Muy pocos hombres podrán beneficiarse del CRBG ya que hay que acreditar que en el momento de ser padre hubo una baja en la cotización causada por ese motivo.Por otro lado, este fue el cambio que introdujo el ministro Escrivá en Febrero del 2021 a raíz de la Sentencia del TJUE del 2019 sobre el derecho de los hombres a percibir el antiguo Complemento por Maternidad (2016/2021) para evitar las reclamaciones de los nuevos jubilados.Además con el antiguo complemento se aplicaba la mejora porcentualmente sobre la pensión resultante, 2 hijos = +5%, 3 hijos +10%, 4 hijos ó más +15%, lo cual resultaba en una más alta bonificación que el actual CRBG ya que este último es una cantidad fija por hijo/a independientemente del montante de la pensión que se percibe.
“ y la reclamación a la Seguridad Social del Complemento de Maternidad cursada en Enero pasado, en Febrero emitieron la nota con el Cambio de Criterio de la SS o sea de denegarlas todas por sistema y obligarte a ir a juicio a aceptarlas y pagarlas, pero lo mío dura ya nueve meses,”Entiendo que tu ó el interesado al que representas te/se jubiló antes de Febrero del 2021 (para causar derecho a percibirlo) que formulaste solicitud al INSS en Enero de este año y habiendo sido denegada ó por silencio administrativo presentaste Reclamación previa de nuevo al INSS, es así? De todas maneras no me cuadran los plazos desde Enero de este año, creía que ahora lo concedían de oficio, en mi caso tuve que ir a juicio……y en Diciembre de este año tengo el juicio por la reclamación de los 1800€ que estableció el TS como indemnización a los que nos obligaron a acudir al Juzgado para que nos reconocieran el derecho.PD. Perdón por aludir a un tema que no es el que corresponde aquí.
Pues yo todavia sigo esperando la rectificación del Sr @rutilinda91
, que a ver, todos podemos equivocarnos, faltaría más, pero cuanto menos en el debate hay que mantener un cierto decoro y respeto hacia la opinión de los demás……y cuando nos equivocamos reconocerlo.SLS.
-Me he acogido por 2 veces a las promos del Sabadell, la última fue en la del 6%, la primera vez me enviaron co..gos, en la última nada.-Mi esposa abrió cuenta por primera vez para acogerse también a la promo del 6% y en 5 días le mandaron las invitaciones, desconozco que algoritmo siguen pero….-Con la promo del 6% se colocaban los co..gos en pocos días, era una oferta interesante y hubo muchas altas, lo que ofertan ahora es poco atractivo para la mayoría de usuarios, veremos con que salen cuando venzan las imposiciones que se hicieron para aprovechar el 6%.
Pero, y las correcciones que están haciendo desde hace 3/4 días? a que se deben entonces? 3/4/6€ en función de los años en mutualidades, poco relevantes pero que mosquean un poco. Además, igual el lío lo tienen al contabilizar los días efectivos cotizados en las mutualidades, que le apliquen bisiestos ó no, es muy raro lo que está pasando.
Yo creo que el problema viene dado en que a la hora de calcular los porcentajes y aplicar el divisor habrá algunos agentes de la AEAT (si es que ese dato porcentual no les viene dado por el INSS) que se lían con el tema de años bisiestos y naturales en los dos porcentajes a calcular. El INSS a la hora de calcular los años completos naturales con efectos de jubilación los calcula sin tener en cuenta los bisiestos, es decir 35 años = 12.775 días.En mi caso y recibida ya la devolución de 2023, al recibir los primeros datos fiscales tenia un descuadre de 1,90€ en mi contra en la exención de la DT32, lo di por bueno ya que es muy poco relevante a la hora de la autoliquidación, ayer leyendo por aquí volví a consultar los datos y veo que han actualizado la cantidad a un valor más aproximado a lo que me corresponde -0.30€.En fin, me apunto el porcentaje más cercano a “lo real” para el año que viene y me olvido del tema. Está claro que este tema les ha desbordado.