renciayera
14/12/23 14:11
Ha respondido al tema Compensar pérdidas de abengoa
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Copio y pego parte de la Consulta vinculante V3496-20.... Conforme con los datos aportados en el escrito de consulta, nos encontramos en el caso planteado con una venta de un cónyuge a otro de unas participaciones sociales, participaciones adquiridas y vendidas estando vigente en ambos momentos la sociedad de gananciales, no constando que ninguna de las operaciones se haya efectuado con cargo al patrimonio privativo de cualquiera de los cónyuges, por lo que las participaciones —tanto en su adquisición originaria (suscritas en la escritura fundacional) como en la transmisión analizada— formaban y forman parte del patrimonio de la sociedad de gananciales. ........ La titularidad de los bienes y derechos que, conforme a las disposiciones o pactos reguladores del correspondiente régimen económico matrimonial, sean comunes a ambos cónyuges, se atribuirá por mitad a cada uno de ellos, salvo que se justifique otra cuota de participación. Yo entiendo, que si cuando comprasteis los valores (Con independencia si los pusisteis a nombre de uno u otra) ya tenías constituida la sociedad de gananciales, esos valores forman parte de dicha sociedad y si ahora hacéis una compra/venta a nombre de la misma sociedad de gananciales, no veo la posibilidad de justificar una minusvalía.Espero mas intervenciones al respecto