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¿Hasta cuándo los privilegios de la Iglesia?

182 respuestas
¿Hasta cuándo los privilegios de la Iglesia?
¿Hasta cuándo los privilegios de la Iglesia?
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#105

Re: Lastima que las buenas obras sean estropeadas por malas actuaciones....

Juan he dicho lo contrario: un autónomo está sujeto al impuesto de sociedades al igual que la Iglesia católica, siempre que haya lucro por parte de ella.

Un autónomo puede deducir el IBI en la declaración de Hacienda la Iglesia no.

Exacto Juan creyeron a unos mafiosos antes que al cura. Todo el pueblo defendió al cura. Un saludo.

#106

Re: Aclarando un poco, si he dado a entender lo que no es....

Vamos a ver, el problema que tienes es que te metes en unos jardines de los que acabas saliendo lleno de ortigas y todo por no verificar algo que te he dicho desde el principio y que es Derecho administrativo elemental. Pero tú erre que erre, lo cual no es nuevo porque sigues la misma estrategia se hable de lo que se hable.

Por si acaso quieres aclararte un poco con esas elementales cuestiones, paso a exponerlas de forma sucinta y por tanto no muy científica. Si no quieres aclararte, pues nada lo dejamos ahí y santas pascuas:
1.- Servicio público: Es todo servicio prestado por alguna Administración Pública por obligarle la legislación vigente.
2.- Formas de prestación de un servicio público:
- Directa, ejemplo la Agencia Tributaria.
- Por convenio, concierto o contrata con empresa privada, ejemplo: Concesionarios de autopistas, servicio de recogida de basura, servicios sanitarios privados concertados, colegios concertados, etc.
- Sistema mixto: creación de una sociedad o cualquier entidad participada por una o varias Administraciones públicas. Ejemplo (aparte del tuyo): Consorcios de agua de lo más variopintos por toda la geografía española.
- Sacado de la Wikipedia, si te gusta: Por otra parte, en Derecho administrativo un consorcio es una organización de derecho público entre una o más entidades públicas -Administración- y uno o más sujetos u organizaciones de Derecho Privado.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#107

Re: Lastima que las buenas obras sean estropeadas por malas actuaciones....

1.- No, no has dicho lo contrario. Tú dices que un autónomo está sujeto al Impuesto de Sociedades y yo repito que no lo está.
2.- Un autónomo puede deducir el IBI y la Iglesia no porque la Iglesia no tributa, ¿de qué impuesto va a deducirlo si no tributa?
3.- No les creyeron. A ver de dónde crees que saco yo la información.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#108

Re: Lastima que las buenas obras sean estropeadas por malas actuaciones....

¿Pero no te das cuenta que lo injusto es poner a parir a todo el mundo y cuando alguien critica lo tuyo pretender que eso sea intocable?, ¿te parece normal que se diga que los sindicatos no atienden en los hospitales ni en los comedores? Parece que algunos os empeñáis en tirar de la lengua y luego os quejáis.
Y ya que sigues por ese camino, te diré que eso de que la pederastia abunda en todos los ambientes es rigurosamente falso, ¿te imaginas el rollo que tendríamos que aguantar si se hubiera descubierto algún caso en un sindicato, por ejemplo?

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#109

Re: Aclarando un poco, si he dado a entender lo que no es....

«Derechos públicos» redirige aquí. Para otras acepciones, véase derechos civiles y políticos.
El derecho público es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones entre las personas y entidades privadas con los órganos que ostentan el poder público cuando estos últimos actúan en ejercicio de sus legítimas potestades públicas (jurisdiccionales, administrativas, según la naturaleza del órgano que las ejerce) y de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido, y de los órganos de la Administración pública entre sí.

La característica del derecho público es que sus mandatos no se encuentran sujetos a la autonomía de la voluntad que pudiesen ejercer las partes (es decir «no» pueden ser modificados por las partes en uso legítimo de su autonomía de la voluntad, como sí ocurre en el derecho privado). Son mandatos «irrenunciables y obligatorios», en virtud de ser mandados en una relación de subordinación por el Estado (en ejercicio legítimo de su principio de imperio). La justificación es que regulan derechos que hacen al orden público y deben ser acatados por toda la población.

un abrazo...

Quien tiene dinero tiene en su bolsillo a quienes no lo tienen

#110

Re: Aclarando un poco, si he dado a entender lo que no es....

ya ves ...sacado de la wikipedia.. si te gusta...contextualiza la siguiente frase... (en ejercicio legítimo de su principio de imperio)...un abrazo...

Quien tiene dinero tiene en su bolsillo a quienes no lo tienen

#111

Re: Aclarando un poco, si he dado a entender lo que no es....

lo de la nomocracia lo dejamos para otro momento...un abrazo...

Quien tiene dinero tiene en su bolsillo a quienes no lo tienen

#112

Re: Aclarando un poco, si he dado a entender lo que no es....

Juan entonces explícame este epígrafe del concordato de 1979:

B) Exención total y permanente de los impuestos reales o de producto, sobre la renta y sobre el patrimonio.

Esta exención no alcanzará a los rendimientos que pudieran obtener por el ejercicio de explotaciones económicas, ni a los derivados de su patrimonio, cuando su uso se halle cedido, ni a las ganancias de capital, ni tampoco a los rendimientos sometidos a retención en la fuente por impuestos sobre la renta.

Lo siento Juan estoy un poco cansado, ya te contestaré mañana. O.K.

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