Interesante que den algún detalle de cómo es el proceso, que puede ser extensible al resto de delegaciones provinciales de toda España:"Hay que tener en cuenta que, por cada ejercicio, se precisa de un proceso automático de entre 10 y 12 días." "Existen también personas contribuyentes excluidas por circunstancias especiales que no van a entrar en el proceso automático. En este caso, Hacienda realizará actuaciones manuales específicas según los casos para proceder a las devoluciones de forma no automática. No obstante, también en estos casos se realizará la devolución dentro de este año 2024, cumpliendo el compromiso adquirido por esta Diputación Foral de Bizkaia." Deduzco que aquí se incluye entre otros casos a quienes teneis rectificaciones previas en vuestrascdeclaraciones de la Renta
Sugerencia: haz llegar a tu hermano, directamente o indirectamente, todos los inconveniente y riesgos que conlleva la aceptación de dinero en B y que te han expuesto en este foro
Se cuenta a partir de la fecha de pago en cada ejercicio y si el pago fue fraccionado desde cada una de las 2 fechas de pago de cada ejercicio, hasta la fecha en que se ordene la devolución.Los intereses de demora se calculan multiplicando el importe adeudado por el número de días de retraso en el pago, dividido por 365 (días del año), y luego multiplicado por el tipo de interés establecido por el Gobierno en cada ejercicio.
Jajaja. Será meta suya conseguir likes y seguidores, no es la mía.Leer mal: lanzó pregunta dirigida a aquellos a quienes han rectificado todas las declaraciones anteriores y contesta usted aportando por enésima vez datos de su situación particular.Dice que sólo ha contestado usted a mi pregunta, y otro forero más, por ahora, sí ha respondido.Usted considera una ofensa lo que le escribo como recomendación (leer y leer bien, y si tiene dudas o interpreta algo de otra forma, le sugiero que kss comparta para intentar ser aclaradas.Un saludo cordial