Acceder

Contenidos recomendados por mivisa

mivisa 08/02/25 09:20
Ha respondido al tema Cotización bonus diciembre
Según el sitio web de la Agencia Tributaria y la normativa de la Seguridad Social, los bonus anuales se consideran retribuciones de devengo superior al mes y, por lo tanto, su cotización debe distribuirse a lo largo del año en ciertos casos. Normativa aplicable El artículo 147 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) establece que la base de cotización se calcula en función de las percepciones salariales del trabajador. Además, la Orden de cotización anual (publicada cada año por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones) establece los límites máximos y mínimos de cotización. Cuando un trabajador recibe una paga extraordinaria o bonus, la normativa indica que: Si está prorrateado en la nómina mensual, su cotización se integra de manera homogénea en cada mes.Si se paga en un único mes, la base de cotización de ese mes no puede superar el tope máximo establecido.¿Se puede prorratear el bonus a efectos de cotización? Sí, pero solo si la empresa lo comunica a la Seguridad Social. Según la normativa, cuando una retribución corresponde a un periodo superior a un mes (como un bonus anual), su cotización debería distribuirse entre los meses en los que se ha generado ese derecho. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) permite a las empresas declarar este tipo de pagos mediante bases de cotización complementarias. No obstante, si la empresa no realiza este prorrateo, la consecuencia es que cualquier cantidad que supere la base máxima en diciembre no cotiza. ¿Perjudica esto al trabajador? Sí, porque una parte del salario no entra en la base reguladora para prestaciones como la jubilación, incapacidad temporal o maternidad/paternidad. En otras palabras, al no cotizar sobre el importe total del bonus, la futura pensión o prestaciones pueden ser ligeramente menores de lo que correspondería si la cotización se hubiera distribuido correctamente. Conclusión En principio, el bonus anual debería prorratear su cotización entre los meses en los que se generó el derecho a percibirlo. Esto es responsabilidad de la empresa y debe gestionarlo correctamente ante la TGSS. Puedes consultar con el departamento de recursos humanos o con un asesor laboral para verificar si la empresa está cumpliendo con esta obligación. Si necesitas más información, puedes revisar la Orden de Cotización 2024 en la web de la Seguridad Social o consultar con la TGSS.Salvo mejor opinión 
Ir a respuesta
mivisa 07/02/25 18:40
Ha respondido al tema Venta bien que no figura en testamento
Analizaré la situación y te explicaré cómo debe distribuirse el coche según la legislación vigente.**Aspectos clave a considerar:**1. El coche es un bien que no está mencionado específicamente en el testamento.2. Existe una hermana del fallecido que no figura en el testamento.3. Los planes de pensiones tienen un régimen especial y sus beneficiarios están designados específicamente.**Marco legal aplicable:**Según el [artículo 659 del Código Civil](https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763#art659), la herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones que no se extingan por la muerte. Por su parte, el [artículo 661 del Código Civil](https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763#art661) establece que los herederos suceden al difunto en todos sus derechos y obligaciones por el hecho de su muerte.**Solución:**1. **Sobre el coche:**- Al no estar específicamente mencionado en el testamento, el coche forma parte del remanente de la herencia.- Este remanente corresponde a los herederos universales designados en el testamento.- En este caso, los herederos universales son los tres sobrinos, ya que son quienes reciben los bienes no específicamente atribuidos.2. **Sobre los beneficiarios del plan de pensiones:**- Los planes de pensiones no forman parte del caudal hereditario.- El hecho de ser beneficiario de un plan de pensiones no otorga la condición de heredero.- Los beneficiarios del plan de pensiones que no han sido nombrados herederos no tienen derecho sobre el coche.3. **Sobre la hermana:**- Al estar desheredada implícitamente por no mencionarla en el testamento, no tiene derecho sobre el coche.**Conclusión:**El coche debe dividirse en terceras partes iguales entre los tres sobrinos que son herederos universales, ya que:1. Son los designados para recibir el remanente de la herencia2. Los beneficiarios del plan de pensiones que no son herederos no tienen derecho sobre bienes no mencionados en el testamento3. Los planes de pensiones siguen su propio régimen de sucesión independiente de la herencia**Recomendación:**Para proceder con la venta, se necesitará el acuerdo de los tres sobrinos herederos, quienes deberán firmar la documentación de transferencia del vehículo y acordar cómo repartir el dinero obtenido de la venta.Salvo mejor opinión 
Ir a respuesta
mivisa 07/02/25 10:04
Ha respondido al tema Dudas de un ERE
Según el sitio web de la Agencia Tributaria, las indemnizaciones por despido o cese del trabajador pueden estar total o parcialmente exentas del IRPF, dependiendo de su importe. En tu caso, al haber alcanzado el límite exento, la parte que supere dicho límite estará sujeta a tributación, pero puede beneficiarse de la reducción del 30% por considerarse un rendimiento del trabajo irregular, siempre que se perciba en un solo período impositivo o en un número de años inferior a la mitad de los años trabajados. Cómo aplicar la reducción del 30% en el simulador Para utilizar el simulador de Renta de la Agencia Tributaria, debes introducir los datos de la siguiente forma: Importe total sujeto a tributación: Debes indicar en la casilla correspondiente a "Rendimientos del trabajo" el importe no exento de la indemnización.Aplicación de la reducción del 30%: La Agencia Tributaria suele aplicar esta reducción de forma automática si se cumplen los requisitos. No es necesario introducir manualmente el importe reducido, sino el importe total no exento. El simulador aplicará la reducción del 30% cuando corresponda.Distribución por años: Si sigues cobrando la indemnización en varios años, en cada ejercicio debes declarar la parte que percibas ese año.Por lo tanto, en el simulador debes introducir el importe no exento que vas a cobrar en el año que estás simulando, sin restarle directamente el 30%, ya que el sistema calculará automáticamente la reducción si procede. Para asegurarte de que el cálculo es correcto, te recomiendo revisar la casilla específica donde el simulador aplica la reducción por rendimientos irregulares y comprobar si el resultado coincide con tus expectativas. Si tienes dudas más específicas o la cuantía es significativa, puede ser conveniente consultar con un asesor fiscal para optimizar tu declaración. Puedes encontrar más información en la Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es
Ir a respuesta
mivisa 06/02/25 21:24
Ha respondido al tema ¿Como tributa lo obtenido en el Plan trae a un amigo de Civislend.com ?
Según el sitio web de la Agencia Tributaria, los ingresos obtenidos por recomendar a amigos una plataforma como Civislend se consideran rendimientos de actividades económicas si la recomendación implica una actividad continuada o con intención lucrativa. Sin embargo, si se trata de un ingreso puntual y no hay habitualidad, podrían considerarse ganancias patrimoniales no derivadas de transmisión de elementos patrimoniales. ¿Dónde incluir estos ingresos en la declaración de la Renta 2023? Si son rendimientos de actividades económicas:Se declaran en la casilla 0175 (rendimientos de actividades económicas en estimación directa).Como Civislend no aplica retenciones, debes ingresar el importe bruto en la casilla correspondiente y deducir los gastos relacionados si los hubiera.Si son ganancias patrimoniales:Se incluyen en la casilla 0306 (otras ganancias patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales).Se tributan en la base imponible general, al tipo correspondiente según el total de tus ingresos.Dado que la Agencia Tributaria puede interpretar estos ingresos de distintas maneras según el caso concreto, te recomiendo consultar con un asesor fiscal para asegurarte de declararlos correctamente. Puedes revisar más detalles en la web de la Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/
Ir a respuesta
mivisa 06/02/25 13:33
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
En su día, hacia finales de diciembre, 2 foreras compartieron la siguiente información:Rosae7 Acabo de salir de hacienda. El funcionario me ha verificado que mi padre estaba pendiente de pago de devolución y por tanto queda sin efecto. Le he comentado la peculiaridad de que mi padre ha fallecido en octubre y me ha indicado que como herederos podemos reclamar todos los años pendientes pero año a año... Y que abrirán de nuevo formulario en cada periodo de la renta, en la renta 2024 podremos reclamar 2019 y presentar el H100. Para los siguientes años, al no tener que presentar la renta, solo presentaremos el formulario y como ellos ya tendrán los datos del fallecimiento y declaración de herederos no tendremos que volver a presentar cada año la documentación de certificado de defunción, testamento, etc... Si que me ha comentado que la información es muy reciente, que no les han informado mucho, tenia un documento que les habían mandado pero que lo harán a través de formulario es seguro. Ha sido un poco triste escuchar a algunos jubilados preguntar y que le contestaran eso... Y que lógicamente era por tesorería. En fin... Es algo nuevo y la información de momento es limitada. Me ha parecido que el funcionario que me ha atendido sabía bastante... Pero puede que se equivoque o no disponga de toda la información... Además que aún pueden cambiarlo... Lo que me he olvidado comentar y esto si me ha parecido raro es que he escuchado a otra funcionaria comentar a otro jubilado que aunque queden sin efecto de devolución las rectificaciones realizadas siguen grabadas y de esta forma saben si se presentó a tiempo la del 2019  en el periodo y sino lo hizo ya no podrá hacerlo.. Tejerina: "Buenos días, como dije tenía hoy cita en hacienda, claro está me han confirmado que las devoluciones se han paralizado y ya no sirven las reclamaciones hechas con anterioridad al 22 de diciembre,  en mi caso como herederos sólo podemos reclamar el año 2019 y 2020, la duda que teníamos era si podíamos reclamar el año 2018 y no, no podemos ya que ese años prescribió en junio de 2023. Que cuando empieze la campaña de la declaración de la renta en nuestro caso los herederos tendremos que rellenar un formulario . Que ya hacienda irán poniendo las  últimas novedades. Es decir el años 2018 lo podrán reclamar aquellos que lo reclamaron en el 2023.  Solicitud de unos documentos, a)       Certificado de defunción. b) Libro de Familia completo. c) Certificado del Registro de Últimas Voluntades. d) Testamento (solo si figura en el certificado de últimas voluntades). e) En el supuesto de que haya varios herederos y se desee que el importe de la devolución sea abonado a uno de ellos, autorización escrita y firmada con fotocopia del DNI de todos ellos. f) Certificado bancario de titularidad de la cuenta a nombre de las personas que van a cobrar la devolución.
Ir a respuesta
mivisa 05/02/25 18:25
Ha respondido al tema Herencia
No, esa afirmación no es correcta. Según el [artículo 657 del Código Civil](https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763#art657), los derechos a la sucesión de una persona se transmiten desde el momento de su muerte. Esto se refuerza con el [artículo 661 del Código Civil](https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763#art661), que establece que los herederos suceden al difunto por el hecho solo de su muerte en todos sus derechos y obligaciones.Además, el [artículo 440 del Código Civil](https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763#art440) indica que la posesión de los bienes hereditarios se entiende transmitida al heredero sin interrupción y desde el momento de la muerte del causante.Por lo tanto:- No existe ningún plazo de espera de 5 años para heredar- Como heredera única, tienes derecho a la herencia desde el momento del fallecimiento de tu padre- Puedes proceder con la aceptación y el pago de los impuestos correspondientes cuando lo deseesTe recomiendo:1. Solicitar a tu madre una explicación sobre la razón de la supuesta espera de 2 años más2. Reunir la documentación necesaria para proceder con la aceptación de la herencia:   - Certificado de defunción   - Testamento o declaración de herederos   - Certificado de últimas voluntades
Ir a respuesta
mivisa 05/02/25 15:20
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
https://www.eleconomista.es/legal/noticias/13206135/02/25/los-inspectores-de-hacienda-exigen-al-gobierno-un-mecanismo-rapido-para-devolver-el-irpf-a-los-mutualistas.html
Ir a respuesta
mivisa 05/02/25 12:03
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
En un procedimiento de comprobación limitada de una declaración de la renta, la Agencia Tributaria puede revisar ciertos aspectos sin necesidad de una inspección completa. Las respuestas que mencionas indican que la revisión ha concluido sin necesidad de realizar ajustes."Esta oficina le comunica que conforme a la normativa vigente no procede regularizar la situación tributaria."Esto significa que la Agencia Tributaria ha revisado los datos y ha determinado que no hay errores ni motivos para modificar la declaración. Es decir, la declaración queda tal como la presentaste."Notificación de que se le envía documento para comunicarle que no se va a realizar liquidación alguna."Esta respuesta es similar, pero más formal. Indica que te enviarán un documento oficial confirmando que no se realizará ninguna liquidación adicional, lo que implica que no tienes que pagar más ni recibir devoluciones adicionales.En resumen, ambas respuestas indican que la comprobación ha finalizado sin cambios en tu declaración.
Ir a respuesta
mivisa 05/02/25 11:50
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
En aras de establecer un patrón de a qué grupo de mutualistas les están haciendo devoluciones, ya que según dijo el forero Alexuco hace unos días él había recibido las transferencias correspondientes a su padre y a su madre en su condición de mutualistas, y como, en principio, no ha podido responder a un mensaje que le envié por rankia.com el 28 de enero, expongo las cuestiones que le planteé por si alguien puede responderlas:Buenos días.Si no te importa, ¿podrías darme más información sobre las devoluciones por aportaciones a mutualidades de tus padres?- ¿Eran jubilados mutualistas funcionarios ó no funcionarios?- ¿Alguno/s de los ejercicios que les rectificaron por el ajuste por aportaciones a mutualidades dt2 lirpf había sido rectificado/s previamente por la causa que fuese?-Además de pensión de la Seguridad Social, ¿tus padres recibían un complemento de pensión de alguna mutualidad de previsión social voluntaria?- Cuando dices que recibiste 6 notificaciones, ¿6 notificaciones por cada uno?-Las declaraciones que habían presentado en su día en tiempo y forma tus padres, ¿les salieran a devolver, a ingresar o unas a devolver y otras a ingresar?¿A qué ejercicios corresponden?¿Estas notificaciones incluyen las liquidaciones provisionales y los intereses de demora correspondientes?Tu información sería de gran ayuda.Gracias
Ir a respuesta
mivisa 02/02/25 19:46
Ha respondido al tema Devolución a mi padre por hacerse cargo de una reforma mía
Te ayudo a analizar la situación y te propongo la mejor manera de proceder:**Situación actual**:- Tu padre pagó dos facturas de reforma a tu nombre (5.000€ y 9.000€)- Quieres devolver el dinero mediante transferencias- No se formalizó un contrato de préstamo inicial**Análisis legal**:Según el [artículo 93 de la Ley General Tributaria](https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a93), existe la obligación de informar a la Administración Tributaria sobre movimientos significativos de dinero cuando estos puedan tener trascendencia tributaria.**Recomendaciones para regularizar la situación**:1. **Documentación a preparar**:- Documento privado que recoja el préstamo realizado por tu padre- Copias de las facturas de la reforma- Justificantes de las transferencias originales realizadas por tu padre2. **Contenido del documento privado**:- Fecha en que se realizaron los pagos- Importes exactos- Finalidad (pago de facturas de reforma)- Compromiso de devolución- Referencia a las facturas específicas3. **Forma de realizar las devoluciones**:- Realizar las transferencias indicando claramente en el concepto: "Devolución préstamo facturas reforma [número de factura]"- Mantener la correspondencia con los importes originales (5.000€ y 9.000€)- Conservar todos los justificantes**Precauciones adicionales**:- Conserva toda la documentación durante al menos 4 años- Guarda las facturas originales de la reforma- Mantén los justificantes de todas las transferencias (tanto las originales como las devoluciones)**Conclusión**:Aunque lo ideal habría sido formalizar el préstamo inicialmente, puedes regularizar la situación documentando adecuadamente la operación. La opción que propones de realizar las transferencias es correcta, siempre que:1. Documentes por escrito la operación original2. Conserves todos los justificantes3. Uses conceptos claros en las transferencias
Ir a respuesta