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Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +

819 respuestas
Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +
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Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +
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36 / 58
#526

Re: Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +

Buenos días, a mi también me ha llegado la notificación del Banco de España. Tengo pocos conocimientos en temas administrativos y judiciales así que os escucho con mucha atención. 
Muchas gracias por vuestros comentarios y asesoramiento. Espero que al final Renault Bank rectifique. 
#527

Re: Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +

Ah, vale, veo que el compañero ha dado la explicación correcta
Ya me extrañaba a mi ese 25%

Gracias
#528

Re: Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +

Mañana echaré cuentas y te digo, ahora no estoy para números 

Renault Bank debería pronunciarse ya 
#529

Re: Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +

Buenas, a mí también me ha llegado en el día de hoy la comunicación, con las mismas conclusiones que comentáis en este foro. Muchas gracias a todos por ir contándonos. 
Comparto mi opinión. Es un informe bastante bastante extenso y exhaustivo, impecable desde el punto de vista legal. Se exponen en primer lugar los hechos, seguido de la exposición de la reclamación del cliente, después las alegaciones de Renault Bank, sigue con la interpretación del Banco de España centrándose en: 1) que no acreditan de ninguna de las maneras posibles la existencia de los contratos independientes de los depósitos, y 2) que Renault Bank ha llevado a cabo malas prácticas incumpliendo la normativa existente, finalizando con una conclusión con estas mismas ideas fuerza. 
Me ha llamado la atención que se citan frases textuales de RB donde afirman que los clientes nos hemos querido aprovechar de esta situación (creo que esto no ha sido muy acertado por su parte y les deja bastante mal parados como entidad bancaria) y luego se les recuerda que la ley obliga a notificar a los clientes el cambio de condiciones de un contrato en condiciones ventajosas para el cliente. También detalla los contenidos que debe de tener un contrato poniendo en evidencia que Renault Bank se ha limitado a enviar como prueba unos "pantallazos" (sic) cuando tenían la obligación de guardar copia de unos contratos que todos sabemos que se han inventado de forma descarada. 
Felicitaciones a todos porque, en caso de que Renault Bank persista en su empeño de no atajar esta situación tan grave este mes, tenemos ya todo redactado, nos bastaría con presentar este informe en el juzgado y ya dependerá de la rapidez con que vaya todo el proceso judicial. 


#530

Re: Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +

Así es!! 
Más claro no se lo ha podido decir, y como bien has indicado le detalla los artículos que esta incumpliendo, que no sólo es uno, son varios 

Un varapalo en toda regla, pues las alegaciones presentadas han subestimado la inteligencia de los funcionarios del BDE, pues inventar un contrato y presentar prueba que no tiene sentido de ser es MUY GRAVE 
#531

Re: Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +

Compañer@ estoy en tu misma línea.
#532

Re: Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +

Estoy totalmente de acuerdo con tus reflexiones.
#533

Re: Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +

RB debería acatar lo dictado por el BdE y ser consecuente ejecutando las indemnizaciones pertinentes. Pues, al menos en mi caso, ya no voy anunciar una demanda, si no que al mes regurosamente extricto inicio acciones, legales con el informe emitido.

Se acabó esta farsa. Y deberían depurar responsabilidades con su gabinete de asesoramiento legal, es una vergüenza.
#534

Re: Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +

Compañer@s me podéis indicar en qué apartado se indica que se da a RB un plazo de un mes para resarcir los daños mediante indemnización. En mi caso, no soy capaz de localizarlo.
#535

Re: Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +

No viene en el informe.

En la documentación del BDE además del informe hay dos "cartas", en la que va dirigida a RB es en la que se indica el plazo de un mes.
#536

Re: Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +

Alguien sabe en que tipo de juzgado se presenta el escrito y si tiene que ser el de tu provincia o el juzgado de la sede de la entidad.
#537

Re: Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +

Lo que indica el BdE en su informe es:
"Este Departamento no es competente para valorar, decidir, ni pronunciarse sobre los
posibles daños y perjuicios que se hayan podido ocasionar a los clientes y usuarios de
los servicios financieros. Dichas cuestiones podrán someterse, en su caso, y de
considerarlo el perjudicado, a los correspondientes órganos judiciales
"

Y en la carta a RB le indica:
"según lo dispuesto en el artículo 14 de la citada Orden Ministerial, en el
plazo de un mes a contar desde la notificación del presente informe,
deberá poner en
conocimiento de este Departamento si acepta o no los presupuestos y criterios
manifestados en el mismo
, así como, en su caso, deberá aportar justificación documental
de haber rectificado su situación con el reclamante
.
Transcurrido el referido plazo, se entenderá que esa entidad no ha aceptado los
presupuestos y criterios manifestados en el informe.
El archivo decretado se entenderá sin perjuicio de las responsabilidades administrativas
o de otro orden en que haya podido incurrir la entidad
."

Y le adjunta cuestionario en el que le pregunta:
- si está conforme con las conclusiones del informe. En caso negativo, ¿por qué?
- si ha optado por rectificar la situación objeto de la reclamación conforme a lo previsto en las conclusiones del informe. ¿En qué ha consistido dicha rectificación?
- si la rectificación ha supuesto el abono o condonación de una cantidad dineraria. ¿cuál ha sido su importe en euros?

El BdE no dice que RB nos tenga que indemnizar. 
Califica negativamente la actuación de la entidad y le "pide" solucione la situación con el reclamante en el plazo de un mes.
Lo que haga RB (si es que hace algo)....está por ver...
 
Liberar las imposiciones e indemnizar a los reclamantes por el daño que su actuación está ocasionando es lo que solucionaría este asunto y evitaría que 65 personas muy motivadas no acudiésemos a la vía judicial cuando transcurra un mes.
#538

Re: Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +

Mi duda es cómo cuantificar ese perjuicio económico.

Si nos limitamos a conformarnos con subsanar el perjuicio económico con el interés de demora, os preguntaba ayer si estáis seguros de que para calcular el interés de demora aplicaría añadir al interés legal del dinero (3,25%) ese 25% del que dos personas han hablado.

Se ha indicado que el interés de demora se calcula: 
interés de demora = interés legal del dinero (3,25% para el año 2023) + 25% = 4,0625%

Yo tenía entendido que en caso de contratos con sociedades y empresas, el interés de demora era el interés pactado, y a falta de pacto, el interés legal del dinero. 
Y como no hay ningún interés pactado, pensaba que el interés de demora a considerar sería el interés legal del dinero, es decir:

interés de demora = interés legal del dinero = 3,25%.

Si alguien sabe seguro el interés de demora que aplica en nuestro caso que informe por favor; es importante saberlo para preparar nuestros cálculos.

Gracias compañer@s!!
 
#539

Re: Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +

A mí me surge la misma duda. ¿Sería aplicable el interés de demora a nuestro caso? Nosotros no somos la Agencia Tributaria. Si alguien conoce la legislación aplicable a este aspecto, que lo indique.
#540

Re: Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +

No sería 90 días, son más dias, al menos yo presente mi desestimiento en abril y estamos a finales de septiembre, por tanto casi 5 meses que se le debe aplicar el interés legal del dinero

A esa cantidad restarle lo que ya nos han pagado, y la diferencia es la que nos deben pagar, en cuanto el interés de demora no lo veo muy claro, si se llega a la vía judicial si procede el interés de demora hay si está bastante claro. 

Habrá que investigar 
Guía Básica