La Renta 2012 presentada en el año 2013 no está prescrita, así que en tu caso la estrategia la plantearía en atacar el fondo del asunto (bajo consumo de energía) y no la forma (prescripción)
A mí también me quisieron quitar la deducción por bajos consumos, y mi defensa presentando documentación indiciaria de que es mi vivienda habitual funcionó:
- Certificado de empadronamiento histórico. Fundamental que estés empadronado ANTES de que se cumpla un año de la escritura de compraventa (Septiembre de 2012)
- Factura de alta de suministro de energía, y agua. También ayudarían las facturas de calefacción y telefonía/internet. Lógicamente dados de alta antes de que se cumpla el límite máximo de tener que ocupar la vivienda.
- Aunque ellos tenga el consumo anual, presenta igualmente las facturas mensuales de todos los suministros, y alega que efectúas un consumo más o menos homogéneo durante todo el año.
- Facturas de todos los muebles de cuando te mudaste o en su defecto del transportista de muebles. A mi me ayudó mucho presentar las facturas de los electrodomésticos que además eran de bajo consumo (la nevera tiene certificación A+++), toda la iluminación LED de la casa, etc...
- Documentación que pudieras presentar para cambiar el centro de salud u hospital tuyo de referencia, o si pediste la tarjeta sanitaria, el papel que te dan con tu domicilio.
- Toda la correspondencia que te llegue a tu domicilio, del banco, seguros, citas del médico... cualquier cosa a tu nombre y enviada a tu domicilio
- Incluso si compras por Internet y te llegan los paquetes a casa, pues también presenta todas las facturas. En muchas tiendas online puedes descargar la factura.
- Etc, etc, etc....
Con todo alega que los bajos consumos no puede ser el ÚNICO motivo para determinar que no has ocupado la vivienda, y que hay otros muchos indicios demostrados documentalmente de que sí la has ocupado. Y que los bajos consumos se explican por tu estilo de vida (no comes en casa, apenas vas durante el día, sólo a dormir y poco más...), además de que te compraste electrodomésticos para ahorrar (cuanto más modernos, mejor calificacíon energética deberían tener)
Lo suyo es que hubieras presentado toda la documentación antes de la resolución de liquidación provisional, es decir, durante el trámite de alegaciones en la propuesta de liquidación provisional. O antes, en el trámite de requerimiento. Pero bueno, mejor tarde que nunca, quien sabe.
Suerte, y si es cierto que es era y es tu vivienda habitual, defiende tus derechos. Yo en su momento también tuve miedo de que no sirviera de nada y encima perdiera la reducción de la posible sanción si agachaba la cabeza; pero luché y gané (de momento... porque cruzo los dedos con que no me pidan demostrar otros año y tenga la suerte o no de tener los papeles guardados necesarios para demostrar mi inocencia).