Yo no he dicho, que la cláusula de suelo pueda ser oscura, tal vez no lo he explicado mal, lo que digo es que si se contratan unas bonificaciones que van a reducir el diferencial de la hipoteca, y el texto pone el suelo antes del redactado de dichas bonificaciones, lo que se entiende es que tales bonificaciones reducirán el interés resultante, pongamos un ejemplo, bonficaciones de 0,60 puntos totales por mantener 4 productos vinculados en hipoteca que la suma del euribor más diferencial es de 3.70, pues nada toca el 3,10% ....... ahora supongamos que tienes un suelo al 3.50, el resultante de la adición del euribor con el diferencial, dartá lo que sea, pero se aplica el 3,50%, porque este es el pacto ¿ok? pues bien si el detalle de las bonifaciones es posterior al pacto de suelo todo apunta que sobre dicho resultante, sea suelo o no, se rebajará la bonificación de 0,60 puntos, liquidando al 2,90% ......... cosa distinta es que el pacto de suelo vaya detrás de las reiteradas bonificaciones , entonces si se puede entender que pase lo que pase el suelo es el suelo ..... y si no quisieran que tales bonificaciones rebajasen el suelo, era solo cuestión de indicar "en todo caso, nunca el resultante del cálculo de revisión podrá ser inferior al 3,50%, incluso manteniendo los productos detallados en el pacto tal" ......... Lo que ocurre es que esto no queda bien, y no se pudo, entonces cuando firmas la hipoteca no tienes manera de saber como actuarán las bonificaciones si hay suelo, te enteras cuando ocurre, de ahí que sacase la legislación que indica esto de que "no puede favorecer a la parte que las pone" .........
En cuanto si es claro o no el suelo, en mi opinión llevas razón en parte, porque podemos estar de acuerdo que en general el pacto es claro, salvo el de BBVA que ya indicó el TS, que era enrevesado, el tema no va por aquí, el base de esto es la información previa, por una hipoteca, el servicio bancario, al menos para particulares, se considera consumo, y las leyes de tal consumo son discriminatorias en favor del usuario, y esto no es un invento español, es así en todo el mundo occidental, al final lo jueces no legislan, aplican que no es lo mismo,
Admitamos por un momento lo que dices de los jueces, cosa que no te compro, bueno algún juez raro hay, en todos los colectivos hay rarezas, sin embargo a partir del momento en que esto ha llegado a la U.E. y ya se ha emitido un informe desfavorable, todavía no hay ninguna sentencia, en mi opinión todo se andará, ya no es un tema de la interpretación judicial española, ya tiene pinta de que fuera de los intereses que hubiera en España, hay algo más.
Pero es que parte de esto en los suelos hay un problema de "equidad" ¿dónde está el equilibrio de las prestaciones de las partes? un techo del 15%, equivale a casi el triple del nivel máximo alcanzado por el euribor en juñio de 2008 (5.393%) mientras que suelos del 2,5, 3 e incluso he visto 4,50%, entran dentro de lo probable, lo del 15 tiene pinta de muy remota posibilidad.
Si pretendemos que la administración de justicia, imparta eso "justicia", sería lo deseable, no obstante lo que imparten con leyes, normas y precedentes, que luego coincidan con justicia es otro tema, entonces ¿han impartido justicia en el caso de los suelos? Ni lo sé, ni me planteo, en el caso de las reclamaciones que planteamos en la web, no entramos en valoraciones morales, primero porque en un servicio no presencial no es posible, y segundo porque a nuestro entender es irrelevante ¿tienes razón legal o eso apunta? adelante ..... ¿razón moral, pero legal de aquella manera? lamentamos indicar que un nuestra opinión, las posibilidades son escasas.