Propiedad. Y ese trámite es gratuito. No sé de dónde sacas que tiene coste y además más caro.Simplemente se trata de presentar una instancia.Si decides hacerlo antes del plazo (21 años), lo puedes tramitar tú mismo o con cualquier gestoría, no tienes que ser la del banco, que aseguró es bastante más cara en honorarios.
Y cuántas viviendas en venta se enseñan vacías? O acaso en las fotos de venta no se ven todos los enseres de la familia. Eso no implica nada, excepto si en el contrato se hace alusión a dejar los muebles. Lo puedes vender vacío del todo, aunque lo hayas enseñado con electrodomésticos. De hecho, es lo normal, llevárselos.