Sí, en el BOE de ayer en la Disposición adicional trígesima quinta en el punto 4 (pág. 146627) dice:
"En los períodos impositivos 2012 y 2013, los porcentajes de pagos a cuenta del 19 por ciento previstos en el artículo 101 de esta Ley (Ley 35/2006) y el porcentaje del ingreso a cuenta a que se refiere el artículo 92.8 de esta Ley, se elevan al 21 por ciento"
En el referido artículo 101, en su punto 8, hablaba del porcentaje de retención e ingreso a cuenta sobre los rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos.
Así que entiendo lo mismo que Solfam.
En cuanto a la emisión del recibo, entiendo que como el inquilino practica la retención que luego trimestralmente paga a hacienda a cuenta del IRPF ( en este caso en marzo) hay tiempo de sobra. Se puede ajustar las cuentas entre arrendador y arrendatario para el mes de febrero, emitiendo uno nuevo para enero. A mí hace 2 años me pasó al pasarle al inquilino el recibo de enero de 2010 con un irpf del 18 % cuando ya había subido al 19%. Hicimos cuentas, hice un nuevo recibo de enero,le pagué ese 1 % y ya en febrero todo fue normal.Luego él, en marzo ingresó la retención correspondiente.