Los plazos con la Administración son siempre referidos a días hábiles, NO naturales. Es decir, no se cuentan ni sábados, ni domingos, ni festivos.Y recuerde, si dejó de trabajar un lunes, pero le quedaban dos días de vacaciones, haga la gestión el jueves en adelante, ya que no le recogerán su solicitud por no estar todavía en situación legal de desempleo. En su caso, puede solicitar el desempleo desde la fecha cinco de Agosto según dice; calcule desde entonces quince días HÁBILES.Ciao.
Vale, era lo que pensaba. Pues nada, paciencia. El plazo para la solicitud empieza desde el día siguiente a agotar vacaciones pendientes. Espere unos días (como quince hábiles) y si no recibe la carta en su domicilio, solicite cita presencial. En solicitudes de prestación contributiva de desempleo, los plazos se suelen agilizar, por lo que si dispone de justificantes de fechas de PREsolicitud de la prestación y en dicho plazo no recibe la resolución en su domicilio, pida cita presencial (como le indicaba).Saludos cordiales.CONSEJO: Independientemente de que creo que es mejor hacer cualquier solicitud ante SEPE in situ, obtenga certificado digital (procedimiento sencillo y gratuito que permite consultar a SEPE o al INSS cualquier documento o información relacionado con la situación prestacional de cada interesado).
En principio, si "no hay solicitudes pendientes", o está aprobada o denegada. Salvo que lo que haya tramitado sea vía "Presolicitud" y en función de la carga de trabajo de su oficina SEPE no haya llegado todavía el turno para empezar a ser tramitada la misma. Si accede con certificado digital o clave permanente compruebe "Solicitudes" y "Denegaciones", de los cuadros de la izquierda. En última instancia, solicite cita presencial y así saldrá de dudas.Saludos.