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Clausula de interes minimo en las hipotecas

349 respuestas
Clausula de interes minimo en las hipotecas
Clausula de interes minimo en las hipotecas
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#153

Re: Clausula de interes minimo en las hipotecas.Para cajero malencarado

El dinero que te vas a gastar va a ser en sellos o en adsl. No necesitas abogados.
Menos miedos y falsos agobios.
Tienes que hacer un escrito o reclamación POR ESCRITO en la oficina o se lo envías al servicio de atención del cliente diciendo eso. Con tus propias palabras o te bajas algún ejemplo que hay en google o por estos foros.
Te responderán. Que no te hacen caso. Escribes al banco de España y se lo cuentas. Ya verás como te hacen caso.

Ya está. Qué fácil. Busca ejemplos, dale al google.

#154

Re: Clausula de interes minimo en las hipotecas

A ver si me explico...
BANCO SABADELL ATLANTICO
HIPOTECA DEL 2005
SUELO 3%
TECHO 12%
Hasta el dia de hoy ningun problema, claro, ahora, a final de mes renuevan hipoteca y me comunican, con cierto desparpajo, pasaras de un 5'75 a un 3, "lo que te vas ahorrar!!", y yo pregunto en cuanto me va a quedar el Euribor?, no se -dicen- aun no te lo podemos decir seguro (???)pero rondara el 1'90. Y yo pienso, pero si tengo un diferencial del 0'65? (2'55 en total!) "Nooo, es que tienes un "tunel" del 3%"... se acabo el desparpajo, y yo me quedo con cara de ...
Me apunto inmediatamnete a las reclamaciones decidme: donde, quien, y cuando.
Ahora, pregunta: las condiciones de mi hipoteca son ( aparte de "de risa")Euribor + 1'50, si tengo:
A- nomina, seguro hogar, recibos, targeta debito. -0'25 (o sea, 1'25)
B- A + seguro de vida y targeta de credito. -0'75 (o sea, 0'75)
C- A+B+ plan de pensiones o targeta Shooping (oro). -0'85 (0'65) la mia
La pregunta es la siguiente: si ahora que me estan robando un 0'45 y estoy pagando targetas y seguros a manta, no es mejor que deje de pagar B y C me quede solo con A, y pague un 3'15 de hipoteca. Si la diferencia no es mucha, ni que sea solo para fastidiar, es viable la propuesta? o mejor me callo y espero que el gobierno se pronuncie algun dia?
Perdon por el largo mensaje.

#155

Re: Clausula de interes minimo en las hipotecas

La propuesta es viable y debes ejercerla quitas lo que te convenga y que no usas para rebajar el diferencial porque el suelo lo impide: aplicacion de contrato.

Con tus condiciones ya puedes ir a otros bancos y obtener una oferta vinculante para rebajar esas condiciones fuera de mercado.

La oferta vinculante siempre favorece al usuario, te costara unos 400/500 € tasacion 350 y notario 150 y podras conseguir un gran ahorro durante mucho tiempo y si te quitas la clausula suelo no veas pues durante la crisis el euribor se supone que estará muy bajo.

Si tu banco la iguala (enerva) no hay mas gastos en caso contrario ademas los de nueva escritura con la nueva entidad y la comisión de cancelación 0,5%. que se amortiza todo con creces.

#156

Re: Clausula de interes minimo en las hipotecas

Y hay otra cosa, no confundir cuando la cláusula esta en la parte de la garantía de la escritura que pone “a efectos meramente hipotecarios el tipo máximo ….., que esto no tiene nada que ver con “suelo y techo de interés “ es otra cosa …..

En mi hipoteca pone exactamente eso a efectos meramente hipotecarios el tipo de interes máximo a aplicar será de 6.875%, efectivamente tambien tengo minimo del 3%. Quiere decir esto que no tengo máximo? Entonces que quiere decir exactamente eso de a efectos meramente hipotec.....?

#159

Re: Clausula de interes minimo en las hipotecas

No soy jurista, pero dicen mis amigos que si me hubiese dedicado a ello probablemente tendría futuro ….. bien, una hipoteca dos operaciones que van una sola escritura pero dos operaciones distintas, la primera es el préstamo que es donde se pactan las condiciones del mismo, el plazo, interés, comisiones, fechas de pago, etc., vamos igual que un prestamos personal pero más largo en tiempo y en folios del contrato, luego al ser una operación de tanto dinero y a tanto tiempo los bancos y cajas piden una garantía real, en este caso la propia casa que te compras, que bien podría ser otra que ya tuvieras, o incluso la casa de un familiar que te permitiera ofrecerla en garantía, no es habitual para nada, pero legal del todo, de hecho hay empresas que piden un préstamo muy largo y no tienen finca alguna, y el socio pone su casa en garantía, esto sin ser habitual ya no es tan raro.

Bien ….. aquí entra la segunda operación o segundo contrato de la escritura que normalmente se denomina “constitución de hipoteca”, por ello tu y el banco habéis acordado poner una traba, una carga o como se quiera llamar, en definitiva una hipoteca sobre la finca para garantizar al banco o caja, que “si se cae el cielo” ellos tengan donde cobrar, y esto se registra en el Registro de la Propiedad como un derecho preferente sobre vivienda, hasta ahí creo que o bien lo sabías, o si no lo sabías era porque no lo recordabas, no te habías parado a pensar…. o en el improbable caso de que no supieras, seguro que me sigues perfectamente, vale…….. pues este derecho debe limitarse a una cantidad, no es legal al menos en España poner una carga, traba, etc. sobre una finca sin poner un máximo de importe, y esto se hace porque si pides dinero a otro banco, o debes facturas de cualquier tipo, o simplemente quieres comprar a crédito cualquier cosa, el que te va a vender pueda conocer que solvencia tienes, si por ejemplo la garantía dada al banco o caja es entres todos los conceptos 150.000 €, el que te quiere vender a crédito podrá estimar (en teoría, porque en la práctica ….) cual es el valor de tu patrimonio, y que cargas (hipoteca) máxima hay, y con estos datos podrá evaluar, insisto al menos teóricamente si tienes solvencia porque la casa vale pongamos 500.000 €, y la carga hipotecaria responde pongamos de 150.000 €, este proveedor tuyo puede pensar que aún que el banco embargue la casa será por mucho que no quede algo para él, o si la hipoteca es casi del valor de la casa, pensará que si no le pagas, no tendrá donde cobrar porque la debes toda.

¿Cómo se pone esto en un papelote?, pues los bancos y cajas ponen más o menos … la casa tal responde por un capital de 100.000 €, tres años de intereses al tipo indicado en la clausula tal, dos años de intereses de demora al tipo de interés cual, y un xx% para costas y gastos, bueno hay redactados de todos los colores, pero más o menos, y luego ponen “a efectos meramente hipotecarios el interés máximo es del ……”, ¿y eso porque?, pues porque si el tipo es variable los intereses ordinarios y de demora varían, y un tercero nunca podría saber exactamente donde está el límite, por ello se pone de “a efectos meramente hipotecarios”, que traducido a idioma del ciudadano significa que suban lo que suban los tipos el banco y a cargo de la casa nunca… si nunca, podrá ir al juez en una subasta y pedir un interés superior a este, deberá reclamar el que toque de la revisión y que el banco o caja puedan justificar, con este máximo con cargo al valor de la casa, no obstante sí que podría reclamar mayor interés si puede justificar que toca, contra otros bienes que tengas, pero nunca sobre la casa.

Para lo que preguntas del túnel (mínimo -máximo o suelo techo) esto no te afecta para nada, tendría que estar en una cláusula dentro del capítulo de condiciones financieras de la operación, y esto que tú dices está en la segunda operación que es la garantía, vamos nada que ver.

Perdona el rollo.

#160

Re: Clausula de interes minimo en las hipotecas

Gracias por la respuesta pero por tu respuesta deduzco que no me explique bien:
Apartado 3 interes.
3.1 blablalbla
3.2 blalblab
3.3 Limite a la variacion del tipo de interes aplicable.-No obstante lo previsto en los apartados anteriores, se acuerda y pacta expresamente por ambas partes, que el tipo de interés nominal anual minimo aplicable en este contrato será del 3.00%.
3.4 blabla.
3.5 revision del interes pactado.-Seran de aplicación las siguientes reglas en orden a la fijación del tipo basico de referencia y del tipo de interes aplicable al segundo y posteriores periodos de interes:
3.5.1 bla bla que si dura un año la revision.
3.5.2.blabla.
3.5.3. blabla que si el banco me tiene que decir el nuevo interes aplicable, antes de aplicarlo.
3.5.4. bla que si tengo unos dias para comunicarle al banco que no estoy de acuerdo y blabla.
3.5.5 blabla que si hago lo de antes tengo un plazo de un mes para cancelar el contrato
3.5.6 que si no le digo nada al banco entiende que estoy de acuerdo con el nuevo interes.
3.5.7 A efectos meramente hipotecarios, el tipo máximo de interés a aplicar será el 6.875 por ciento anual.
3.5.8 blablalbala.
y se acabo el parrafo. Me estoy temiendo que lo que quiere decir es que el incremento máximo anual será del 6.875%, y yo tan contento con mi techo de 6.875%.