Buenas tardes,
Yo creo que no es exactamente como dices, pero se parece mucho.
A)
1.- Haces una transferencia de Trade a un banco destino.
2.- Al banco destino le llega una transferencia proveniente del IBAN colectivo (no del IBAN virtual del cliente). El banco destino ve que el ordenante es Trade (no el cliente) y el destinatario el cliente del banco destino. Son titulares diferentes por lo que aumenta la "sospecha".
Yo creo que no es así, al banco de destino le llega la transferencia de tu IBAN real a un IBAN virtual del cliente que debe tener asociado directamente para que llegue a una cuenta colectiva que es de Trade, es TR quien luego tiene que discriminar de quién es ese IBAN virtual, el banco de destino no tiene ni idea.
A esa cuenta le llegan cientos de transferencias de toda Europa, pero todas con IBAN distinto empezado en DE.
Uno de los problemas que se dan es que el cliente no cumple las condiciones envía el dinero desde una cuenta que no está a su nombre, envía el dinero desde una cuenta que no es de la UE y entonces el dinero se queda en el limbo, ni en la cuenta de TR ni en ningún lado, el banco de destino debe tenerla allí como pendiente sin saber qué hacer con ella.
3.- Si al banco destino le da por devolver la transferencia o no son suficientes los justificantes que puedan pedir (ING) o si el cliente retrocede la transferencia sin saber la que se va a formar, ya se monta el lío.
Yo creo que una vez el dinero está en la cuenta de TR el banco de destino no puede devolverla si TR no da la orden, cuando el dinero llega a la cuenta de destino solo es el destinatario quien puede retrocederla.
Aquí es donde llega el problema, TR no hace la gestión hasta que se lo pida el cliente y pasa muuuuucho tiempo porque no debe de tener gente
4.- El banco destino devuelve la transferencia al IBAN emisor (por normativa) que es el IBAN colectivo y pondrá que el destinatario es Trade (no el cliente). El banco destino no devuelve la transferencia al IBAN virtual del cliente en Trade porque el banco destino no conoce este IBAN.
El banco emisor no es el de la cuenta colectiva, es el de la cuenta del cliente, el IBAN colectivo solo lo sabemos cuándo retiramos el dinero, damos la orden a TR y TR da la orden al banco y esa transferencia nos llega desde la cuenta colectiva y podemos ver el IBAN
Otro de los errores que se han dado es que hay gente que al recibir el dinero desde la cuenta colectiva lo ha enviado al IBAN de esa cuenta colectiva y entonces también se pierde porque nadie sabe quién es el que ha mandado el dinero, ahora toca a TR averiguar de quien es la cuenta que emitió la transferencia y a quien pertenece.
El banco emisor no puede devolver el dinero al IBAN virtual porque a él no le ha llegado el dinero desde el IBAN virtual sino desde el IBAN del cliente, el IBAN virtual es un IBAN que solo vale para que TR sepa de quien es el dinero.
5.- Pueden pasar meses tras muchas reclamaciones a Trade, hasta que se encuentre el dinero y se lo pase a la cuenta del cliente.
Esa es la pura verdad.
B) Si Trade hace fraude con el dinero de los clientes, por ejemplo, compra valores sin la autorización del cliente, el Fondo de garantía de inversiones alemán sólo cubre hasta 20k. Fraude que ha ocurrido con los brókers cuando renquean. Si tienes 100k en la cuenta, hay fraude y quiebra, sólo recibes directamente 20k. Del resto, puff, hay que reclamarlo como a Trade o al delincuente que se lo haya "gastado".
Yo creo que en ese caso cubre el FGD alemán, son 100k, TR es un banco, ya no es solo un broker, aunque funciona como un bróker.
C) Y encima si el banco custodio quiebra, el que cobra del FGD en 7 días es Trade, el titular de la cuenta colectiva, y luego éste reparte vete a saber cuándo.
Yo creo que no es así, si eso ocurre se pone un administrador concursal que es quién tiene que discriminar qué corresponde a cada uno, en la normativa está claro que es una cuenta colectiva, no le va a dar el dinero a TR, entre otras cosas porque solo le daría 100k, lo que es cierto es que la cosa se va a demorar bastante tiempo.