Pues estoy equivocado, buscando información sobre el tema, en Self Bank he encontrado esto:
Un fondo de inversión, al ser un patrimonio sin personalidad jurídica, siempre es traspasable en el momento que ha quedado registrado en la CNMV. En cambio, una SICAV, al ser una sociedad anónima, tiene que cumplir dos requisitos, además de estar registrada en la CNMV, para ser traspasable:
Haber alcanzado los quinientos partícipes. De no cumplirse este requisito, ninguno de los accionistas podrá efectuar un traspaso.
Ningún accionista podrá haber tenido más del 5% del patrimonio en los últimos doce meses. El accionista que no cumpla este requisito no podrá efectuar traspaso
Saludos