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Wediehard 17/09/24 10:13
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
A estos efectos, límite de rentas, las cantidades son siempre en bruto. Una cosa es la normativa de AEAT y otra la de SEPE. 6000 entre doce. A partir de ahí, si no supera 850,50 euros brutos mensuales, sumado a otras posibles rentas que pueda tener, nada que comunicar a SEPE puesto que no estaría incurso en un supuesto de suspensión del subsidio.Saludos.
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Wediehard 13/09/24 20:04
Ha respondido al tema Salida al exterior
https://www.sepe.es/HomeSepe/es/que-es-el-sepe/comunicacion-institucional/noticias/detalle-noticia?folder=/SEPE/2023/Junio/&detail=Puedo-viajar-al-extranjero-si-estoy-cobrando-una-prestacion-subsidio-o-la-renta-activa-de-insercion
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Wediehard 10/09/24 11:37
Ha respondido al tema Dudas actualización y subsidio > 52 años - Ingreso mínimo vital
Por desgracia, los días transcurridos desde que tuvo que presentar la DAR hasta que la presente, los pierde (además de la cotización correspondiente a esos días). Le será reactivado el subsidio una vez presente dicha declaración y cobrarä desde dicho plazo. Como le indican, este tràmite ha de realizarse cada 12 meses.Saludos.
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Wediehard 04/09/24 13:52
Ha respondido al tema Foro subsidio 52 años
Lo que es lamentable, al margen del contenido del hilo, es que un trabajador tenga que abandonar su puesto de trabajo por ser explotado incumpliendo las condiciones previamente pactadas por parte de su patrono. Personalmente, hubiera denunciado a Inspección de Trabajo en la situación que UD describe anteriormente. Le ha salido bien, ya que el Código de Causa de Fín de la relación laboral es "por causa no imputable a UD". Pero este tipo de situaciones, pueden suponer no tener tanta suerte y el hecho de abandonar voluntariamente un empleo, cierra toda puerta a quedar en situación legal de desempleo (con lo que ello trae consigo, a efectos de prestaciones).Saludos.
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Wediehard 03/09/24 14:12
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
No es ningún lío. Si en el segundo supuesto descrito, el interesado ha demostrado un "ànimo de trabajar" al mantener al día su demanda de empleo durante todos esos años, los tribunales consideran que es de aplicación la Doctrina del Paréntesis, y por tanto, esos últimos 15 años se pondrían, valga la redundancia, en paréntesis.Saludos.
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Wediehard 03/09/24 13:55
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Creo que franjgr le está explicando todo lo contrario. Beneficiario del subsidio de mayores de 52: verà reconocida su solicitud de prestación de jubilación llegado el día de soliciarla. Pero, cotizante con 15, 20 ó 30 años acreditados, que no pueda acreditar cotización de dos años dentro de los últimos 15 y no haya estado al día en el sellado de su demanda de empleo, verà denegada su solicitud. Hay varias sentencias de Magistratura de Trabajo confirmando las resoluciones denegatorias del INSS en este último supuesto.
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