mivisa
08/02/25 09:20
Ha respondido al tema Cotización bonus diciembre
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Según el sitio web de la Agencia Tributaria y la normativa de la Seguridad Social, los bonus anuales se consideran retribuciones de devengo superior al mes y, por lo tanto, su cotización debe distribuirse a lo largo del año en ciertos casos. Normativa aplicable El artículo 147 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) establece que la base de cotización se calcula en función de las percepciones salariales del trabajador. Además, la Orden de cotización anual (publicada cada año por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones) establece los límites máximos y mínimos de cotización. Cuando un trabajador recibe una paga extraordinaria o bonus, la normativa indica que: Si está prorrateado en la nómina mensual, su cotización se integra de manera homogénea en cada mes.Si se paga en un único mes, la base de cotización de ese mes no puede superar el tope máximo establecido.¿Se puede prorratear el bonus a efectos de cotización? Sí, pero solo si la empresa lo comunica a la Seguridad Social. Según la normativa, cuando una retribución corresponde a un periodo superior a un mes (como un bonus anual), su cotización debería distribuirse entre los meses en los que se ha generado ese derecho. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) permite a las empresas declarar este tipo de pagos mediante bases de cotización complementarias. No obstante, si la empresa no realiza este prorrateo, la consecuencia es que cualquier cantidad que supere la base máxima en diciembre no cotiza. ¿Perjudica esto al trabajador? Sí, porque una parte del salario no entra en la base reguladora para prestaciones como la jubilación, incapacidad temporal o maternidad/paternidad. En otras palabras, al no cotizar sobre el importe total del bonus, la futura pensión o prestaciones pueden ser ligeramente menores de lo que correspondería si la cotización se hubiera distribuido correctamente. Conclusión En principio, el bonus anual debería prorratear su cotización entre los meses en los que se generó el derecho a percibirlo. Esto es responsabilidad de la empresa y debe gestionarlo correctamente ante la TGSS. Puedes consultar con el departamento de recursos humanos o con un asesor laboral para verificar si la empresa está cumpliendo con esta obligación. Si necesitas más información, puedes revisar la Orden de Cotización 2024 en la web de la Seguridad Social o consultar con la TGSS.Salvo mejor opinión