Tiene que realizar un acta censal, modelo 036, dándose de alta como arrendador de locales de negocios. Si no destina un local exclusivamente a la actividad del arrendamiento de inmuebles y no contrata a una persona para ello, no constituye actividad económica, por tanto no afecta para nada al resto de sus actividades en estimación objetiva.
No existe un modelo de factura. En ella deberá reflejar sus datos y los de la sociedad arrendadora, poner la fecha de emisión y poner un número de factura. Además hará constar el concepto facturado "arrendamiento del local X durante mes de año". Deberá poner:
Importe: 290,00
IVA (18%): 52,20
IRPF (19%): - 55,10
NETO (a cobrar): 287,10
Trimestralmente, los días 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 30 de enero, deberá de presentar el modelo 303, para ingresar el IVA repercutido (52,20 x 3), restando el IVA que soporte en los gastos necesarios para la obtención de ese rendimiento por alquiler. Junto con la declaración del cuarto trimestre (la del 30 de enero) deberá de presentar el resumen anual, el modelo 390.
Además, como el importe del alquiler más el IVA repercutido supera los 3.005,06 euros anuales, tendrá que presentar antes del 30 de marzo un modelo 347, de operaciones con terceras personas.
Y en la declaración de IRPF (que tiene que presentar obligatoriamente), deberá incluir los ingresos del alquiler, restar los gastos deducibles, y tener en cuenta las retenciones que la han practicado.
Saludos.