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Rellenando el Modelo 720

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Rellenando el Modelo 720
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Rellenando el Modelo 720
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#3881

Re: Rellenando el Modelo 720

¿X? No sé a qué te refieres.

Las claves de los bienes son "A" alta, "C" cancelación/vencimiento y "M" que se mantiene o sólo se modifica el saldo.

Las cuentas o depósitos abiertos y cerrados en el mismo ejercicio nunca se declaran. No se pone A y C para lo mismo en el 720.

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#3882

Re: Rellenando el Modelo 720

Pues lo he visto aqui, despues de la explicacion de A, M y C, aparece esto:


  • X. Extinción de la titularidad sin declaración previa, se informará en un bien o derecho que no se declara porque se extingue la titularidad sin una declaración previa, se revoca la autorización o poder de disposición, o se extingue cualquier otra forma de titularidad real sobre el mismo.
#3883

Re: Rellenando el Modelo 720

Y claro, si es lo que me imagino, que consiste en declarar un depósito que NO declaraste años anteriores pero que ha vencido este año........Entonces si eso es así, el año pasado lo hice mal, porque fue mi primer año, luego ningun deposito fue declarado antes, pero sí hubo depósitos que vencieron antes del 31 del 12 del 2023 y simplemente no los puse, como si no existieran. A ver si sí habia que meterlos pero con la X????
#3884

Re: Rellenando el Modelo 720

Vale, la X esa no se de donde la ha sacado el que lo haya subido, no recuerdo la web donde era. Pero aquí está explicado mejor, y me aclara lo que has dicho de declarar un M, a pesar de no haber incrementado saldos en mas de 20000 euros: pone que si es M, y no has incrementado no tienes que declararlo. Y lo has declarado por si acaso, dada la confusion del IBAN. Aqui:

ORIGEN DEL BIEN O DERECHO. Se consignará el «Origen del bien o derecho» de acuerdo con las siguientes claves alfabéticas.

  • «A»: Bien o derecho que se declara por primera vez o que se incorpora en el ejercicio de la declaración.
  • «M»: Bien o derecho que ya ha sido declarado en ejercicios anteriores. Se deberá declarar un bien o derecho de nuevo dependiendo de la clave «CLAVE TIPO DE BIEN O DERECHO» declarada en los siguientes casos:
– Cuando la «CLAVE TIPO DE BIEN O DERECHO» tome el valor «C», si el saldo conjunto de las cuentas a 31 de diciembre o el saldo medio conjunto del último trimestre de las cuentas hubiese experimentado un incremento superior a 20.000 € respecto del que determinó la presentación de la última declaración.
– Cuando la «CLAVE TIPO DE BIEN O DERECHO» tome el valor «V», «I» o «S», si el saldo y valor a 31 de diciembre conjuntamente considerado de todos ellos hubiese experimentado un incremento superior a 20.000 € respecto del que determinó la presentación de la última declaración.
– Cuando la «CLAVE TIPO DE BIEN O DERECHO» tome el valor «B», si el valor de adquisición y valor a 31 de diciembre conjuntamente considerados hubiese experimentado un incremento superior a 20.000 € respecto del que determinó la presentación de la última declaración.

  • «C»: Bien o derecho que se declara porque se extingue la titularidad, se revoca la autorización o poder de disposición, o se extingue cualquier otra forma de titularidad real sobre el mismo.
#3885

Re: Rellenando el Modelo 720

Y si me ha vencido un depósito este año que nunca declaré?
No se declara o se declara con una C?
#3886

Re: Rellenando el Modelo 720

Si te vence un depósito que nunca fue declarado en otros 720 de ejercicios anteriores, pues no se declara. "Las gallinas que entran en la AEAT por las que salen de la AEAT".

La misión de declarar "C" es para eliminar los registros que tiene la AEAT de ese depósito.
Todo lo que se declare como "A" en algún momento debe tener "C". Por eso no se puede poner una "C" a algo que nunca tuvo "A".

Me parece que no sabes que cada vez que se presente el 720, hay que declarar todo todo. No sólo lo nuevo "A" o lo cancelado "C", sino lo que ya se declaró antes con "M".

Ese depo que dices que te ha vencido en el ejercicio 2024 debías haberlo declarado en el ejercicio 2023 al presentar su 720 que dices que sí presentaste. 

En tu 1º 720 del ejercicio 2023 tienes que declarar sólo los depos vigentes a 31dic2023. Los depos vencidos en 2023 no se declaran ya que nunca fueron declarados antes.

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#3887

Re: Rellenando el Modelo 720

La X no existe. Es la 1ª vez que lo escucho. Ni creo que haya existido nunca.

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#3888

Re: Rellenando el Modelo 720

Hola buenas noches

Contrariando mis propios planes este año he dejado el dichoso 720 para la ultima semana,,,, y me viene una duda de ultima hora
Me toca hacer la declaración en Navarra y si bien a nivel estatal no es obligatorio, yo tengo obligación de poner el BIC de las entidades bancarias que tengo que declarar.

En concreto tengo duda del BIC de Younited y de Progetto a los cuales he visto que se hacia referencia en mensajes anteriores de hace algún año donde se decía que los que venían en el informe fiscal de Raisin eran incorrectos

El caso que como se recomienda, voy copiando los datos de la info fiscal que me pasa Raisin, pero el BIC de Younited me pone CMBRFR2B y creo que el correcto actual es YOUIFRPPXXX. Sabeis cual es el correcto?

Como comentaba, también se decía en anteriores mensajes que también estaba mal el de Progetto el cual pone que es BPTTITMM, el cual creo que esta bien a excepción si se considera como error que buscando por internet veo que también lo pone con XXX al final.

Tanto en estos como en otros seria recomendable poner las XXX al final o mejor dejarlo sin ello tal como los pone Raisin ??

Me podéis echar un cable al respecto algun@ ??

Muchas gracias de antemano 



 
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