Re: Ciu ...principio del fin...
Si y no, hay varias diferencias, ING al ser una sucursal en España de un banco con sede en un estado miembro de la U.E., puede dar la garantía del FGD Neerlandés, por el contrario JP Morgan al tener la sede en un estado no miembro, debe solicitar la cobertura del FGD español, de hecho ya "está apuntado" como miembro de pleno derecho. Las otra diferencia es que JP Morgan no se dedica a la banca doméstica, en España claro, en EE. UU. es otra cosa, aquí se dedica a temas de grandes empresas y creo que también a banca privada, por el contrario ING es un banco plenamente dedicado a la banca doméstica.