Jalper en el Post 1504 comentabamos esto
En mi caso me fui con un ERE septiembre 2019 , desde entonces la empresa me paga el convenio especial, en un post anterior comentamos la posibilidad de que aplicaran DT34.3 yo tenia dudas al irme con un Ere por los 2 condicionantes del aparta DT34.3 y me comentaste que quizás si me aplicara DT34.3 porque los eres son situación asimilada de alta . ,
Por lo que creo que si cumplo con los criterios de la DT34 .3 , y me harán el doble calculo como comentamos y adjunte el simulador de mi pension
Me comentas en este ultimo post : 1514
Werner Pauli asi lo ve también , y en tu post 1514 me lo confimas
Como dice Werner Pauli, te están aplicando la DT34.3, por cese en el trabajo:
1.- Con anterioridad a 2022
2.- Por haber sido como consecuencia de un ERE anterior a 2022
Como se cumple la DT 34.3 el calculo es:
Base Reguladora = 3547,97 €
Penalización Por Anticipación= 13% -->Porcentaje Total = 100%-13%= 87%
Calculo Inicial = 3547,97 € * 87% = 3.086,73 €
Coeficiente Limite Trimestral por anticipación = 0,5 * 8 Trimestres = 4% --> 100%-4%= 96%
Limite Pensión Máxima = 3175,04 € * 96%= 3.048,04 €
Exceso Limite = 3.086,73 € - 3.048,04 € = 38,70 €
Pensión Final/ Pension Final = 3.086,73 € - 38,70 € = 3.048,04 €
hacen el "doble calculo"
al decirme ahora en este últimos post
, pero como no cumples con ningun criterio de la DT34.3 (estas aun en activo, y no formas parte de un ERE) se aplica la DT34.2..
Pues quizás con tantos mensajes no te hayas dado cuenta ,
Pero creo que si cumplo para que me apliquen con DT34 .3
Gracias