Pereza cuando los mensajes son políticos, no cuando se exponen opiniones más o menos argumentadas.Dicho esto te expongo una realidad:Desde enero de 2024 hasta casi el fin de la campaña de la renta, han trabajado para que todos o casi todos los afectados dispusieran en sus datos fiscales del importe del ajuste por mutualidades dt2 lirpf: pongamos que a 3,5 millones de contribuyentes les figuró ese dato; para llegar a ese dato han tenido que hacer 3,5 millones de cálculos,; Se han presentado un total de 24.131.000 declaraciones, un 4,9% más que el año anterior, de las cuales un 67,5% (16.279.000) con resultado a devolver y 6.239.000 con saldo a ingresar y a fecha de fin de campaña se había procedido a la devolución del 73- 75% de las declaraciones presentadas con derecho a devolución. Una vez que finaliza la campaña empiezan a revisar las rectificaciones de autoliquidaciones hechas por los contribuyentes (te sorprendería la cantidad de gente que por no revisar el borrador o por omisión o por desconocimiento o por si cuela (estos cada vez menos) no incorporan datos porque no vienen en el borrador, y la cantidad de gente que se equivoca al incorporar datos.Pues bien, deduzco que las rectificaciones de autoliquidaciones de los ejercicios no prescritos por el tema de las mutualidades las realizaron, las realizadas, entre julio y agosto (como mucho hasta principios de septiembre). Suma a estas rectificaciones las revisiones de todos aquellos que rectificación la declaración del propio ejercicio 2023, más el estudio de las documentaciones recibidas en respuesta a las notificaciones enviadas, más los trámites de devolución de declaraciones del propio ejercicio para llegar a 1 de enero con el 95-97% de devoluciones realizadas.No lo estoy justificando, estoy exponiendo el ""petate" que a nivel administrativo se han encontrado.
No es así, en este foro unos cuantos han dicho que no les habían rectificado alguna, varias o todas.Por lo dicho en este foro, no han rectificado ninguna que ya había sido rectificada.No han rectificado ninguna con el ajuste al complemento de pensión que reciben de su mutualidad de previsión social ni a funcionarios ni a no funcionarios; es más, a nadie funcionario o no funcionario le ha aparecido el ajuste por aportaciones a mutualidades de previsión social en el complement de pensión que reciben de sus mutualidades en los datos fiscales del ejercicio 2023.Desde junio de 2024, STS que explica como realiza el cálculo en función de 2 periodos de tiempo, han tenido que recalcular/corregir todas las devoluciones hechas con anterioridad.Resumiendo: mucho trabajo administrativo aún por hacer, al que habrá que sumar el correspondiente para poner al día los ajustes y reclamaciones de los jubilados mutualistas, funcionarios y no funcionarios, qu se hayan jubilado en 2024.
Según Maite aiEsto está regulado en el [artículo 235 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social](https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724#a235), que establece específicamente que:"A efectos de las pensiones contributivas de jubilación y de incapacidad permanente, se computarán a favor de la trabajadora solicitante de la pensión un total de ciento doce días completos de cotización por cada parto de un solo hijo y de catorce días más por cada hijo a partir del segundo, este incluido, si el parto fuera múltiple".En tu caso concreto:- Tienes 37 años y 11 meses cotizados- Los 112 días por parto equivalen aproximadamente a 3.7 meses adicionales- Al sumar estos períodos, alcanzarías los 38 años y 2.7 meses aproximadamenteEsta suma te permitiría alcanzar el período necesario para obtener el 100% de la pensión, ya que:1. Los días por parto se computan como días efectivos de cotización2. Se suman al total de días cotizados para determinar el porcentaje de la pensión3. No es necesario que hayas estado trabajando durante ese períodoEs importante mencionar que este beneficio es automático y no requiere que hayas cotizado durante el período del parto, siempre que puedas acreditar el mismo.
Que han " robado" a los trabajadores desde los años 50 hasta el 78 por no haber podido deducirse las aportaciones que hicieron a sus mutualidades laborales, nadie lo pone en duda, coincidente con el régimen dictatorial existente hasta la democracia.
Pon en una balanza la decepción porque hacienda haya diferido las devoluciones en 4 años y el saber gracias a hacienda que eres beneficiario de la aplicación de la famosa STS y además sin tener que presentar nada de documentación.Pues eso, menos vociferar y sé proactivo.
Después apareció el formulario para completar el gran paso que dio hacienda de cruzar datos con la Seguridad Social para determinar quiénes eran los afectados y para wue en la mayoría de afectados ya figurase en sus datos fiscales del ejercicio 2023 el importe del ajuste por mutualidades dt2 lirpf, que reconocerás que posibilitó que una gran parte de jubilados mutualistas supieran que habían cotizado a mutualidades laborales y que tenían derecho a solicitar a través del formulario la rectificació de autoliquidaciones de ejercicios anteriores no prescritos sin tener que presentar ninguna documentación. Deduzco que tu eres uno de ellos, pues no solicitaste en su día rectificación de autoliquidación del ejercicio 2018.
Me olvidaba!A buena parte de los jubilados mutualistas que en su día ayudé con este tema y a otros familiares de conocidos puse en su conocimiento la famosa STS de 2023 para que antes del 30 de junio de ese año presentaran por registro la solicitud de rectificación de autoliquidaciones de los ejercicios 2018, 2019, 2020 y 2021.En noviembre de 2023 y hasta enero de 2024 ayudé a funcionarios jubilados a presentar la solicitud de rectificación de autoliquidaciones de los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022 por ingresos indebidos relativos al complemento de pensión que reciben de MUFACE.