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Poderes notariales y bancos ¡Ya está bien de tomar el pelo!

93 respuestas
Poderes notariales y bancos ¡Ya está bien de tomar el pelo!
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Poderes notariales y bancos ¡Ya está bien de tomar el pelo!
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#25

Re: Poderes notariales y bancos ¡Ya está bien de tomar el pelo!

Sean o no sean inmediatamente ejecutivos los poderes notariales, no tengo ni idea, lo verdaderamente importante es que haya mano izquierda por ambas partes. Siempre hay una alternativa que solucione transitoriamente las situaciones más apremiantes.

Otra cosa sería que el banco mantenga bajo el culo el poder durante un mes sin dar respuesta satisfactoria.

Respecto al empleado del banco realmente de inicio el poder se la pela, porque aunque al cliente dirrectamente no le vincula la normativa interna del banco, a él si. Su trabajo es cumplirla sea conforme a derecho o no. Él conservará su empleo y las demandas y querellas en el caso que nos ocupa nunca tendrán consecuencias para él sino para otros que hayan ordenado determinadas formas de actuar.

Me ha sucedido. la normativa interna del banco no me vincula pero si me puede afectar y de hecho lo hizo. Me costó una buena discusión con los empleados haciéndoles ver que lo que lo que estaban haciendo era muy poco apropiado dijera lo que dijera su servicio jurídico o cualquiera de los mandamases de la entidad. No se bajaron del burro pero sin saber si hablaron con alguien o no me dieron una solución aceptable por mi parte.

#26

Re: Poderes notariales y bancos ¡Ya está bien de tomar el pelo!

Por resumir: ¿qué plazo te parece correcto para que se haga un bastanteo?

Es que no deja de ser flipante. Yo no sé en qué trabajas pero aunque seas la hostia de bueno en tu trabajo es dudoso que seas experto en TODOS los ámbitos que abarque.
Es como si le digo yo al chapista al que llevo el coche que me arregle la centralita electrónica del coche que regula la inyección...como trabaja arreglando coches tiene que saber por que sí.

Pues aquí lo mismo. Quieres unos servicios bancarios de primera (me parece lógico) pero no deja de ser lógico que para ofrecerte esos servicios haya que acudir a los expertos "internos" de la entidad para que las cosas se hagan bien de verdad.

No sé cómo irán en otros sitios; los bastanteos que yo pido a asesoría me los contestan al día hábil siguiente, como mucho a las 48 horas.

Y lo de reclamar un técnico en cada oficina...en fin.

Saludos

#27

Re: Poderes notariales y bancos ¡Ya está bien de tomar el pelo!

Hola, pimiento.

Me parece muy interesante lo que cuentas. POr cierto, tuviste que pagar a un procurador para firmar la querella, supongo. Te lo reembolsaron?

saludos,
dcalonso

#28

Re: Poderes notariales y bancos ¡Ya está bien de tomar el pelo!

El primer punto de tu argumentación no me convence. El hecho de que se bastanteen habitualmente las testamentarías y escrituras que acreditan la representación de sociedades no fundamenta jurídicamente que tengas que esperar por ello, pero por ningún tipo de bastanteo de escrituras.

En cuanto al segundo, es posible que la normativa que prevé el bastanteo no tenga cobertura legal.

En cualquier caso... fíjate: los bancos no tienen conocimientos como para interpretar una escritura notarial y luego dicen que informan de los riesgos de productos financieros que no entiende ni el que los creó.

Y para terminar. Cuando venga un administrador de una sociedad a exigirme un pago le voy a decir que espere unos veinte días a ver si el tío de mi prima me interpreta el poder.

saludos

#29

Re: Poderes notariales y bancos ¡Ya está bien de tomar el pelo!

En todo caso, aunque sea el procedimiento, y sea razonablemente ágil (en algunos negociados de la administración pública dan hasta 3 días), la cosa suena como muy arcaica, y totalmente fuera de la realidad tecnológica de nuestros días.

Es un poco así como que llegada una persona con un papel en la mano, se le pasa al que sabe leer, y este (el letrado) pueda leer el documento e interpretar algo tan complicado como "Sí, aquí dice que Fulanito otorga su representación a Menganito".

La verdad, el bastanteo quizás tuvo sentido en los tiempos aquellos en que saber leer te permitía salvarte del garrote vil en caso de asesinato (Sí, si sabias leer, en los delitos de pena capital se cambiaba la pena).

Además, es como contradictoria la intervención de dos autoridades, el notario y el letrado de la entidad. Uno que tiene el poder de dar fe de un acto de disposición, y otro que tiene el poder de dar fe que la fe dada por el primer acto es bastante fe.

Hasta la judicatura,organismo rancio y amante de las tradiciones donde las haya, suprimió el trámite del bastanteo hace ya algunos años...

Y en todo caso, en estos tiempos donde telemáticamente con un certificado FNMT que puedes copiarte y pasarte por mail o USB, y una copia de la tarjetita de claves puedes hacer prácticamente casi de todo...

Procedimientos del S. XV en pleno S XXI. Algo no acaba de cuadrar del todo bien. Supongo que una posible solución sería que las entidades financieras (o incluso cualquiera) tuviesen acceso al registro de revocación de poderes de los notarios. Una cosa simple y directa como podemos hacer con los NIF IVA para operaciones intracomunitarias.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#30

Re: Poderes notariales y bancos ¡Ya está bien de tomar el pelo!

Pimiento, te veo enfadado. Te puedo decir que yo he operado en varias ocasiones con un poder notaria, y es mano de santo. Problemas cero. Tanto para retirar como para ingresar, operar con cuentas y demás cuestiones. En alguna ocasión me han dicho que lo envian a Bastantear, pero me han dejado hacer las operaciones, previa lectura del director donde pone que tal persona autoriza a.....

De todas formas llevas razón, a las malas puedes montar un pollo muy gordo del asunto si no te atienden. Saludos

Método, disciplina y tiempo

#31

Re: Poderes notariales y bancos ¡Ya está bien de tomar el pelo!

Pues luego me cuentas cuál es la entidad financiera que cumple voluntariamente con el ordenamiento jurídico. ¡Esto sí que es noticia!

#32

Re: Poderes notariales y bancos ¡Ya está bien de tomar el pelo!

Cajero no te enfades hombre.

Este tema es muy interesante, intenta dar tu punto de vista desde dentro. Yo creo que pimiento lleva razón, si te personas con un poder notarial la ejecución tiene que ser inmediata. A mi nunca me han puesto problemas para hacerlo inmediatamente aunque si te digo que se han quedado con fotocopia y lo han enviado a bastantearlo, pero la operación ya estaba hecha.

Saludos y no olvides que hay gente por el foro que le interesa mucho la opinión de vosotros.

Método, disciplina y tiempo