El límite de estar en motivo de suspensión son actualmente 850, 50 euros brutos mensuales. Si no son ingresos recurrentes yo no me preocuparía en exceso, pero sí evitaría desde hoy mismo este tipo de operaciones.Saludos.
Negativo. Hacienda le devuelve una cantidad que era suya. Está operación no repercute absolutamente para nada a efectos de consideración de rentas para un beneficiario del subsidio. Saludos.
5000 dividido entre 48: el resultado es lo que repercute mensualmente a efectos de superación de rentas. Con esos números mensuales y a falta de màs rentas o habiéndolas, no superando 850,50 euros brutos/mes, tranquilidad; nada de qué preocuparse.Saludos.