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Participaciones preferentes La Caixa, ¿como puedo venderlas?

330 respuestas
Participaciones preferentes La Caixa, ¿como puedo venderlas?
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Participaciones preferentes La Caixa, ¿como puedo venderlas?
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#161

Re: Participaciones preferentes La Caixa, como puedo venderlas?

que te digan lo del contrato de liquidez sólo tiene sentido si no hay ventas en el mercado, si siguen cruzándose órdenes al 100% no le veo el sentido aparte de ganas de marear al personal

#162

Re: Participaciones preferentes La Caixa, como puedo venderlas?

En primer lugar vuelvo a reiterar mi agradecimiento a todos vuestros comentarios.

Ya he redactado el nuevo escrito para el SAC y lo he enviado por correo certificado, añadiendo los nuevos "pantallazos" que tenía de los boletines del AIAF desde el día que envié la primera reclamación.

Cuando decidí participar de forma más activa en el foro y tuve que elegir el "nick", me pareció acertado elegir el de "Cabezota" en su acepción de Obstinado, pues tengo la intención de llevar el tema hasta el final.... ¡Os seguiré manteniendo informados!

#163

Re: Participaciones preferentes La Caixa, como puedo venderlas?

Vamos a ver ..... si tú , yo o cualquiera, pedimos un préstamo a la entidad, tendremos que cumplir con lo hemos pactado, y si por alguna razón ante notario no fuimos capaces de entender las clausulas de nuestros compromisos, deberemos acarrear con ello, nos guste o no, y la entidad con toda la razón del mundo, nos va a exigir que cumplamos nuestras obligaciones, y no podremos poner excusas como que la crisis nos ha dejado sin trabajo, o que el jefe de la empresa no nos paga ……. deberemos cumplir con lo pactado, y solo hay una excepción, que son los cambios de leyes y normativas o que por la protección (leyes) que existen a favor de los consumidores y usuarios, por estar contratando con una empresa con mas capacidad de presión, negociación o fortaleza económica se nos ampara.

A mí lo que me jode, es que cuando uno va con problemas a las grandes empresas, éstas se apoyan, y en su derecho están, en los contratos firmados, pero cuando la cosa va al revés si se les aplica la misma “medicina” no les gusta nada, buscan en muchas ocasiones subterfugios para incumplir o liarnos. En este caso, y repito a riesgo de estar en un error, me parece que la respuesta dada no tiene relación con el motivo de tu queja, obviamente la tiene con el problema actual de la falta de liquidez de las preferentes, pero éste no es tu caso, porque liquidez hay, o la hubo en los momentos de tu petición de venta.

Con lo cual me parece que lo tuyo no tiene nada que ver con la cabezonería, tiene que ver con la exigencia del cumplimiento de los compromisos acordados / ofrecidos por ellos en su momento …. Es que ahora tal vez no se comprometerían de igual modo ….. pues vale, para las próxima emisiones que modifiquen dichos compromisos, pero esto no se puede hacer con los antiguos.

Adelante y mucha suerte, a menudo estas cosas son de tesón, pensar un poco las cosas, y lo que digo en muchas ocasiones, ¿hay un contrato y un folleto de emisión? Pues veamos que dice y por dónde de una forma legal y coherente nos podemos agarrar.

Te insisto de nuevo que el comentario de ayer fue por sentido común, pero garantías de que funcionará esta nueva reiteración, no te las puedo dar.

Para terminar resulta que te has asesorado en un foro, donde “pululan” unos cuantos “chalaos” de la red, pues vale ……. uno se puede asesorar dónde crea oportuno, de la misma forma que las empresas nos asesoramos en bufetes jurídicos, asesores mercantiles o fiscales, etc.

#164

Re: Participaciones preferentes La Caixa, ¿como puedo venderlas?

Vende cuanto antes que son un pluff

#165

Re: Participaciones preferentes La Caixa, como puedo venderlas?

Saludos: he recibido un escrito-resolución del SAC de "La Caixa" en el que airma que la actuación de la entidad es conforme a las normas de disciplina, usos y buenas prácticas bancarias. Expresa que las PP son títulos perpetuos que no tienen liquidez inmediata ni preven ningún tipo de compromiso de recompra por parte del emisor y vuelven a transcribir el párrafo del folleto relativo al contrato de liquidez que tiene la emisora con ABASESORES BURSATILES SVB.S.A.
El escrito anterior que recibí estaba datado en Córdoba por lo entiendo que era de la propia sucursal.
Ahora tendré que acudir a la CNMV.

#166

Re: Participaciones preferentes La Caixa, como puedo venderlas?

Saludos Victoriosa.

Los argumentos son curiosos.

En primer lugar creo que por la boca muere el pez. La actuación no es conforme ya que incumple la ley y los artículos ya mencionados aquí mil veces (si es que hay intercambio al 100% y tú las tienes puestas al 99%). De forma que creo que podrías argumentar tu consulta a la CNMV de esa forma "atacando" y probando documentalmente que la orden la tienes puesta al 99 y que cruzan órdenes al 100%, de forma que yo solicitaría que la CNMV abra una investigación al respecto. Incluso (no lo sé) es posible que deba de abrirla ya que si pones en conocimiento de la CNMV una presunta ilegalidad, es posible que estén obligados, al menos, a investigarla.

Respecto al contrato de liquidez, que se lo cuenten al maestro armero.

Sigo pendando que si las pusistes en venta al 99% y si diariamente hay intercambio de papel al 100% alguien se está pasando por el forrito la normativa y creo que ahí es donde puedes atacar.

¿Cómo puede ser algo conforme a las normas de disciplina, usos y buenas prácticas y a la vez incumplir la normativa AIAF?.

Te rogaría que nos mantengas informados (no por ser cotilla, Dios nos libre, ni mucho menos), pero si bien nosotros (Petersen, Manolok y yo) hemos ideado el "metodo casero", sois vosotros los tenedores de esas preferentes los que estáis testando el método, vamos que nosotros hemos alquilado la plaza de toros, comprado el toro, y hemos alquilado los trajes de luces, pero los que estáis toreando sóis vosotros.

Suerte y lo dicho...al toro!

Método, disciplina y tiempo

#167

Re: Participaciones preferentes La Caixa, como puedo venderlas?

Hola: del escrito que voy a enviar a la CNMV doy traslado a la sucursal para ver si hacen algo?

#168

Re: Participaciones preferentes La Caixa, como puedo venderlas?

Poco que añadir a lo que dice Jtorres, siguen con lo de la liquidez, y este a mi entender no es el problema como ya te indicamos, vamos a ver …….. experiencia en esto mía ninguna, y supongo de de Jtorres o de Manolok tampoco, de otros foreros que les haya sido necesario llegar a la CNMV, al menos a mi no me consta, entonces me parece que lo correcto es aplicar el sentido común, no te puedo dar garantía alguna, lo siento, pero vamos a por dicho sentido común:

Antes del S.C. ¿tienes pantallazos con cruces al 100%? ¿tienes varios? Porque si no los tienes, antes de mandar nada, precisas “pasear” por histórico de boletines del AIAF y tener una cuantos que deben ser entre la fecha de tu orden por buro fax o carta sellada de la oficina y la fecha de queja al SAC, si no hay cruces de operaciones, todo lo que sigue no te sirve para nada.

Supongo que sí, pues allá voy

1 – El articulo 37 puntos 5 y 6 de la normativa AIAF que te enlazo http://www.aiaf.es/docs/esp/Documentos/REGLAMENTO_ES_AIAF.pdf dice:
Artículo 37 Negociación
5.- La prioridad en la publicación y ejecución de posiciones vendrá siempre determinada por el mejor precio.

6.- En el caso de igualdad de precios, la prioridad se determinará por el orden cronológico en la recepción independientemente del importe.

Entonces ……. Si no hubiera liquidez, es correcta la respuesta del SAC, PERO SI PUEDES DEMOSTRAR CON PANTALLAZOS DEL AIAF, Y CREO SI PUEDES, QUE SI HUBO OPERACIONES Y EN CONSECUENCIA EL CRUCE LA LAS MISMAS (CRUCE = COMPRA/VENTAS) SE REALIZÓ A PRECIO SUPERIOR A TU ORDEN, SE HA INCLUMPLIDO TU PREFERENCIA EN LA LISTA DE ESPERA, así de simple y claro con una excepción que luego te detallo.
En consecuencia yo en tu caso haría la queja/denuncia (si, si queja y a la vez denuncia…) en dos fases:

1 – Que estas disconforme con la resolución de SAC porque no hay ausencia de liquidez y lo demuestras con x pantallazos de operaciones cruzadas entre la fecha de tu orden al 99% que se han realizado a precio superior, incumpliendo la normativa del AIAF, siendo por tanto la respuesta del SAC en relación a una posibilidad de falta de liquidez, que no se ha producido, y que denuncias ante la CNMV un incumplimiento de la normativa a la que está sujeta la entidad financiera.

2 – Que solicitas una investigación de la CNMV averiguando, cuantas y que importes de todas las operaciones cruzadas, se han realizado a través o por orden de la propia entidad (a agencia de valores y/o bolsa habilitada).

3 – Que en su caso la CNMV tome las oportunas medidas correctoras y disciplinarias ante lo que entiendes una quiebra de una normativa a la que están sujetos.

4 - Que con independencia y completamente al margen de medidas corectoras y/o disciplinarias, si ha lugar, SOLICITAS (SI, EN MAYÚSCULA) UN INFORME A LA CNMV SOBRE LA ACTUACIÓN DE LA ENTIDAD TAL ....... EN RELACIÓN A LA ACTUACIÓN REALIZADA SOBRE TUS PREFERENTES ISIN ...... porque la presente es al mismo tiempo una queja que presentas a dicho organismo supervisor en relación a ti.

Y en la carta dejar muy claro con subrayado y negrita que tu caso no es una ausencia de liquidez, y se demuestra, y que no obstante esta fue la respuesta de la entidad, la cual ninguna relación tiene, porque solo seria procedente si existiera tal ausencia y al menos en el periodo que va entre tu orden y la fecha de queja al SAC no fue así.

Ahora no sea que la CNMV vaya a por la entidad, y no le quede claro que pides dos cosas, una es la investigacion de los hechos, caso de ser contrarios, como parece, a la normativa, pero a la vez un informe de lo que te afecta a ti y lo que consideras una mala praxis, porque si les sancionan, a ti no te llega nada y lo que te interesa ante todo es sacarte esto de encima.

¿Qué problema puedes tener en la CNMV? Pues muy simple, que se pueda demostrar que ninguna de la operaciones de los “pantallazos” del AIAF fue con mediación o por orden de la propia entidad, en cuyo caso tendrían la excusa a huevo, ellos no tenían conocimiento y no podían intervenir, pero me parece que algunas, y puede que la mayoría serán por su orden o mediación, a ver que excusa ponen.

Preguntas: Hago llegar copia a la oficina, LA RESPUESTA ES SI, PERO NO AHORA MISMO, tras al menos 10 – 12 días, cuando tengas el acuse de recibo de “aceptación” de entrada de conflicto en el registro de la CNMV de forma que no estén a tiempo de convencerte de parar nada o darte largas, vamos informar si, pero cuando ya tengan el problema, no antes.

En fin …. Lo que dice Jtorres con otras palabras.

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